Especialistas en incapacidades e invalideces
Toro Abogados, es un despacho de abogados especialistas en incapacidades y pensiones de la Seguridad Social. En asuntos de baja por enfermedad profesional, contamos con un excelente equipo que valora cada asunto, analizando las circunstancias y consecuencias de cada caso concreto. Estos procedimientos con complejos, pero nuestra experiencia garantiza el mejor resultado posible.
¿Qué se considera como enfermedad profesional?
Una enfermedad profesional es una dolencia que se produce como resultado directo de la exposición a factores de riesgo presentes en el entorno laboral. Estos factores de riesgo pueden incluir sustancias químicas, agentes biológicos, condiciones ergonómicas desfavorables, radiaciones, ruido, o vibraciones, entre otros.
Para considerar la patología como enfermedad derivada del trabajo, es necesario tanto un diagnóstico médico, como un nexo causal. Es decir, una relación de casualidad que vincule las circunstancias del empleo, con el resultado dañoso del trabajador. Cuando una baja se alarga excesivamente, será viable considerar una incapacidad permanente.
Ejemplos de enfermedad profesional
Silicosis: enfermedad causada por la inhalación prolongada de partículas de sílice en ambientes de trabajo, comúnmente en industrias de construcción, minería y manufactura.
Sordera: pérdida de audición debido a la exposición continua a niveles elevados de ruido en el entorno laboral, como en la industria de la construcción o la industria manufacturera.
Dermatitis de contacto: una afección cutánea inflamatoria causada por el contacto repetido con sustancias químicas o alérgenos en el lugar de trabajo, como en la industria de la limpieza o la industria química.
Lesiones musculoesqueléticas: lesiones en los músculos, tendones, ligamentos o articulaciones causadas por movimientos repetitivos, levantamiento de cargas pesadas o posturas incorrectas en trabajos que implican esfuerzo físico, como en la construcción o la agricultura.
Asbestosis: enfermedad pulmonar crónica causada por la exposición al amianto, habitualmente encontrada en la construcción, demolición y fabricación de productos que contienen amianto.
Enfermedades respiratorias ocupacionales: neumoconiosis (causada por la inhalación de polvo de carbón o polvo de minerales metálicos), la fibrosis pulmonar (causada por la exposición a sustancias químicas tóxicas) y el asma ocupacional (desencadenado por exposiciones alérgicas en el lugar de trabajo).
Enfermedad profesional en autónomos
El trabajador autónomo debe cumplir los siguientes requisitos para acceder a la prestación:
- Estar registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Haber realizado cotizaciones a la Seguridad Social.
- Mantener al día el pago de las cuotas (en caso de no estar al corriente, se dispone de un plazo de 30 días para regularizar los pagos).
- Una vez cumplidas estas condiciones, el autónomo dispone de un período de hasta 15 días a partir de la fecha de la baja para comunicarla a la Seguridad Social. Además, deberá indicar quién se encargará de gestionar el negocio en su ausencia o, en caso necesario, informar sobre la suspensión temporal o definitiva de la actividad.
Las enfermedades profesionales, detalladas en el Real Decreto 1995/1978, abarcan una amplia variedad de enfermedades que pueden contraerse en el entorno laboral. Entre ellas se incluyen infecciones, intoxicaciones por elementos químicos, trastornos respiratorios, enfermedades dermatológicas y muchas otras. De esta forma, el autónomo podrá percibir el 75% de su base desde el día siguiente al de la contingencia.