Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo
El empresario, si existe causa justificada para ello, puede llevar a cabo modificaciones sustanciales en las condiciones de los trabajadores. Pero ¿qué condiciones puede modificar, y cómo podemos ayudarte? Esta modificación de las condiciones de trabajo debe ser proporcional y no puede vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores. Ante esa situación, el trabajador puede y debe tomar medidas.
Para evitar abusos del empresario, es importante rodearse de los mejores profesionales del sector. Un abogado laboralista marca la diferencia en este escenario, en el que el trabajador puede verse desamparado si no conoce los pasos a seguir. Nuestros profesionales cuentan con una dilatada trayectoria, resolviendo favorablemente para el empleado multitud de procedimientos laborales.
Abogados especialistas en modificación de las condiciones
En Toro Abogados, contamos con una larga experiencia en asuntos de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Nuestros expertos llevan años asesorando a trabajadores en relación a estas situaciones.
Cuando alguien firma un contrato laboral, lo hace acordando unas condiciones laborales concretas. Puede acostumbrarse durante años, tener un horario, un cargo, una categoría, unas funciones y un lugar específicos de trabajo. Pero por diferentes motivos, el empresario puede cambiar esas condiciones, y el trabajador afectado verá cómo su trabajo anterior se ve modificado en todo o en parte.
Cómo actuar ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Para saber cómo actuar en esos casos, nuestros abogados especialistas en modificaciones sustanciales te cuentan todo lo que hay que hacer. Tras los ERTE, esta situación se ha multiplicado en las empresas españolas, y está previsto en nuestro Derecho Laboral.
Los motivos están tasados y debe seguirse la normativa, ya que de lo contrario, la modificación no será válida y el trabajador deberá volver a sus antiguas condiciones.

¿Cuándo se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo?
Cuando cumple los requisitos legales indicados en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores:
- Fundada en probadas razones técnicas, económicas, organizativas o de producción. Han de relacionarse, por tanto, con la competitividad, la productividad, la organización técnica o la organización del trabajo.
- Afectar a condiciones establecidas en el contrato de trabajo. También en acuerdos colectivos, o en decisiones de la empresa con efectos colectivos.
- Si afectan a condiciones de trabajo individual, ha de notificarse al trabajador y sus representantes con 15 días de antelación.
- Si las modificaciones sustanciales afectan a condiciones de trabajo colectivas, debe abrirse un periodo de consultas.
¿Qué condiciones de trabajo deben modificarse para estar ante una modificación sustancial del contrato de trabajo?
Las que afecten a:
- Jornada de trabajo.
- Jornada de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.
Por ejemplo, cuando haya una importante reducción jornada laboral o de movilidad geográfica, y que además no se haya hecho mediante la oportuna comunicación, o la carta notificando el cambio del trabajo inicial al trabajo distinto. Si la empresa privada realiza dicha modificación o cambio sustancial sin las pertinentes consultas y procesos, los trabajadores afectados podrán impugnar esa modificación colectiva.
Modificaciones no sustanciales
Hemos expuesto lo que sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Pero al explorar estas situaciones, puede saltar la duda de qué escenarios no constituyen una modificación sustancial:
- Cambios pequeños de horario, por ejemplo de cinco minutos.
- Implementar un nuevo programa informático y tener que adaptarse a él.
- Medidas sanitarias a causa de la Covid-19.
- Tener que entrar por otra puerta al centro de trabajo.
En cualquier caso, en la jurisprudencia hay infinidad de casos en todos los sentidos. Para un caso concreto, consulte a un abogado especialista en modificaciones sustanciales, y verá la viabilidad del asunto. En Toro Abogados, la primera visita es gratuita, y le asesoraremos sin coste acerca de la viabilidad y las posibilidades de su caso.
¿Tienes alguna duda?
Realmente se pueden modificar todas, si se acredita y justifica su modificación convenientemente. Lo que no se puede hacer, es modificarla por capricho o conveniencia del jefe, o sin hacer el proceso ni las consultas necesarias. No es lo mismo una pequeña modificación que apenas afecte al empleado, o incluso que le beneficie, por ejemplo alargar el descanso, que otras que sí le puedan perjudicar, por ejemplo acortar ese mismo descanso.
El plazo para presentar la demanda es de 20 días, pero el juicio puede tardar varios meses en tener lugar. Por ello es importante recopilar todo tipo de pruebas de las condiciones previas que se tenían.
Puedes hacer tres cosas:
- Aceptarlas, en cuyo caso no se hace nada. Se sigue trabajando con esas condiciones.
- Rescindir su contrato y recibir una indemnización de 20 días de salario por un año de servicio con un máximo de nueve meses.
- Impugnar la medida, en cuyo caso el plazo es el mencionado de 20 días para acudir a la jurisdicción laboral.
En cualquier supuesto, lo conveniente es asesorarse con los mejores abogados laboralistas para poder actuar correctamente. En Toro Abogados la primera visita es gratuita y sin compromiso.
Para calcular la indemnización por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, debe tomarse como referencia el salario mensual. Con él, se calcula el salario diario, siendo la indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.