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Incapacidad Laboral por Epicondilitis

Las patologías relacionadas con articulaciones suelen generar limitaciones funcionales en las personas que lo padecen.

En nuestro bufete de abogados especialistas en incapacidades laborales, nos encontramos con muchos casos de trabajadores que, bien sea por un accidente o enfermedad profesional o  por enfermedad común, solicitan la tramitación de incapacidad laboral por epicondilitis.

¿Qué se entiende por epicondilitis?

La epicondilitis es una inflamación de los tendones y del epicóndilo, que une la musculatura del antebrazo con la mano.

La patología genera un dolor localizado especialmente en la zona de la inflamación, pero suele extenderse hacia la zona del brazo o antebrazo.

Esta patología es conocida también como codo de tenista.

Causas de la epicondilitis

Las causa más común de la epicondilitis son los movimientos repetitivos sobre la muñeca y el brazo, que genera una sobrecarga de los tendones que llegan al codo.

Esta patología también puede generarse por una lesión en un accidente, bien sea laboral o común.

Síntomas de la epicondilitis

En general, los síntomas de esta patología encontramos los siguientes:

  • Dolor en la parte externa del codo
  • Dificultad para extender la muñeca
  • Sensación de dolor al realizar movimientos que no requieren demasiada fuerza, como levantar un vaso.
  • Molestias al tocar la zona del epicóndilo.

Secuelas de epicondilitis

Si no se trata adecuadamente, la epicondilitis puede causar una serie de secuelas, que pueden incluir:

  • Dolor crónico en el codo: el dolor en el codo puede persistir incluso después de que la lesión inicial haya sanado. Puede ser leve o grave y puede afectar la capacidad de realizar actividades cotidianas.
  • Debilidad en los músculos del antebrazo: puede debilitar los músculos que controlan el movimiento de la muñeca y los dedos, lo que puede afectar la capacidad de realizar actividades que requieren agarre y levantamiento de objetos.
grados epicondilitis
  • Pérdida de flexibilidad: limita la capacidad de mover el codo y la muñeca a su amplitud total de movimiento.
  • Dificultad para realizar actividades diarias: las actividades que implican el uso del codo y la muñeca pueden volverse difíciles o imposibles de realizar, lo que puede afectar la calidad de vida.
  • Ansiedad y depresión: el dolor crónico y la discapacidad asociada con la epicondilitis pueden tener un impacto negativo en la salud mental, lo que puede llevar a la ansiedad y la depresión.

Grados de epicondilitis

Conseguimos los siguientes grados de epicondilitis:

Epicondilitis leve

Se considera que es leve cuando afecta aproximadamente al 20% del tendón y presenta tendinosis.

Epicondilitis moderada

Hablamos de espicondilitis moderada cuando se genera un desgarro parcial y afecta entre el 20 y el 80% del tendón.

Epicondilitis severa

Cuando nos encontramos con un desgarro total y con una afectación de más del 80% del tendón, se considera que estamos en un estado severo de esta patología.

Porcentaje de incapacidad por epicondilitis

Cuando una persona sufre de epicondilitis y esta dolencia afecta la ejecución de actividades relacionadas con el ejercicio de la profesión habitual, se suele solicitar la tramitación de una pensión de incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Una vez introducida la solicitud, el tribunal médico evaluará la gravedad y la afectación de la patología para realizar su actividad laboral.

A partir de estos resultados, se le concederá el grado de incapacidad y la correspondiente pensión, bien sea por resolución administrativa o por medio de la interposición de una demanda contra el INSS en el Juzgado de lo Social que corresponda.

Incapacidad permanente total por epicondilitis

En profesiones que se exija de modo reiterado la realización de estos movimientos se reconocerá una incapacidad permanente total.

Incapacidad permanente absoluta por epicondilitis

Para el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, la epicondilitis deberá presentarse junto con otras patologías o lesiones.

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Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

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La incapacidad permanente parcial, que consiste en una indemnización a tanto alzado tal y como ha quedado explicado anteriormente, la paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Son las mismas que para otros grados de incapacidad, es decir, la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Lo que cambia, son las limitaciones que le causan al trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.

La Seguridad Social la abonará tras haberse reconocido. Si se reconoce en vía administrativa, normalmente es más rápido que si se reconoce mediante sentencia judicial por un juez de lo social.
Al igual que otros grados de incapacidad, puede llegar a darle a su beneficiario, ciertos beneficios en diferentes ámbitos: así, podrá tener descuentos culturales, en ocio, transporte público o incluso en la declaración de la renta o viviendas de protección oficial.
No es lo habitual, pero siempre cabe la posibilidad en una revisión. Por ello, ante una revisión inminente, es importante contactar con profesionales para asesorarse acerca de qué informes aportar.
En relación con lo anterior, no tiene por qué ser para siempre. Se puede revisar por mejoría o por empeoramiento, por el propio beneficiario o de oficio por la Seguridad Social.

La cuantía depende de los años cotizados y de la base de cotización. La Seguridad Social hace un cálculo que da como resultado la cuantía que se cobra por una incapacidad total.

Depende, va en función del partido judicial y del juzgado en que recaiga. Hay algunos que pueden tardar más de un año, y otros que salen en algunos meses.

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