Abogados especialistas en reclamación de indemnización por atropello en accidente de tráfico

Dentro de los asuntos relativos a accidentes de tráfico, son especialmente sensibles los casos de atropello a peatones, por su vulnerabilidad. En Toro Pujol Abogados tenemos amplia experiencia en asesoramiento jurídico a peatones lesionados en accidentes de tráfico.

¿Qué debo hacer en caso de sufrir un atropello?

En caso de que seamos víctimas de un atropello, hemos de tener claro que independientemente del vehículo, tenemos derecho a una indemnización por las lesiones sufridas en un accidente de circulación. En caso de vehículos a motor, como accidentes de moto en coche, pero igualmente en caso de ser atropellados por bicicletas o patinetes eléctricos.

Disponer  del atestado policial sobre el siniestro

Es de vital importancia que se cuente con un atestado del siniestro, que deberá ser realizado por la policía. Dicho atestado recogerá la situación en la que se ha producido el accidente, los datos de ambas partes, el seguro del conductor del vehículo y la causa del accidente, es decir, definir la concurrencia de culpas, o la culpa exclusiva de una de las partes involucradas.

Este documento es muy importante a la hora de reclamar a la aseguradora del conductor, por cuanto nos permite negociar desde una posición de fuerza. En caso de no tener copia del atestado, muchas veces le darán un resguardo para solicitarlo posteriormente, podemos encargarnos nosotros de solicitarlo por Usted.

Conseguir testigos del accidente

Asimismo, es importante requerir a las personas que han sido testigos del accidente, que aporten sus datos personales, o bien ante la Policía durante el atestado o bien a nosotros directamente, para poder ser citados como testigos en caso de llegar a la vía judicial.

La declaración de estos testigos será relevante durante el procedimiento judicial iniciado, tanto por la vía Civil como por la vía Penal.

Recopilación de la documentación médica derivada de las lesiones en el accidente

El siguiente paso es recopilar todos los informes médicos, siendo importante tratar de plasmar con la mayor exactitud las lesiones que se sufren, y la intensidad de estas. Cuantos más informes médicos, y cuanto más completos sean, más posibilidades de éxito tendrá la víctima en la reclamación de la indemnización por daños personales.

Los daños personales son valorados por la Ley teniendo en cuenta:

  • la gravedad de las lesiones,
  • los días de hospitalización,
  • los días impeditivos y no impeditivos,
  • las secuelas, que la víctima tenga que hacer rehabilitación,
  • la limitación de las secuelas para realizar su vida normal,
  • la edad de la víctima, etcétera.

Son muchas las variables a estudiar por los peritos médicos, siendo, por ello, indispensable, contar con la máxima información documental, para poder ofrecer la máxima indemnización posible al cliente.

¿Qué pasa con los atropellos en los que el conductor se da a la fuga?

En los siniestros en los que el conductor se de a la fuga o no tenga seguro vigente, se puede reclamar una indemnización por accidente igualmente, dirigiéndola contra el Consorcio de Compensación de Seguros, una institución creada para proteger los intereses de las víctimas de accidentes de tráfico cuando la parte culpable no puede responder por los daños causados o directamente se da a la fuga.

¿Es compatible mi indemnización por atropello con la prestación de incapacidad permanente?

Son compatibles al 100%. En caso de que las lesiones sufridas por el atropello sean de especial gravedad, y nos limiten para nuestro desarrollo profesional, posibilitarán la solicitud de una prestación por incapacidad permanente. Esta solicitud se debe presentar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Desde Toro Pujol Abogados, tenemos un departamento especializado en derecho de la seguridad social que se gestiona los casos de gestión de incapacidades laborales.  Nos encargamos de evaluarlo gratuitamente para Usted y le ofrecemos, asimismo, la posibilidad de reclamar la prestación oportuna, con independencia de la reclamación de la indemnización por el atropello.

¿Y si el peatón atropellado fallece?

Si el peatón atropellado fallece en el siniestro, entra en juego un gran número de personas que tienen la consideración de perjudicados y son merecedores de la oportuna indemnización.

