La incapacidad permanente por enfermedad común es una condición que afecta a quienes, debido a una enfermedad no relacionada con el trabajo, han visto reducida o anulada su capacidad para realizar actividades laborales de manera habitual.
A diferencia de los accidentes laborales o enfermedades profesionales, esta incapacidad surge por dolencias generales que impiden al afectado continuar con su vida laboral de manera normal. Este tipo de incapacidad permanente puede otorgar derecho a diferentes prestaciones, dependiendo de la gravedad y el impacto de la enfermedad en la capacidad laboral del individuo.
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Requisitos para Solicitar la Incapacidad Permanente por Enfermedad Común
Para solicitar la incapacidad permanente por enfermedad común, es necesario cumplir una serie de requisitos, sin los cuales la pensión será denegada.
- Afiliación y situación en la Seguridad Social:
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- Estar afiliado y en alta o en situación asimilada (por ejemplo, percibir el paro).
- Período mínimo de cotización:
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- Menores de 31 años: Haber cotizado al menos un tercio del tiempo entre los 16 años y la fecha del hecho causante.
- Mayores de 31 años: Haber cotizado al menos un cuarto del tiempo transcurrido desde los 20 años, o desde los 16 en determinados casos, hasta el hecho causante, siendo el mínimo de 5 años cotizados.
- No haber alcanzado la edad de jubilación:
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- Ordinariamente, los 65 años.
- Padecer una enfermedad o lesión que incapacite para trabajar:
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- La enfermedad o lesión debe ser reconocida por un médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- La incapacidad debe ser definitiva y no susceptible de mejora con tratamiento médico o rehabilitación.
- Necesidad de ayuda para las actividades básicas de la vida diaria:
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- Referido únicamente a la Gran Invalidez, donde se requiere ayuda para actividades como vestirse, asearse, comer o ir al baño.
- La necesidad de ayuda debe ser acreditada mediante un informe médico y el dictamen del Tribunal Médico.
¿Se Puede Solicitar la Incapacidad si la Enfermedad es Congénita o de Nacimiento?
Sí, es posible solicitar la incapacidad permanente por enfermedad común incluso en casos de enfermedades congénitas o de nacimiento, siempre que los síntomas de la patología se agraven durante la vida laboral.
¿Qué significa enfermedad común en este contexto? Que la patología no tiene origen laboral ni fue causada por un accidente de trabajo, sino que su desarrollo y aparición son independientes de las actividades profesionales del trabajador, con la particularidad de ser congénita.
Aunque las enfermedades congénitas están presentes desde el nacimiento o la infancia, para acceder a una incapacidad, debe demostrarse que, siendo adulto y estando activo laboralmente, la enfermedad ha progresado de tal manera que impide al trabajador continuar desempeñando su actividad habitual. Es decir, la incapacidad sólo se reconoce si existe un empeoramiento que limite o impida el desempeño profesional.
Grados de Incapacidad Permanente Derivados de una Enfermedad Común
Dependiendo del nivel de afectación, esta incapacidad se clasifica en cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Estos grados también pueden derivarse de una enfermedad común, es decir, una enfermedad no relacionada con el trabajo.
- Incapacidad Permanente Parcial: Se produce cuando hay una reducción del rendimiento laboral de al menos un 33%, y la persona puede seguir trabajando, aunque con limitaciones. Por ejemplo, un cajero con artritis que no puede levantar objetos pesados, pero sigue atendiendo a los clientes.
- Incapacidad Permanente Total: Ocurre cuando el trabajador no puede realizar su profesión habitual, aunque puede desempeñar otras tareas. Así, un operario que, tras una enfermedad cardíaca, no puede llevar a cabo su trabajo, pero podría desempeñar un puesto administrativo.
- Incapacidad Permanente Absoluta: Se establece cuando la persona no puede realizar ninguna actividad laboral. Por ejemplo, alguien que ha sufrido un accidente cerebrovascular severo, quedando incapacitado para cualquier tipo de trabajo.
- Gran Invalidez: Se reconoce cuando el trabajador no sólo está incapacitado para trabajar, sino que necesita asistencia de terceros para realizar actividades básicas de la vida diaria. Un ejemplo sería una persona con esclerosis múltiple avanzada que requiere ayuda constante para vestirse y alimentarse.
