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Obtenga una estimación aproximada de su pensión en caso de incapacidad total. Si está barajando la posibilidad de solicitar una incapacidad permanente total porque no puede desempeñar su trabajo, aquí podrá hacerse una idea de lo que podría llegar a cobrar. Somos abogados especialistas en Seguridad Social e incapacidad permanente, y estamos encantados de ayudarle.
En Despacho Toro somos especialistas en la consecución de incapacidades laborales. En cualquiera de sus grados, tenemos una dilatada experiencia en conseguir invalideces.
Para calcular la cantidad que le corresponde, ponemos a su disposición esta herramienta que da el resultado de su pensión.
Hay que diferenciar supuestos, ya que debemos distinguir si se trata de enfermedad común o de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Además, hay que aplicar las bases de cotización de los últimos ocho años, y dividirlo por 112. Se efectúa una actualización conforme al IPC, y se tienen en cuenta otros datos como la escala para la pensión de jubilación.
Como se puede ver es una formula muy compleja y difícil de aplicar. Para hacerlo todo más sencillo, en esta calculadora simplemente tendrá que introducir unos pocos datos y le daremos el resultado al instante.
Depende de los años cotizados, el salario y algunas variables. Una pensión normal podría estar en torno a mil euros, pero las hay mucho más altas y más bajas. Si usted padece una enfermedad que podría dar lugar a una incapacidad, póngase en contacto con nosotros, la primera visita es gratuita y sin compromiso.
Sin ningún tipo de compromiso, te aconsejaremos sobre tus mejores opciones.
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Solicitud de incapacidades
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Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.
Ver casos reales La norma general es que el beneficiario, perciba el 55% de su base reguladora. En casos de beneficiarios mayores de 55 años, el porcentaje se incrementa en un 20%, llegando hasta el 75% de la base reguladora, debido a las circunstancias del mercado: se asume que es más complicado que a partir de esa edad, por las circunstancias que sea, encuentre un empleo. Si la causa de la incapacidad es por un accidente laboral o enfermedad profesional, que se ocasiona por faltas de seguridad, se puede incrementar entre un 30 y un 50%. Existen cinco prestaciones adicionales, aparte de la ayuda familiar, que pueden ser percibidas simultáneamente por un beneficiario de una pensión por incapacidad permanente total. Estas incluyen el subsidio por insuficiencia de cotización, el subsidio para mayores de 45 y 52 años, la Renta Activa de Inserción (RAI) y el subsidio extraordinario por desempleo. Por lo tanto, aquellos desempleados que se encuentren en estas situaciones y reciban una cantidad mínima o promedio, tienen la opción de solicitar una prestación adicional. El primero y lógico, es una pensión que le sustenta económicamente, aunque sea de forma parcial. Y en relación con esto, podrá ejercer otro trabajo, que complemente ese sustento, siempre y cuando sea con requerimientos distintos a los del primer trabajo. Pero además podrá disfrutar de tratamientos farmacéuticos, reducción en el IRPF, o de inserción laboral con facilidades.