Andrea Fernández Rodríguez
Abogada experta en Derecho Laboral
Update: 08/04/2026Cuando se firma un nuevo convenio colectivo y este establece una subida salarial con efecto retroactivo, es habitual que se generen diferencias entre lo que se ha cobrado y lo que se debería haber percibido.
Estas cantidades pendientes, conocidas como atrasos de convenio, pueden reclamarse y deben calcularse correctamente para evitar errores.
¿Qué son los atrasos de convenio?
Los atrasos de convenio son pagos pendientes que se originan cuando una subida salarial acordada en un convenio colectivo se aplica con carácter retroactivo.
No se trata de errores administrativos ni de deudas individuales, sino de diferencias salariales derivadas de actualizaciones salariales oficiales que afectan a todo el personal incluido en ese convenio.
Su aplicación es automática desde la fecha pactada, aunque el convenio se publique o firme más tarde.
Causas más frecuentes de los atrasos de convenio
En muchas ocasiones, los atrasos de convenio no se deben a errores, sino a circunstancias comunes en la negociación colectiva. Estas son algunas de las causas más habituales:
- Retraso en la publicación de tablas salariales
- Incrementos de pluses y complementos pactados tarde
- Extinción de cláusulas de revisión salarial
Datos imprescindibles para el cálculo de tus atrasos
Para calcular los atrasos con precisión, es necesario recopilar previamente ciertos datos clave (salario base, paga extra, pluses...) que permitan determinar las diferencias salariales reales.
| Concepto | Descripción |
| Periodo objeto de revisión | Meses exactos a los que debe aplicarse el nuevo salario con efecto retroactivo |
| Salario base y complementos anteriores y actualizados | Diferencia entre lo cobrado y lo que se debería haber cobrado |
| Paga extra y prorrateo | Si existen pagas extraordinarias, deben incluirse o prorratearse adecuadamente |
| Plus de transporte, penosidad y otros conceptos variables | Deben sumarse si también se han incrementado o modificado con el nuevo convenio |
Fórmula paso a paso para calcular los atrasos de convenio
El cálculo de los atrasos de convenio no es complejo, pero exige precisión. Se trata de determinar cuánto se dejó de percibir desde que el nuevo salario debió aplicarse y sumar todos los conceptos actualizados, teniendo en cuenta la tributación y la cotización correspondiente.
- Calcular la diferencia mensual
Se resta el salario anterior al nuevo salario (Salario actualizado – Salario anterior). - Multiplicar por los meses pendientes
Esa diferencia mensual se multiplica por los meses en los que no se aplicó la subida salarial. - Añadir pagas extras prorrateadas
Si las pagas extraordinarias están prorrateadas, también debe aplicarse la subida a su parte proporcional mensual. - Aplicar retenciones de IRPF y cotizaciones
Al total bruto obtenido hay que descontarle las retenciones por IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social, para obtener el importe neto a percibir.
Nota: las pagas extras pueden tener tratamiento anual y no mensual, según convenio.
Ejemplo práctico de cálculo de atrasos de convenio
Datos de partida:
El nuevo convenio fija un incremento salarial del 3 % con efectos desde enero.
- Salario anterior: 1 200 €
- Salario actualizado: 1 236 €
- Diferencia mensual: 36 €
- Meses de retraso: 6
→ 36 € × 6 = 216 €
Pagas extras prorrateadas:
- 18 € al mes × 6 meses = 108 €
Total bruto pendiente:
216 € + 108 € = 324 €
Deducciones aplicadas:
→ Neto a percibir tras IRPF y Seguridad Social
Tratamiento fiscal y cotizaciones de los atrasos
Los atrasos de convenio cotizan a la Seguridad Social y tributan en el IRPF, pero su tratamiento presenta particularidades:
- Cotización a la Seguridad Social: Se reparte en los meses en los que debieron pagarse originalmente.
- Retención de IRPF: Se aplica según los criterios del ejercicio fiscal en curso y puede afectar al tipo medio de retención.
- Declaración de la Renta: Los atrasos se imputan al año en que se perciben, no al que corresponden, lo que puede modificar el resultado de la declaración.
Cómo reclamar tus atrasos de convenio
Si no se abonan los atrasos, el trabajador puede iniciar una reclamación.
- Plazos: El derecho prescribe al año desde que se pudieron reclamar.
- Procedimiento interno: Requiere comunicación previa al empleador o Recursos Humanos.
- Conciliación ante el SMAC: Paso obligatorio antes de acudir a la vía judicial.
- Demanda judicial: Si no se resuelve en conciliación, puede interponerse una demanda.
Preguntas frecuentes sobre atrasos de convenio
¿Puedo reclamar atrasos tras extinguirse la relación laboral?
Sí, siempre que no haya prescrito el derecho (1 año desde que debieron pagarse).
¿Se devengan intereses por demora en el pago?
Sí, el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores permite reclamar intereses por impago.
¿Cómo afecta un ERTE a los atrasos de convenio?
Dependerá de si el convenio afecta al periodo en el que se estaba en ERTE parcial o total.
¿Los atrasos computan para el cálculo de indemnizaciones?
Sí, si corresponden a conceptos salariales, pueden incrementar la base de cálculo de la indemnización.
Conclusión
Los atrasos de convenio representan un derecho económico derivado de la aplicación retroactiva de mejoras salariales.
Su cálculo correcto exige tener en cuenta todos los conceptos afectados, el periodo de retroactividad y la fiscalidad correspondiente. Si tu empresa no te ha abonado los atrasos conforme al nuevo convenio colectivo, puedes reclamarlos dentro del plazo de un año.
En Toro Abogados te ayudamos a analizar si te corresponden y a reclamar lo que te pertenece, con rigor técnico y defensa jurídica.