Ejemplos de Enfermedades Comunes que Pueden Generar una Incapacidad Permanente
Vamos a hacer una distinción entre enfermedades comunes, como cardiopatías o cáncer, y enfermedades que en ocasiones son laborales o profesionales, pero también pueden considerarse comunes.
Enfermedades Comunes
- Cardiopatías: Enfermedades del corazón, como la insuficiencia cardíaca o la angina de pecho.
- Cáncer: Diferentes tipos de cáncer (pulmón, mama, colon) que pueden afectar la capacidad de trabajo.
- Enfermedades Psiquiátricas: Trastornos como la depresión severa, el trastorno bipolar y la esquizofrenia.
- Diabetes: Complicaciones graves de la diabetes que afectan la movilidad o la salud general.
- Enfermedades Respiratorias Crónicas: Enfermedades como la EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) y el asma severa.
- Enfermedades Neurológicas: Enfermedades como el Parkinson, esclerosis múltiple o neuropatías periféricas.
- Artritis y Artrosis: Enfermedades degenerativas de las articulaciones que limitan el movimiento y la capacidad de trabajo.
- Enfermedades Renales: Insuficiencia renal crónica que requiere diálisis o trasplante.
Enfermedades Laborales (también pueden considerarse comunes)
- Lesiones Musculoesqueléticas: Problemas de espalda, lesiones en el hombro o codo debido a movimientos repetitivos (Trabajadores de la construcción, enfermeras, operarios de fábricas).
- Enfermedades Derivadas de la Exposición a Sustancias Tóxicas: Por ejemplo, la silicosis (debido a la exposición al sílice) o la asbestosis (Mineros, trabajadores de la construcción, operarios de fábricas).
- Trastornos Auditivos: Pérdida de audición provocada por exposición prolongada a ruidos fuertes en el trabajo (Operadores de maquinaria pesada, trabajadores en fábricas, músicos).
- Estrés Laboral Crónico: Síndrome de burnout que afecta la salud mental y física (Profesionales de la salud, ejecutivos, docentes).
- Enfermedades Respiratorias por Exposición a Sustancias: Por ejemplo, asma ocupacional (Pintores, trabajadores de fábricas químicas, carpinteros).
¿Cómo Se Calcula la Pensión por Enfermedad Común?
La pensión por enfermedad común compensa la pérdida de ingresos a causa de una incapacidad prolongada para trabajar. Su cálculo depende del grado de incapacidad, el historial de cotizaciones y la base reguladora específica para cada caso, como ahora veremos.
Cálculo de la Pensión por Incapacidad Permanente Parcial
La incapacidad permanente parcial permite a los trabajadores continuar en su puesto, a pesar de las dificultades que enfrentan debido a una lesión o enfermedad. En este caso, reciben una compensación económica en lugar de extinguir su contrato.
Para calcular la pensión, se siguen estos pasos:
- Determinar la base reguladora diaria: Se calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior al evento que causó la incapacidad entre 30 días.
- Calcular la base mensual: Multiplica la base diaria por 30 para obtener la base reguladora mensual.
- Calcular la indemnización total: Multiplica la base mensual por 24 para determinar el total de la indemnización a recibir.
Cálculo de la Pensión por Incapacidad Permanente Total
La pensión por incapacidad permanente total se otorga cuando un trabajador no puede desempeñar su profesión habitual, recibiendo el 55% de la base reguladora.
Trabajadores mayores de 52 años y menores de 65:
- Cálculo de la Base Reguladora:
- Sumar las bases de cotización de los últimos 96 meses y dividir entre 112.
- Las bases de los primeros 72 meses se actualizan según el IPC; las restantes 24 se usan sin actualizar.
- Aplicar un porcentaje basado en los años cotizados, mínimo del 50%.
- Aplicar el porcentaje por incapacidad:
- Aplicar el 55% a la base calculada (se puede añadir un complemento del 20% si la incapacidad es cualificada).
Trabajadores menores de 52 años:
- Se requiere un periodo de cotización inferior a 8 años. El cálculo es similar, pero:
- Dividir la suma de las bases de cotización entre el número de meses correspondiente, multiplicado por 1.1666.
- No se actualizan con el IPC las bases de los 24 meses previos al hecho causante.
Trabajadores de 65 años o más:
- Si no pueden acceder a la jubilación contributiva, se dividen las bases de cotización de los 96 meses anteriores entre 112.
Trabajadores a tiempo parcial:
- Deben calcular su pensión por incapacidad permanente total siguiendo las mismas reglas que para la jubilación.
