Abogados incapacidad parcial
La pensión por incapacidad permanente parcial podría definirse como aquella situación en la que las patologías y lesiones que afectan al trabajador le ocasionan una disminución no inferior al 33 % en su rendimiento normal para su profesión habitual. Es decir, que el trabajador puede continuar con sus labores y faenas, pero no al cien por cien. Para conseguir esta prestación, necesitará los servicios de un despacho especializado en Seguridad Social.
Se diferencia del grado de total, en que mientras ésta implica que el trabajador no puede desarrollar las tareas esenciales o fundamentales de su trabajo, en la parcial sí puede desarrollarlas, pero le afecta en su rendimiento normal.
Cuánto se cobra por incapacidad permanente parcial
Esta pensión consiste en una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora. Se trata de una prestación que es compatible con el trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena. Es decir, que el trabajador puede seguir ejerciendo sus funciones habiendo recibido la indemnización.
Incapacidad parcial permanente ejemplos
Al tratarse de una incapacidad que permite hacer las mismas funciones con limitaciones, podemos ejemplificar lo siguiente:
Incapacidad por artrodesis
Un transportista que conduce una furgoneta y ayuda a descargar la mercancía. Por una dolencia le han operado realizándole una artrodesis, y no puede acarrear grandes pesos. Podría seguir llevando el vehículo y repartiendo la mercancía, pero no descargar grandes pesos.
Incapacidad por fascitis plantar
Un monitor de gimnasio da diversas clases, pero a causa de una lesión de fascitis plantar no puede impartir boxeo, por el impacto, pero sí el resto de clases.
Incapacidad revisable
Si sufre alguna patología que le obliga a estar de baja laboral, sigue un tratamiento
médico y toma fármacos, está en condiciones de solicitar una incapacidad laboral.
Baremo incapacidad permanente parcial
Aunque algunas compañías aseguradoras pueden establecer un baremo para calificar la invalidez, quien realmente valora el grado de incapacidad es la Seguridad Social y sus servicios médicos. De esta forma, si consideran que la capacidad laboral del trabajador se ha disminuido en un 33%, se le reconocerá una incapacidad permanente parcial.
Si Ud. se encuentra afecto de una lesión o patología, derivada de enfermedad común, enfermedad profesional, accidente laboral o no laboral y la misma le ocasiona una disminución que repercute en la realización de su trabajo, no dude contactar con nuestros abogados especialistas en incapacidades.
1
VISITA GRATUITA
Recepción de la documentación y exposición del caso.
2
VIABILIDAD Y PRESUPUESTO
Análisis de su caso y emisión de presupuesto.
4
PROCEDIMIENTO JUDICIAL
Interposición de demanda y seguimiento del proceso.
3
PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL
Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.