Seguro de daños
Este tipo de póliza cubre determinados riesgos y el daño sufrido en el interés asegurado, que podrá ser diferente según el seguro de que se trate. Los daños patrimoniales producidos en los bienes del tomador estarán garantizados gracias a la prima abonada regularmente.
En Toro Abogados contamos con un equipo de abogados expertos en reclamaciones de seguros de daños, tanto judiciales, como extrajudiciales. Ponemos a su disposición más de 45 años de experiencia y la tranquilidad de dejar su caso en nuestras manos.¿Qué cubre el seguro de daños?
El seguro de daños se refiere a la póliza de daños a cosas o al patrimonio del asegurado , así como las pérdidas ocasionadas por estos daños, por un capital determinado y a cambio de una prima.
En función de lo contratado, cubrirá daños por agua, viento, daños eléctricos, daños estéticos, daños propios, daños en el objeto asegurado y otros riesgos contemplados en seguros específicos. Hay que tener en cuenta las diferencias entre valor real y valor nuevo del bien en cuestión.
¿Cuáles son los tipos de seguros de daños?
- Seguros contra daño de las cosas
- Seguros patrimoniales
- Seguros multirriesgo
Seguro de daños y seguro de personas
La principal diferencia, es que el seguro de daños asegura un riesgo posible frente a cosas materiales : así, puede tratarse de un seguro de hogar, un seguro de coche o un seguro de responsabilidad civil.
En cambio, un seguro de personas cubre las contingencias que le puedan pasar a una persona física : existen los seguros de decesos, seguros de accidentes, seguros de incapacidad o seguros de asistencia sanitaria, entre otros.