Cálculo de la Pensión por Incapacidad Permanente Absoluta
La incapacidad permanente absoluta implica que el trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo y recibe una pensión equivalente al 100% de la base reguladora.
Base Reguladora
- Por enfermedad común: Sumar las bases de cotización de los últimos 96 meses y dividir entre 112. Las bases de los primeros 72 meses se actualizan según el IPC, mientras que las 24 restantes se toman en su valor nominal. Se aplica un porcentaje mínimo del 50% según los años cotizados.
- Por accidente no laboral (alta o asimilada): Dividir entre 28 la suma de 24 meses de bases de cotización de los últimos 7 años. Si no hay 24 meses continuos, optar por el cálculo más beneficioso.
- Por accidente no laboral (no alta): Igual que en el caso de enfermedad común: sumar las bases de los últimos 96 meses, actualizar las de 72 meses, y tomar las de 24 como están.
- Por accidente de trabajo o enfermedad profesional: Multiplicar el salario real por 365 y sumar pagas extras. Calcular la suma de pluses y retribuciones complementarias, dividir por el número de días trabajados y multiplicar por 273.
Aplicación del Porcentaje por Incapacidad Absoluta
- Con requisitos de cotización: La pensión es el 100% de la base reguladora.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: Se puede añadir un complemento del 30 al 50% si hay un ‘recargo de prestaciones’, que paga el empresario.
- Mayores de 65 años: Si no tienen derecho a la jubilación, se aplica un porcentaje del 50% basado en el periodo mínimo de cotización requerido para la jubilación.
Cálculo de la Pensión por Gran Invalidez
La pensión por Gran Invalidez se suma a la prestación por incapacidad absoluta. Su cálculo se realiza de la siguiente forma:
- Calcular el total:
- Sumar el 45% de la base mínima de cotización vigente al momento de reconocer la incapacidad.
- Añadir el 30% de la última base de cotización del trabajador.
- Requisitos mínimos:
- El importe total no puede ser inferior al 45% de la pensión que el beneficiario recibe actualmente por incapacidad absoluta.
¿Cómo Afecta la Enfermedad Común a la Jubilación?
Los trabajadores que se encuentran en situación de incapacidad temporal (IT) por enfermedad común, es decir, cuando están de baja médica y no pueden cumplir con sus tareas laborales, continúan cotizando a la Seguridad Social. Esta cotización cubre las contingencias comunes, que son aquellas que protegen al trabajador en situaciones de enfermedad, maternidad, jubilación, entre otras.
Durante el período de incapacidad temporal, la empresa sigue asumiendo la responsabilidad de realizar aportes a la Seguridad Social del empleado, incluso cuando este no esté desempeñando su labor habitual. Esto significa que, aunque el trabajador esté temporalmente fuera de la actividad laboral, su pensión de jubilación sigue acumulándose. Es decir, los períodos de baja médica no interrumpen la continuidad de las cotizaciones para la jubilación, lo cual protege los derechos del trabajador en el largo plazo.
Conclusión: Incapacidad Permanente por Enfermedad Común
La jubilación por enfermedad común se ve influenciada por el proceso de reconocimiento de incapacidad permanente. Cuando una persona llega a la edad de jubilación y ha estado recibiendo una pensión por incapacidad permanente, esta se convierte automáticamente en una pensión de jubilación.
Aunque la designación cambia, el beneficiario seguirá recibiendo la misma cantidad y las retenciones fiscales (IRPF) se mantendrán sin alteraciones. Esto implica que aquellos que han recibido una baja por enfermedad común y han sido reconocidos con incapacidad pueden estar tranquilos, ya que no perderán su derecho a percibir su pensión al llegar a la jubilación.
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Además, si el beneficiario de una incapacidad permanente total decide continuar trabajando en el mismo régimen de la Seguridad Social tras recibir su pensión, puede optar por consolidar su situación al llegar a la jubilación.
Tendrá la opción de seguir recibiendo la pensión por incapacidad o de optar por la jubilación, sumando las nuevas cotizaciones realizadas. Esta decisión puede resultar ventajosa, ya que la pensión de jubilación se calculará teniendo en cuenta todas las cotizaciones del beneficiario, lo que puede aumentar significativamente la pensión. Para solventar cualquier duda, lo mejor es contar con el respaldo de nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente.