BARCELONA

Incapacidad Laboral por Fibromialgia

¿Qué es la fibromialgia?

La fibromialgia es un trastorno crónico que se caracteriza por dolor musculoesquelético generalizado, fatiga, trastornos del sueño y sensibilidad en puntos específicos del cuerpo. Es una afección común que afecta a aproximadamente el 2% de la población y se diagnostica con mayor frecuencia en mujeres que en hombres.

Aunque la causa exacta de la fibromialgia no se conoce, se cree que puede estar relacionada con factores genéticos, físicos y emocionales. También se sabe que la fibromialgia se presenta con mayor frecuencia en personas con otros trastornos, como el síndrome de fatiga crónica, la artritis reumatoide o el lupus.

Como veremos a continuación, puede ser causa de bajas de larga duración, que acaben finalmente en una incapacidad permanente.

Síntomas de la fibromialgia

  • Dolor generalizado: es el síntoma más común. Este dolor se siente en todo el cuerpo y puede ser descrito como una sensación de ardor, pinchazo, punzada o dolor sordo.
  • Fatiga: se experimenta incluso después de un sueño reparador. Esta fatiga puede afectar la capacidad para realizar las tareas cotidianas y afectar negativamente la calidad de vida.
  • Problemas de sueño: a menudo interfiere con el sueño reparador. Los pacientes pueden experimentar insomnio, dificultad para conciliar el sueño, y despertarse con frecuencia.
  • Problemas cognitivos: como dificultad para concentrarse, pérdida de memoria a corto plazo y problemas para encontrar las palabras adecuadas.
  • Sensibilidad: se siente una mayor sensibilidad al dolor, la temperatura, la presión, la luz, el sonido y los olores.
  • Síntomas emocionales: se frecuente tener depresión, ansiedad y cambios de humor.
  • Otros síntomas: pueden incluir dolores de cabeza, problemas digestivos, dolor menstrual, entumecimiento u hormigueo en las extremidades y rigidez muscular.

 

puntos gatillo fibromialgia

¿Cuáles son los 18 puntos de dolor de la fibromialgia?

  1. Entre los omóplatos (supraespinoso, encima de la espina de la escápula)
  2. En las cervicales y cuello
  3. En la cara interna de las rodillas
  4. Debajo de la clavícula, en la zona superior del pecho
  5. En los codos (Epicóndilo lateral)
  6. En el trapecio superior (en los hombros y la parte superior de la espalda)
  7. En la zona externa y superior de las caderas
  8. En los glúteos (nalgas: tercio superior y cresta ilíaca)
  9. En la nuca o base del cráneo (occipucio, parte posterior de la cabeza)

Test de fibromialgia

  • ¿Sufre dolores por todo el cuerpo?
  • ¿Padece de fatiga general muchas veces?
  • ¿Los dolores son intensos, o son como calambres o descargas?
  • ¿Siente pinchazos, entumecimiento, adormecimiento u hormigueos?
  • ¿Padece problemas digestivos, urinarios, dolor de cabeza o piernas inquietas?
  • ¿Tienen esos dolores una repercusión importante en su vida cotidiana?
  • ¿Le cuesta concentrarse?

Si ha respondido afirmativamente a la mayoría de las preguntas, es muy posible que usted tenga fibromialgia. En ese caso, es importante consultar a un médico para recibir el diagnóstico adecuado y concreto.

Baja laboral por fibromialgia

Muchos trabajadores y trabajadoras tienen bajas, que se van alargando, y no saben realmente el motivo. Por ello, es esencial recibir un diagnóstico correcto, para saber el tratamiento a seguir, los fármacos indicados y los ejercicios que hay que hacer, en su caso.

Si la baja se alarga por más de un año, es posible conseguir una incapacidad permanente.

Paga por fibromialgia    

Lo más importante a la hora de solicitar una incapacidad permanente, es aportar todo los informes médicos, detallados y minuciosos, en los que aparezca tanto el diagnóstico como las limitaciones que le supone al trabajador.

La documentación médica de reumatólogos, neurólogos, psiquiatras, psicólogos, fisioterapeutas y rehabilitadores, o los informes de la clínica del dolor, son vitales para que por la Seguridad Social se reconozca la incapacidad.

Incapacidad por fibromialgia     

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La incapacidad permanente parcial, que consiste en una indemnización a tanto alzado tal y como ha quedado explicado anteriormente, la paga el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Son las mismas que para otros grados de incapacidad, es decir, la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Lo que cambia, son las limitaciones que le causan al trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.

La Seguridad Social la abonará tras haberse reconocido. Si se reconoce en vía administrativa, normalmente es más rápido que si se reconoce mediante sentencia judicial por un juez de lo social.
Al igual que otros grados de incapacidad, puede llegar a darle a su beneficiario, ciertos beneficios en diferentes ámbitos: así, podrá tener descuentos culturales, en ocio, transporte público o incluso en la declaración de la renta o viviendas de protección oficial.
No es lo habitual, pero siempre cabe la posibilidad en una revisión. Por ello, ante una revisión inminente, es importante contactar con profesionales para asesorarse acerca de qué informes aportar.
En relación con lo anterior, no tiene por qué ser para siempre. Se puede revisar por mejoría o por empeoramiento, por el propio beneficiario o de oficio por la Seguridad Social.

La cuantía depende de los años cotizados y de la base de cotización. La Seguridad Social hace un cálculo que da como resultado la cuantía que se cobra por una incapacidad total.

Depende, va en función del partido judicial y del juzgado en que recaiga. Hay algunos que pueden tardar más de un año, y otros que salen en algunos meses.

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