Delitos de imposición de condiciones ilegales de trabajo
Los delitos de imposición de condiciones ilegales de trabajo son aquellos en los que se obliga a un trabajador a realizar labores en condiciones que violan la ley y que afectan su seguridad, salud, dignidad o remuneración. Estos delitos pueden tener diversas formas, como el trabajo forzoso, la trata de personas con fines laborales, la explotación infantil, o la discriminación laboral, entre otros.
Es importante destacar que los delitos de imposición de condiciones ilegales de trabajo son una forma de explotación laboral y tienen graves consecuencias para los trabajadores afectados. Con la inclusión de este delito, se pretende fortalecer los mecanismos de supervisión y control para prevenir y detectar estas conductas.
¿Qué se considera delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo?
Regulado en el artículo 311 del Código Penal, en sus apartados 1º, 3º y 4º, castiga a quienes impongan y mantengan condiciones ilegales de trabajo, mediante engaño o abuso de situación de necesidad.
El sujeto activo, es decir, el autor del delito, será el empresario, ya sea entendido como persona individual o como persona jurídica. El hecho delictivo, es imponer o mantener condiciones ilegales mediante engaño o abuso de situación de necesidad.
En otras palabras, obligar a alguien a trabajar en malas condiciones, mintiéndole, ocultándole la realidad o alterándola. Este engaño ha de ser bastante, suficiente y proporcional. O bien, aprovechándose de la situación de necesidad del trabajador. Todo ello da como resultado suprimir o restringir derechos inherentes del trabajador.
El delito se entiende realizado con la mera imposición de condiciones ilegales, sin exigirse que tengan una duración continuada en el tiempo, ni que se confirme un perjuicio real al trabajador. Es necesario el dolo, es decir, la conciencia y voluntad de que se está llevando a cabo una conducta ilegal.
Ejemplo de delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo
Para ver mejor el sentido de este tipo de delito, pongamos unos ejemplos:
Engaño: empresario que miente a un trabajador diciéndole que si está dos meses trabajando sin cobrar, después le hará contrato indefinido y le pagará un sueldo alto.
Situación de necesidad: empresario que a un trabajador que acaba de quedarse literalmente en la calle por haber sido desahuciado, no le paga salario sino que le deja una vivienda vacía para que tenga un techo.
¿Qué penas tiene el delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo?
La pena prevista para este delito, es bastante dura, ya que implica prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses. Es decir, que ante una actuación muy grave, un empresario podría llegar a pasar seis años en la cárcel, además de una importante multa económica.
Existe, además, un tipo agravado, en elartículo 311.4º del Código Penal, que castiga con la pena superior en grado el delito realizado con violencia o intimidación.
¿Cuándo prescriben estos delitos?
Para saber cuándo prescribe esta conducta típica, hemos de acudir al artículo 131 del Código Penal, que trata de la prescripción de los delitos:
“Los delitos prescriben: (…) A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez”.
Por tanto, tratándose de una pena que la Ley fija con cárcel de hasta seis años, el delito prescribirá a los diez años.
¿Cómo podemos ayudarte como abogados penalistas expertos en delitos de imposición de condiciones ilegales de trabajo?
Como decíamos al principio, en este tipo de asuntos es importante tener conocimientos y experiencia tanto en el ámbito del Derecho Laboral, como en el del Derecho Penal.
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