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Incapacidad Laboral por Escoliosis

Incapacidad Laboral por Escoliosis

¿Qué es la escoliosis y qué la causa?

La escoliosis es una dolencia en la que la columna vertebral se curva lateralmente, en lugar de mantener su forma natural en línea recta. Esta curvatura puede ser en forma de “C” o en forma de “S”, y de mayor o menor gravedad. La escoliosis puede ocurrir en cualquier edad, pero a menudo se diagnostica durante la adolescencia.

La causa exacta de la escoliosis no siempre es conocida, pero a menudo se debe a una combinación de factores genéticos y ambientales:

  • Transmisión hereditaria de padres a hijos
  • Lesión o de una anomalía congénita en la columna
  • Enfermedad neuromuscular o desequilibrio muscular
  • Postura inadecuada
  • Uso prolongado de una mochila pesada
  • Falta de actividad física
  • Uso excesivo de dispositivos electrónicos
  • Combinación de varias causas
  • En algunos casos, puede no tener una causa identificable

¿Cuáles son los síntomas de la escoliosis?

Los síntomas más comunes son los siguientes:

  • Curvatura visible de la columna vertebral
  • Hombros o caderas desiguales
  • Dolor de espalda
  • Dificultad para respirar
  • Fatiga
  • Cambios en la postura

¿Una persona con escoliosis puede trabajar?

La capacidad para trabajar dependerá de la gravedad de la curvatura de la columna vertebral, los síntomas que la persona experimente y la naturaleza del trabajo que desempeñe.

En casos graves de escoliosis, la persona puede experimentar dolor de espalda o dificultades para respirar, lo que puede limitarle en ciertos trabajos o actividades. En estos casos, como vamos a ver, será necesaria una incapacidad temporal.

síntomas de la escoliosis

Baja por escoliosis   

Los aquejados por escoliosis que tengan trabajos de gran carga física, en los que intervenga la espalda, serán los más afectados por la dolencia: albañiles, mozos de almacén, u operarios de fábricas, entre muchos otros. En esos casos, puede ser necesario un tratamiento o una intervención médica para mejorar los síntomas.

Pensión incapacidad por escoliosis         

Sin embargo, cuando la baja es de larga duración, se puede plantear el trabajador la incapacidad permanente. Para ello, deberá recopilar todos los informes médicos que pueda, a ser posible de especialistas como traumatólogos, fisios, ortopedistas, cirujanos o rehabilitadores, y seguir los oportunos trámites. Para esas gestiones, lo mejor es contar con un abogado especialista en Seguridad Social.

Paga de invalidez por escoliosis

Incapacidad total por escoliosis

Se reconocerá en casos en los que la persona no pueda llevar a cabo las actividades de su trabajo habitual.

Incapacidad absoluta por escoliosis

Para supuestos en los que el afectado no pueda ejercer ninguna profesión, ni siquiera las más livianas y sedentarias.

¿La escoliosis es una enfermedad laboral?

En principio, no es una enfermedad laboral por sí misma, sino que debe acreditarse la relación o nexo causal entre la patología, y el trabajo del enfermo de escoliosis. No es sencillo demostrar la relación, si bien es cierto que en algunos casos está claro el origen laboral de la enfermedad. Habrá que estar al caso concreto y ver las circunstancias específicas de cada trabajador.

Grados escoliosis para minusvalía

De la misma manera, para obtener una minusvalía es preciso aportar informes y documentación médica. En Toro Abogados efectuamos un completo análisis de viabilidad estudiando esos informes por medio de nuestro equipo médico y jurídico. La primera consulta es gratuita, consúltenos sin compromiso.

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Pertenecemos a las siguientes asociaciones de Derecho Laboral y de la Seguridad Social.

Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Asociación Nacional de Laboralistas

Pensiones Seguridad Social

Toro Pujol Abogados, en su área de Seguridad Social, es un bufete de abogados especialistas en incapacidades y pensiones de incapacidad permanente de la Seguridad Social.

Subsidios Incapacidad temporal

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La incapacidad permanente parcial, que consiste en una indemnización a tanto alzado tal y como ha quedado explicado anteriormente, la paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Son las mismas que para otros grados de incapacidad, es decir, la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Lo que cambia, son las limitaciones que le causan al trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.

La Seguridad Social la abonará tras haberse reconocido. Si se reconoce en vía administrativa, normalmente es más rápido que si se reconoce mediante sentencia judicial por un juez de lo social.
Al igual que otros grados de incapacidad, puede llegar a darle a su beneficiario, ciertos beneficios en diferentes ámbitos: así, podrá tener descuentos culturales, en ocio, transporte público o incluso en la declaración de la renta o viviendas de protección oficial.

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