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Incapacidad Laboral por Enfermedad de Crohn

enfermedad crohn

Paga por enfermedad de crohn

La enfermedad de Crohn es una enfermedad crónica y autoinmune que afecta principalmente el tracto gastrointestinal, pero también puede afectar otras partes del cuerpo. Es una forma de enfermedad inflamatoria intestinal (EII) y se caracteriza por la inflamación crónica y la ulceración de las paredes del tracto gastrointestinal. 

Puede afectar cualquier parte del tracto gastrointestinal, desde la boca hasta el ano, pero más comúnmente afecta el área del intestino delgado y el colon. Los síntomas pueden incluir:

  • Dolor abdominal
  • Diarrea
  • Pérdida de peso
  • Fiebre
  • Fatiga
  • Estrechamiento del intestino
  • Obstrucción intestinal
  • Abscesos
  • Fístulas
  • Perforaciones

 

Tiempo de baja por enfermedad de crohn

El tiempo de baja por enfermedad de Crohn puede variar mucho dependiendo de la gravedad y la frecuencia de los síntomas, así como de la respuesta individual al tratamiento.

En general, cuando un paciente experimenta un brote agudo de la enfermedad, puede requerir un período de baja laboral de algunas semanas o meses. Durante este tiempo, el objetivo es permitir que el paciente se recupere y reciba el tratamiento adecuado para controlar la inflamación y los síntomas.

Pero en algunos casos, la enfermedad puede ser lo suficientemente grave como para que un paciente deba considerar una incapacidad laboral. En esas situaciones, el afectado no puede llevar a cabo su actividad laboral ya que puede visitar el baño más de diez veces al día. Socialmente es una enfermedad complicada.

Enfermedad de Crohn y colitis ulcerosa

La enfermedad de Crohn y la colitis ulcerosa son dos tipos de enfermedades inflamatorias intestinales (EII) que pueden tener síntomas similares, pero difieren en su ubicación y patología.

Si bien, como hemos indicado, la enfermedad de Crohn puede afectar cualquier parte del tracto gastrointestinal, la colitis ulcerosa se limita a la mucosa del colon y el recto, y se caracteriza por la inflamación y la formación de úlceras en el revestimiento del colon y el recto. Los síntomas pueden incluir dolor abdominal, diarrea con sangre y urgencia para defecar.

¿Qué es más grave, colitis ulcerosa o enfermedad de Crohn?

No se puede decir que la enfermedad de Crohn o la colitis ulcerosa sean más graves que la otra, ya que ambas enfermedades inflamatorias intestinales pueden tener síntomas peligrosos y complicaciones.

La gravedad de cada enfermedad puede variar de un paciente a otro, y depende de muchos factores, como la ubicación y la extensión de la inflamación, la respuesta individual al tratamiento, el estado general de salud y la presencia de dolencias concurrentes.

¿Se puede trabajar con la enfermedad de Crohn?

Todo depende de la situación individual. Hay personas que lo pueden sobrellevar, con ciertas adaptaciones. Pero hay otros trabajadores que lo tienen peor: gente que trabaja al aire libre, sin baños cerca, o que su profesión es ir de un sitio a otro, o estar de cara al público. Por ejemplo, taxistas, cajeras de supermercado, dependientes de tienda, o viajantes. En esos casos, es viable la incapacidad permanente ya que es difícil compaginar el trabajo con la enfermedad.

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Es justa la fama que tienen: conseguí la incapacidad laboral por depresión sin necesidad de juicio, lo consiguieron ante la seguridad social
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La incapacidad permanente parcial, que consiste en una indemnización a tanto alzado tal y como ha quedado explicado anteriormente, la paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Son las mismas que para otros grados de incapacidad, es decir, la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Lo que cambia, son las limitaciones que le causan al trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.

La Seguridad Social la abonará tras haberse reconocido. Si se reconoce en vía administrativa, normalmente es más rápido que si se reconoce mediante sentencia judicial por un juez de lo social.
Al igual que otros grados de incapacidad, puede llegar a darle a su beneficiario, ciertos beneficios en diferentes ámbitos: así, podrá tener descuentos culturales, en ocio, transporte público o incluso en la declaración de la renta o viviendas de protección oficial.
No es lo habitual, pero siempre cabe la posibilidad en una revisión. Por ello, ante una revisión inminente, es importante contactar con profesionales para asesorarse acerca de qué informes aportar.
En relación con lo anterior, no tiene por qué ser para siempre. Se puede revisar por mejoría o por empeoramiento, por el propio beneficiario o de oficio por la Seguridad Social.

La cuantía depende de los años cotizados y de la base de cotización. La Seguridad Social hace un cálculo que da como resultado la cuantía que se cobra por una incapacidad total.

Depende, va en función del partido judicial y del juzgado en que recaiga. Hay algunos que pueden tardar más de un año, y otros que salen en algunos meses.

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