Incapacidad Laboral por Infarto
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El infarto es una patología cardíaca consistente en la muerte de un órgano por obstrucción de las arterias y puede ser merecedor de una incapacidad laboral.
¿Qué se considera un infarto?
Se considera infarto al miocardio la muerte de la células del corazón o parte de él mismo por causa de falta del riego sanguíneo ocasionado por una obstrucción arterial.
Generalmente, conocemos por infarto al infarto agudo de miocardio, pero esta situación puede sufrirla cualquier órgano del cuerpo, como por ejemplo, el infarto cerebral, el pulmonar o el renal, entre otros.
Tipos de infarto al miocardio
Infarto tipo 1:
Es el que se produce por causa de la inestabilidad de una placa aterosclerótica en la arteria coronaria y suele ser de carácter espontáneo.
Infarto tipo 2:
Es el tipo de infarto ocasionado por un desequilibrio entre la necesidad de sangre del músculo del corazón y la que recibe, más conocida como cardiopatía isquémica.
Infarto tipo 3:
Este tipo de infarto es cuando la necrosis generada por el infarto es de tal magnitud que produce una muerte súbita del paciente.
Infarto tipo 4:
Es consecuencia de un shock cardíaco producto de un edema grave de pulmón.
Infarto tipo 5:
Es el ocasionado producto de una intervención cardíaca.
Causas del infarto al miocardio
A diferencia de la angina de pecho, el infarto suele ser un episodio brusco que tiene, entre otras, las siguientes causas:
- Obstrucción de las arterias coronarias por causa de la acumulación de grasa en sus paredes, dolencia conocida como aterosclerosis.
- Presencia de coágulo sanguíneo en una de las arterias, conocido como aterotrombosis.
- Contracción de la arteria coronaria que impide el paso de la sangre al corazón.
- Presencia de patologías cardíacas como arritmias o insuficiencia cardíaca; o de otras dolencias que pueden favorecerlo, como diabetes. hipertensión, sedentarismo, tabaquismo, etc.
Síntomas del infarto al miocardio
En términos generales, los síntomas del infarto suelen ser similares al de la angina de pecho y suelen ser:
- Dolor fuerte y persistente en el pecho, con sensación de opresión que puede aparecer de manera inesperada.
- Dolor en otras zonas del cuerpo, como en el brazo izquierdo, abdomen, espalda, mandíbula.
- Mareos
- Sudor
- Fatiga
- Náuseas y vómitos
¿Puede concederse una incapacidad laboral por infarto al miocardio?
Cuando se presenta ante el tribunal médico del Instituto de la Seguridad Social (INSS), se toma en cuenta la escala de la Asociación del Corazón de New York (NYHA) para valorar la incapacidad por infarto al miocardio y que determina la posibilidad del paciente de realizar esfuerzos físicos.
Esta escala define la valoración objetiva del infarto de la siguiente manera:
- Clase A: cuando no hay evidencia objetiva de patología cardiovascular
- Clase B: Evidencia objetiva mínima de enfermedad cardiovascular
- Clase C: Cuando hay una evidencia moderadamente severa de enfermedad cardiovascular.
- Clase D: Evidencia objetiva de severa patología cardiovascular.
Incapacidad temporal por infarto
Cuando un trabajador sufre un infarto, por lo general le supone un internamiento hospitalario, por el que puede tramitar una incapacidad temporal o baja laboral, mientras va recuperándose de esta dolencia o de las intervenciones quirúrgicas que se realicen a consecuencia del infarto que impide, de manera temporal, su actividad laboral.
Incapacidad permanente total por infarto
La incapacidad en grado de total se obtendrá cuando se trate de profesiones habituales que exijan la realización de esfuerzos físicos constante y el trabajador esté incardinado en la clase B-C de la NYHA.
Incapacidad permanente absoluta por infarto
Se podrá conceder una invalidez en grado de absoluta cuando la clase de NYHA sea D.