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Incapacidad Laboral por Enfermedad mental

Incapacidad Laboral por Enfermedad mental

En nuestro despacho de abogados expertos en incapacidades laborales, conocemos la incidencia de las enfermedades mentales que en los últimos años afectan a cada mes más personas y, por supuesto, trabajadores.

Sin embargo, no todos los trastornos de salud mental son merecedores por sí solos de una situación de incapacidad permanente. Por eso intentaremos definir lo que comprenden estas patologías y cuando se generan incapacidad permanente por trastornos mentales.

¿Qué entendemos por enfermedades mentales?

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) definen las enfermedades mentales como una combinación de alteraciones de los pensamientos, la percepción, las emociones, la conducta y de las relaciones sociales con quienes de rodean.

Entre las enfermedades mentales podemos encontrar los siguientes:

Depresión

Reconocido como una de las principales causas de incapacidad en el mundo, es una situación de salud mental caracterizada por la sensación persistente de tristeza, desánimo y pérdida de interés en general.

Trastorno bipolar

Es una enfermedad mental en la que la persona que la padecen alternan episodios depresivos y maníacos y puede tener efectos importantes en su vida cotidiana y en la realización de su profesión u oficio.

Esquizofrenia

Se encuentra en el grupo de las denominadas psicosis y se considera como una enfermedad mental grave. Consiste en el deterioro de la capacidad de las personas en el pensamiento, percepción, en las emociones y en la voluntad.

Demencia

La demencia es un trastorno mental grave y tiene como característica que es crónica y progresiva, y suele estar relacionada con otras enfermedades mentales o físicas, como por ejemplo, los accidentes cerebrovasculares.

enfermedad mental incapacitante

Incapacidad permanente por enfermedad mental ¿es posible obtenerla?

Entendemos por enfermedad o trastorno de salud mental es cualquier afectación psiquiátrica o psicológica que pueden dar lugar a una incapacidad laboral.

Al igual que en otras patologías psíquicas, de la enfermedad mental nacerá la posibilidad de recibir una pensión por incapacidad dependiendo de las secuelas y síntomas que presente. Es decir, el trabajador afectado podrá solicitar la incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Dicha patología, una vez evaluada por el tribunal médico, puede dar lugar a una incapacidad de grado total o absoluta, dependiendo de la profesión habitual desempeñada y del grado y la afectación en la vida cuotidiana de la discapacidad mental.

Invalidez total por enfermedad mental

La incapacidad total por enfermedad mental puede otorgarse a un trabajador cuya actividad laboral se ve limitado por esta patología.

Por ejemplo, una persona bipolar puede tener esta incapacidad total para la profesión de dependiente de una tienda, pero podría trabajar en otra cosa distinta, que no tenga que estar de cara al público.

Incapacidad permanente absoluta por enfermedad mental

Asimismo, tendrá lugar una invalidez permanente absoluta por enfermedad mental cuando la enfermedad padecida sea grave y afecte a su concentración, memoria y ritmo de trabajo. En este caso, le imposibilita totalmente ejercer cualquier profesión.

Discapacidad por enfermedad mental o discapacidad intelectual

Aunque la enfermedad mental y la discapacidad intelectual son conceptos distintos a nivel terminológico, las personas con discapacidad intelectual suelen presentar, asimismo, enfermedades mentales.

La discapacidad intelectual es una disminución de la capacidad intelectual, por lo que existe una importante merma en las habilidades sociales y de aprendizaje.

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Llevaba meses y meses sin trabajar, de baja, desesperado, por eso les llamé, y consiguieron mi incapacidad permanente de la seguridad social.
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Llamé para pedir cita por una incapacidad laboral. No sólo me la consiguieron, sino que aconsejaron cómo proceder en mi trabajo. gracias
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Es justa la fama que tienen: conseguí la incapacidad laboral por depresión sin necesidad de juicio, lo consiguieron ante la seguridad social
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La incapacidad permanente parcial, que consiste en una indemnización a tanto alzado tal y como ha quedado explicado anteriormente, la paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Son las mismas que para otros grados de incapacidad, es decir, la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Lo que cambia, son las limitaciones que le causan al trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.

La Seguridad Social la abonará tras haberse reconocido. Si se reconoce en vía administrativa, normalmente es más rápido que si se reconoce mediante sentencia judicial por un juez de lo social.
Al igual que otros grados de incapacidad, puede llegar a darle a su beneficiario, ciertos beneficios en diferentes ámbitos: así, podrá tener descuentos culturales, en ocio, transporte público o incluso en la declaración de la renta o viviendas de protección oficial.

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