Delito de violencia de género
El delito de violencia de género implica cualquier acto violento o agresión física, psicológica o sexual que tenga lugar dentro de una relación en la que exista o haya existido un vínculo afectivo, independientemente de que haya convivencia o no, y que tenga como objetivo o resultado causar daño, sufrimiento o humillación a la persona objeto de la violencia.
Es importante destacar que, como abogados especialistas en violencia, nuestra labor no sólo se centra en la defensa de las personas acusadas de violencia de género, sino también en la protección y asesoramiento de las víctimas. Por lo tanto, trabajamos para asegurar que se protejan los derechos y la integridad de las víctimas.
¿Qué sé considera un delito de violencia de género?
El delito de violencia de género es la forma genérica de delitos que ejerce una persona sobre otra de su distinto género en el contexto de una relación de afectividad, incluyendo tanto la violencia física como la violencia psicológica.
En este tipo de delito, pueden concurrir varios tipos de ilícitos penales: lesiones, amenazas, coacciones o injurias son los delitos por violencia de género más habituales.
¿Qué delitos se consideran violencia de género?
Dentro de los delitos por violencia de género podemos distinguir los siguientes tipos:
- Violencia física y psicológica
- Amenazas
- Coacciones
- Delitos contra la libertad sexual
- Delito de privación de la libertad
Violencia de género juicio rápido
Según el artículo 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, un juicio rápido es un procedimiento del ámbito penal que pretende solucionar de forma rápida y sencilla determinados delitos por violencia de género.
Los juicios rápidos por violencia de género solo pueden tener lugar en determinados delitos. En el caso de la violencia de género, está dentro de los delitos contemplados en el primer supuesto en el artículo 173.2 del Código Penal, que son los que atentan contra la integridad física y moral de las personas.
Medidas cautelares violencia de género
Las medidas cautelares son las que puede ordenar un Juzgado para evitar el desarrollo adecuado del proceso judicial. Estas pueden ser de carácter personal y las relacionadas con temas patrimoniales.
Estas son las medidas para la protección de la víctima de violencia de género contra la mujer:
- Atribución del uso y disfrute del domicilio común
- Custodia de los hijos
- Impago pensión de alimentos
- Medidas de protección a menores
Penas por el delito de violencia de género
Las penas contempladas por delitos de violencia de género son las contempladas para el delito cometido sobre la mujer con el agravante que corresponda.
En general, son castigados con la pena de prisión de seis a 12 meses por quebrantamiento de condena, de medidas cautelares, y con multa de 12 a 24 meses en el resto de los casos. El artículo 37 de la Ley Orgánica 1/2004, en el que se desarrolla la protección contra los malos tratos, refiere la modificación del artículo 153 del Código Penal, en la que establecen los delitos y las penas.
Despacho de abogados expertos en violencia de género
Desde Bufete Toro podemos ayudarte si te encuentras en una situación de violencia de género. El acompañamiento legal de la víctima puede ser fundamental y es por ello por lo que nuestro despacho de abogados ofrece una primera visita gratuita para valorar y asesorar a las víctimas.