Abogados de modificación de condiciones de trabajo ✅

Abogados de modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Abogados de modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo

El empresario, si existe causa justificada para ello, puede llevar a cabo modificaciones sustanciales en las condiciones de los trabajadores. Pero ¿qué condiciones puede modificar, y cómo podemos ayudarte? Esta modificación de las condiciones de trabajo debe ser proporcional y no puede vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores. Ante esa situación, el trabajador puede y debe tomar medidas.

Para evitar abusos del empresario, es importante rodearse de los mejores profesionales del sector. Un abogado laboralista marca la diferencia en este escenario, en el que el trabajador puede verse desamparado si no conoce los pasos a seguir. Nuestros profesionales cuentan con una dilatada trayectoria, resolviendo favorablemente para el empleado multitud de procedimientos laborales.

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Abogados especialistas en modificación de las condiciones

En Toro Abogados, contamos con una larga experiencia en asuntos de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Nuestros expertos llevan años asesorando a trabajadores en relación a estas situaciones.

Cuando alguien firma un contrato laboral, lo hace acordando unas condiciones laborales concretas. Puede acostumbrarse durante años, tener un horario, un cargo, una categoría, unas funciones y un lugar específicos de trabajo. Pero por diferentes motivos, el empresario puede cambiar esas condiciones, y el trabajador afectado verá cómo su trabajo anterior se ve modificado en todo o en parte.

Cómo actuar ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Para saber cómo actuar en esos casos, nuestros abogados especialistas en modificaciones sustanciales te cuentan todo lo que hay que hacer. Tras los ERTE, esta situación se ha multiplicado en las empresas españolas, y está previsto en nuestro Derecho Laboral.

Los motivos están tasados y debe seguirse la normativa, ya que de lo contrario, la modificación no será válida y el trabajador deberá volver a sus antiguas condiciones.

Abogados Especialistas en extinción de Contrato de Trabajo

¿Cuándo se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo?

Cuando cumple los requisitos legales indicados en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Fundada en probadas razones técnicas, económicas, organizativas o de producción. Han de relacionarse, por tanto, con la competitividad, la productividad, la organización técnica o la organización del trabajo.
  • Afectar a condiciones establecidas en el contrato de trabajo. También en acuerdos colectivos, o en decisiones de la empresa con efectos colectivos.
  • Si afectan a condiciones de trabajo individual, ha de notificarse al trabajador y sus representantes con 15 días de antelación.
  • Si las modificaciones sustanciales afectan a condiciones de trabajo colectivas, debe abrirse un periodo de consultas.

¿Qué condiciones de trabajo deben modificarse para estar ante una modificación sustancial del contrato de trabajo?

Las que afecten a:

  • Jornada de trabajo.
  • Jornada de trabajo.
  • Régimen de trabajo a turnos.
  • Sistema de remuneración y cuantía salarial.
  • Sistema de trabajo y rendimiento.
  • Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.

Por ejemplo, cuando haya una importante reducción jornada laboral o de movilidad geográfica, y que además no se haya hecho mediante la oportuna comunicación, o la carta notificando el cambio del trabajo inicial al trabajo distinto. Si la empresa privada realiza dicha modificación o cambio sustancial sin las pertinentes consultas y procesos, los trabajadores afectados podrán impugnar esa modificación colectiva.

Modificaciones no sustanciales

Hemos expuesto lo que sería una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Pero al explorar estas situaciones, puede saltar la duda de qué escenarios no constituyen una modificación sustancial:

  • Cambios pequeños de horario, por ejemplo de cinco minutos.
  • Implementar un nuevo programa informático y tener que adaptarse a él.
  • Medidas sanitarias a causa de la Covid-19.
  • Tener que entrar por otra puerta al centro de trabajo.

En cualquier caso, en la jurisprudencia hay infinidad de casos en todos los sentidos. Para un caso concreto, consulte a un abogado especialista en modificaciones sustanciales, y verá la viabilidad del asunto. En Toro Abogados, la primera visita es gratuita, y le asesoraremos sin coste acerca de la viabilidad y las posibilidades de su caso.

¿Tienes alguna duda?

Realmente se pueden modificar todas, si se acredita y justifica su modificación convenientemente. Lo que no se puede hacer, es modificarla por capricho o conveniencia del jefe, o sin hacer el proceso ni las consultas necesarias. No es lo mismo una pequeña modificación que apenas afecte al empleado, o incluso que le beneficie, por ejemplo alargar el descanso, que otras que sí le puedan perjudicar, por ejemplo acortar ese mismo descanso.

El plazo para presentar la demanda es de 20 días, pero el juicio puede tardar varios meses en tener lugar. Por ello es importante recopilar todo tipo de pruebas de las condiciones previas que se tenían.

Puedes hacer tres cosas:

  • Aceptarlas, en cuyo caso no se hace nada. Se sigue trabajando con esas condiciones.
  • Rescindir su contrato y recibir una indemnización de 20 días de salario por un año de servicio con un máximo de nueve meses.
  • Impugnar la medida, en cuyo caso el plazo es el mencionado de 20 días para acudir a la jurisdicción laboral.

En cualquier supuesto, lo conveniente es asesorarse con los mejores abogados laboralistas para poder actuar correctamente. En Toro Abogados la primera visita es gratuita y sin compromiso.

Para calcular la indemnización por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, debe tomarse como referencia el salario mensual. Con él, se calcula el salario diario, siendo la indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.

1

VISITA GRATUITA

Recepción de la documentación y exposición del caso.

2

VIABILIDAD Y PRESUPUESTO

Análisis de su caso y emisión de presupuesto.

3

PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL

Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.

4

PROCEDIMIENTO JUDICIAL

Interposición de demanda y seguimiento del proceso.

Primera visita totalmente gratis.

Sin ningún tipo de compromiso, te aconsejaremos sobre tus mejores opciones.

Transparencia en los honorarios

Desde el principio se fijan y quedan firmados, por lo que no te vas a llevar sorpresas ni sustos.

Gran porcentaje de éxito

Nuestros números y estadísticas indican que el porcentaje de éxito es muy elevado.

Todas las visitas incluidas

Desde la primera visita, hasta que termine el procedimiento, todas las visitas están incluidas.

Alta especialización

Solamente serás atendido por abogados altamente especializados en la materia que se trate.

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Abogados especializados en Derecho Laboral

4.5/5 en más de 400 valoraciones en Google

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¿Tienes alguna duda?

Resumidamente, habrá que rebatir lo que diga la carta de despido. Los plazos son cortos, por lo que hay que ser ágil y reaccionar pronto. En veinte días hay que impugnar el despido, y presentar papeleta de conciliación. Un abogado experto en despidos ayudará a comprobar si el despido es improcedente o nulo.

Muchas veces es difícil de distinguirlo de otras actitudes, y más complicado aún de demostrar. Hay que recopilar pruebas: testigos, correos electrónicos, incluso grabaciones o WhatsApps. El acoso puede consistir en insultos, burlas, amenazas, ordenar más trabajo del que realmente se puede hacer, etc.

Hay que presentar papeleta de conciliación, y demanda al juzgado. La postura del trabajador es más fácil que la de la empresa, ya que ésta deberá acreditar que ha abonado los salarios. Es importante saber que solamente se puede reclamar el último año de sueldos.

La mutua es la que asiste al trabajador, a no ser que esté muy grave y deba acudir a urgencias específicamente. La empresa deberá elaborar un parte de accidente, y en caso de haber responsabilidad por falta de medidas de seguridad, habrá una indemnización y en su caso un recargo de prestaciones.

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