Abogados especialistas en Incapacidad Temporal
Toro Abogados es un reconocido despacho de abogados especialistas en incapacidades y pensiones de la Seguridad Social. Entre nuestras especialidades, se encuentra la representación en casos de baja laboral por enfermedad común.
Nos enorgullece ofrecer un servicio integral y personalizado, y estamos a su lado en cada paso del proceso. Brindamos asesoramiento legal experto, defensa efectiva y trato cercano.
¿Cómo funciona la baja laboral por enfermedad común?
La baja por enfermedad común es aquella que inhabilita al trabajador de forma temporal para llevar a cabo su actividad laboral, y viene motivada por patologías que puede padecer una persona independientemente de su profesión.
Para tener acceso a la misma, será necesario acreditar un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante, es decir, al inicio de la enfermedad que precise baja médica.
El Instituto Nacional de Seguridad Social cubrirá el periodo de incapacidad temporal desde el cuarto día de la fecha de baja. La duración máxima de la misma será de 365 días. Este plazo es prorrogable por otros 180 días más si se presume que durante ese tiempo el trabajador podrá ser curado y, por ende, dado de alta médica. En algunos casos, será muy posible el reconocimiento de una incapacidad permanente.
¿Quién paga los tres primeros días de baja por enfermedad común?
En los casos de enfermedad común o accidente no laboral, el periodo comprendido entre el 4º y el 15º día de la baja es responsabilidad del empleador. A partir del 16º día, los costes los asume la Seguridad Social o la mutua pertinente.
El pago es realizado por la propia empresa en nombre de la Seguridad Social o la mutua correspondiente a partir de cierto día de baja. El método utilizado es el mismo que se emplea para el pago de salarios.
En el supuesto de los autónomos, el pago es responsabilidad de la Seguridad Social o la mutua que esté al cargo.