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Reclamación de seguros de incendios

Abogados especializados en reclamaciones de seguros

Abogados expertos en reclamación de seguros de incendios

La reclamación de indemnizaciones por seguro de incendios es una de las reclamaciones más complejas que podemos encontrar por la propia naturaleza dramática de este tipo de situaciones.

Como abogados expertos en reclamaciones de seguros sabemos que es una labor ardua y muy técnica, tanto desde el punto de vista de las investigaciones relacionadas con el caso de incendio, por las condiciones de la póliza que cubre este tipo de eventos y los cálculos de las indemnizaciones correspondientes a los beneficiarios de estos contratos.

 

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¿En qué consiste un seguro de incendios?

Un seguro de incendios es un contrato de seguros en el que la empresa aseguradora se compromete al pago de una indemnización por los daños producidos por el incendio de los bienes que han asegurado, tal y como se define en el artículo 45 de la Ley de Contrato de Seguros.

¿Qué se considera un incendio?

En términos del derecho de seguros, se considera incendio la combustión y el abrasamiento con llamas, capaz de propagarse de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.

Es importante recordar que la cobertura del seguro es válida por hechos que no tienen que ver con la voluntad del asegurado.

¿Qué cubre un seguro de incendios?

La coberturas de un seguro de incendios son los que se describen en la propia póliza.

La ley contempla que si el objeto del seguro son mobiliarios, cubra el daños materiales en las cosas de uso ordinario del asegurado, de sus familiares, personas dependientes y de las personas convenientes con el asegurado.

Si el siniestro de incendio es ocasionado por actos de terrorismo, vandalismo o desastes naturales, que son situaciones que no suelen estar en las coberturas por las pólizas de seguro, tanto las reparaciones como las indemnizaciones que se generen para compensar el daños y perjuicios sufrido, las asumirá el Consorcio de Compensación de Seguros.

 

Seguro de incendios

¿Qué no se puede asegurar en un seguro de incendios?

El artículo 46 de la Ley de Contrato de Seguros establece que, salvo que sea pactado en condiciones particulares en la póliza, no se consideran objetos asegurables

  • Valores mobiliarios púbicos o provados.

  • Efectos de comercio.

  • Billetes de Banco.

  • Piedras y metales preciosos.

  • Objetos artísticos.

  • Cualquier objeto de valor que se hallare en el objeto asegurado.

¿En qué casos la aseguradora no está obligada a indemnizar por incendio?

Las compañías de seguros no están obligadas a indemnizar por los daños ocasionado en un incendio:

  • Cuando el objeto u objetos asegurados hubieran sido cambiados de lugar y éste cambio no se comunicara a la compañía aseguradora y no se hubiera mostrado disconformidad en los 15 días siguientes.

  • Si el causante del incendio ha sido el asegurado por dolo o culpa grave.

¿Qué debo hacer para reclamar indemnizaciones por seguros de incendios?

Si sufrimos los daños de un incendio y tenemos un seguro que nos cubre este tipo de siniestro, te recomendamos seguir los siguientes pasos

  1. Documentar con fotografías los daños ocasionados por el fuego en los bienes asegurados.

  2. Si han intervenido los bomberos o la policía en el control del incendio, los informes o documentación de sus acciones en el hecho.

  3. Comunicar a la aseguradora en el plazo de 7 días desde el momento en que sucede el incendio con toda la documentación disponible.

¿Qué plazos tienen las empresas aseguradoras para pagar las  indemnizaciones por seguros de incendios?

Tal y como tienen contemplada la ley, las compañías de seguros, una vez recibida la comunicación del siniestro, dispone de 40 días para realizar el pago de la indemnización, por lo menos la mínima, correspondiente al capital pactado en el contrato de seguro.

Si se sobrepasa este tiempo y la aseguradora no realiza pago alguno, se considera que la empresa entra en período de mora, y al pago que debe hacerse se le añade un porcentaje de recargo por este concepto.

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Clienta
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Los mejores abogados de seguros de Barcelona sin duda, reclamaron a seguros Axa por un tema de seguro de vida y en poco tiempo conseguí el dinero de la póliza.
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¿En qué consiste una reclamación de seguros?

El inicio de todo este procedimiento pasa por la existencia de un riesgo objeto de cobertura a través de  la contratación de un seguro ofrecido por una compañía de seguros que se activa ante el nacimiento del riesgo asegurado, iniciándose en consecuencia lo que se denomina como siniestro.

Una vez nace el riesgo, es importante conocer qué pasos debemos seguir para formular nuestras reclamaciones a seguros:

  • Cuáles son nuestros derechos, revisar si la contratación se llevó a cabo de forma correcta o no,
  • Si las cláusulas son oponibles (es decir, si hay cláusulas limitativas, lesivas o nulas) y
  • Las instancias a las que podemos seguir: reclamación previa a la compañía, servicio de atención al cliente, Defensor del Asegurado, Dirección General de Seguros, Juzgados
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¿Tienes alguna duda sobre reclamaciones de seguros?

Los beneficiarios designados en la póliza, o sus herederos legales. Los beneficiarios pueden ser cambiados en cualquier momento por el asegurado.

Si la aseguradora lo detecta, rechazará la cobertura. Pero además, en función de la gravedad de los hechos, podría rescindir la póliza

Hay diversos motivos en los que la aseguradora podría ampararse, para negar la cobertura de la póliza. La falta de pago de la prima, el dolo, la ocultación de dolencias en los seguros de vida o salud, negligencia o culpa del asegurado… La lista es larga, por eso hay que estudiar bien el motivo aducido por la compañía.

El plazo de la aseguradora para satisfacer la indemnización, o al menos un pago mínimo de ésta, es de 40 días.

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