Hablamos del cónyuge superviviente, de los ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. Y todos ellos tienen derecho a una indemnización acorde a su vínculo con el fallecido, su situación de dependencia al mismo y sus condiciones particulares, que merecen ser estudiadas con mucho detenimiento.

¿Puedo reclamar daños materiales?

Por supuesto. El principio básico es la reparación in natura, eso quiere decir que todo daño material que pueda repararse deberá ser reparado. Únicamente podrá ser sustituido el bien en casos de pérdida o destrucción total de la cosa dañada.

Comprenden los daños materiales la ropa, gafas, teléfono móvil y cualquier bien que se estropeara, rompiera, o perdiera en el accidente. Debemos aportar presupuestos de todos los bienes que se hayan estropeado en el accidente y puedan ser reparados. En caso de destrucción o pérdida de los bienes, necesitaremos contar con un ticket de compra o cualquier prueba a tal efecto.

Asimismo, si teníamos un viaje contratado, una reserva realizada o un compromiso por el cual habíamos realizado un desembolso, que nos vaya a penalizar si no acudimos, esos gastos también son recuperables.

¿Y si tengo que afrontar gastos médicos por el atropello, me los devuelven?

Así es, son reembolsables todos los gastos sanitarios necesarios para nuestra recuperación. En este aspecto, es importante tener en cuenta que se debe realizar un doble control, por un lado, hemos de demostrar que ese gasto lo hemos asumido nosotros de nuestro bolsillo, y por otro lado, que era un gasto indispensable para nuestra recuperación.

Eso quiere decir que, por ejemplo, si hemos de abonar un medicamento concreto, deberá estar en primer lugar, recetado por un facultativo y, en segundo lugar, obrar en nuestro poder una factura a nuestro nombre y con nuestro documento nacional de identidad.

Lo mismo sucede con los desplazamientos si, por ejemplo, se nos ha roto una pierna, nos será complicado desplazarnos en autobús o vehículo propio. En esos casos, podemos desplazarnos con taxi, Cabify o similar, siempre y cuando solicitemos una factura a nuestro nombre y con nuestro documento nacional de identidad.

A partir de aquí, toda esa información se pone en nuestras manos, y nos encargamos de estudiar el caso concretamente, solicitándole cuanta documentación complementaria creamos conveniente para maximizar su indemnización, que comprenderá los siguientes apartados:

  • Daños personales sufridos:
    • Indemnización por fallecimiento.
    • Indemnización por lesiones permanentes (secuelas).
    • Indemnización por incapacidad temporal (días de baja).
    • Gastos Sanitarios.
  • Los daños materiales sufridos.
    • La reclamación por intereses de demora, lucro cesante y daño emergente.

Su abogado especialista en reclamación de indemnización por atropello en accidentes de tráfico en Barcelona y Madrid

Nos encargaremos de contactar extrajudicialmente con la aseguradora del vehículo culpable y negociar una indemnización de forma amistosa. Si la aseguradora no acepta nuestras condiciones, interpondremos la correspondiente demanda ante el juzgado, solicitando la máxima indemnización posible.

Colaboramos con un equipo de medicina legal de mucho prestigio que, en caso de ser necesario, realizará un informe médico para asegurar la máxima indemnización posible.

La experiencia de estos más de 40 años en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico, en los que este despacho se ha modernizado, adaptado a los cambios, hasta hacerlos suyos, buscando siempre la excelencia, se pone totalmente a su disposición para ayudarle en una situación tan delicada como un atropello.

Nuestros abogados especializados en indemnización por atropello en accidentes de tráfico se encargan de supervisar toda la situación, haciendo todos los trámites por Usted, y protegiéndole de la exposición a las aseguradoras, expertas en llegar a acuerdos contrarios a su propio beneficio.

No lo dude y contacte con nosotros, de forma gratuita, y procederemos a analizar sin compromiso su caso concreto. Y recuerde, nosotros no cobramos si Usted no cobra.