La incapacidad permanente es un estado que puede surgir como resultado de enfermedades o accidentes que impiden a una persona realizar su trabajo habitual. Ante esta situación, muchos se preguntan cuántas veces es posible solicitar esta prestación.
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La normativa de la Seguridad Social permite a los solicitantes realizar diversas peticiones en función de su situación médica y laboral. Lógicamente, existen ciertos criterios y procedimientos que determinan si una nueva solicitud es viable.
En este artículo, exploraremos la posibilidad de solicitar la incapacidad permanente en múltiples ocasiones y los aspectos que los solicitantes deben considerar al hacerlo.
Sí, es completamente posible solicitar la incapacidad permanente más de una vez, tanto por vía judicial como administrativa. No hay un límite en la cantidad de veces que se puede presentar una solicitud, ya que las circunstancias personales y médicas pueden cambiar con el tiempo, lo que puede justificar una nueva reclamación.
Es importante destacar que si una solicitud inicial es denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, los solicitantes tienen la opción de iniciar de nuevo el proceso administrativo con una nueva petición.
Además, existen diversas razones que pueden llevar a una persona a solicitar la incapacidad permanente en múltiples ocasiones. Por ejemplo, si la condición de salud del solicitante se agrava, o si se presentan nuevas evidencias médicas que sustenten la necesidad de una revisión, se puede recurrir nuevamente al INSS.
La normativa permite esta flexibilidad, reconociendo que la salud de una persona puede experimentar cambios significativos con el tiempo, lo que puede justificar múltiples reclamaciones.
Existen diversas circunstancias bajo las cuales es posible presentar una nueva solicitud de incapacidad permanente. Estas son algunas de las situaciones más relevantes:
El proceso para solicitar de nuevo la incapacidad permanente comienza con la presentación de la solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, acompañada de la documentación médica correspondiente.
Si la solicitud es denegada, el solicitante puede presentar una reclamación previa en un plazo de 30 días para que el INSS revise su decisión. Si la reclamación también es desestimada, el interesado tiene la opción de llevar el caso ante el Juzgado de lo Social, donde podrá impugnar la resolución administrativa.
Al recibir una denegación de incapacidad permanente, el interesado puede optar por presentar una reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Esta solicitud debe hacerse dentro de un plazo de 30 días a partir de la notificación de la denegación. En esta etapa, se puede aportar nueva documentación médica que respalde la solicitud inicial y que pueda cambiar la decisión del INSS.
Si en la reclamación previa, la incapacidad permanente es denegada, el siguiente paso es recurrir al Juzgado de lo Social. Este proceso judicial permite al solicitante impugnar la decisión administrativa y presentar su caso ante un tribunal, donde se evaluará si se han cumplido los criterios necesarios para la concesión de la incapacidad permanente.
En caso de agravamiento de la incapacidad permanente tras la presentación de la demanda, el trabajador puede iniciar un nuevo proceso de solicitud ante el INSS.
Este recurso es válido cuando se ha producido un empeoramiento significativo de la enfermedad o lesión previamente alegada, o si han surgido patologías nuevas que amplían el cuadro clínico original.
La solicitud ante el INSS, aun si ya existe un proceso judicial en curso, busca reflejar la nueva situación de salud en la evaluación del grado de incapacidad, especialmente en los casos de deterioro evidente o nuevas limitaciones.
Si el trabajador ya tiene una incapacidad reconocida y experimenta un agravamiento de sus síntomas que deriva en mayor dependencia para actividades básicas o mayores limitaciones físicas, puede solicitar una revisión de grado.
Este procedimiento requiere el aporte de informes médicos actualizados que justifiquen el deterioro de la condición inicial, con el objetivo de ajustar el grado de la incapacidad al nivel actual de afectación funcional.
El proceso judicial para recurrir una incapacidad permanente denegada sigue los mismos pasos, ya sea que se trate de una primera solicitud o de sucesivas peticiones. Cuando el INSS rechaza la solicitud, el interesado puede iniciar el recurso por vía judicial presentando una demanda en el Juzgado de lo Social.
Esto implica reunir y aportar pruebas médicas y documentos que respalden el derecho a la incapacidad, y solicitar que un juez revise la negativa del INSS. No existen límites en el número de demandas que pueden presentarse, siempre que se cuente con nuevos fundamentos o un agravamiento de la situación de salud.
Si se agota la vía judicial sin éxito, es posible recurrir la denegación de incapacidad mediante nuevas solicitudes administrativas o judiciales en el futuro. Esto es frecuente cuando se presenta un agravamiento o una nueva patología que justifique la incapacidad permanente en un grado mayor o cuando surge nueva evidencia médica.
Si antes de un juicio por incapacidad permanente se produce un agravamiento o aparecen nuevas patologías, el demandante tiene la opción de iniciar una solicitud administrativa adicional.
Esto puede hacerse aunque ya se haya solicitado una incapacidad y esté en proceso judicial, pues el sistema permite considerar circunstancias médicas significativas que aparezcan después de la fase administrativa, conforme al artículo 143.4 de la LRJS.
El marco legal establece que estos hechos nuevos —si no fueron detectados o conocidos previamente— pueden ser presentados en el juicio para asegurar que la valoración de la incapacidad refleje la situación real de salud.
Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede argumentar indefensión si estos agravamientos no se plantearon inicialmente, dado que el proceso de incapacidad se centra en revisar la adecuación de una decisión administrativa más que en una valoración total de salud al momento del juicio.
Para fortalecer su caso, el solicitante debe contar con un historial médico actualizado que justifique el agravamiento de su cuadro clínico o la aparición de nuevas patologías relevantes para su incapacidad laboral. Esto incluye aportar documentación del servicio de salud público y otros informes médicos de respaldo.
Para volver a solicitar la incapacidad permanente, es recomendable que el solicitante reúna pruebas médicas sólidas y actualizadas que respalden la solicitud. Esto es especialmente importante si existen nuevos agravamientos o patologías que no se incluyeron en la solicitud inicial.
Al preparar la nueva petición, el solicitante debe documentar cuidadosamente cómo las nuevas dolencias o el empeoramiento afectan su capacidad laboral.
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Además, es aconsejable recurrir a asesoría profesional para gestionar el proceso administrativo y legal de la mejor manera posible, como la de abogados especialistas en incapacidades.
Esto puede facilitar tanto la presentación de la documentación necesaria como la posible defensa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social y los tribunales, incrementando las probabilidades de éxito en esta nueva solicitud de incapacidad permanente.
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