



El camino hacia una incapacidad permanente puede ser complicado, pero no tiene por qué serlo para ti.
En esta guía, te damos toda la información necesaria para que el proceso sea claro y sencillo.
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Tienen derecho a la pensión de gran invalidez aquellas personas que requieren la asistencia de una tercera persona para realizar las actividades o actos más elementales y esenciales de su vida diaria.
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El Tribunal Supremo ha venido definiendo el concepto de “acto esencial para la vida como aquél que se encamina a la satisfacción de una necesidad primaria e ineludible para poder fisiológicamente subsistir o para ejecutar aquellos actos indispensables en la guarda de la dignidad, higiene y demás que corresponde a la humana convivencia” (Sentencia de 15 de junio de 1985).
¿Qué es la gran invalidez?
La gran invalidez es una categoría de incapacidad que describe un nivel extremo de dependencia y limitación en las funciones diarias. Esta condición es reconocida legal y socialmente para asegurar que las personas que la padecen reciban el apoyo y las prestaciones adecuadas para su bienestar. Para entender mejor qué implica la gran invalidez, consideremos, a título enunciativo y no excluyente, aspectos como los siguientes:
- No poder vestirse o desvestirse solo.
- Imposibilidad para deambular de manera prolongada.
- No poder automedicarse.
- Dificultad o imposibilidad para asearse.
- Necesidad de otra persona para comer.
- Ayuda de una tercera persona para actividades primarias.
- Dificultad para mantener el equilibrio.
- Problemas para manipular objetos pequeños.
- Dependencia para la movilidad en la vivienda.
- Incapacidad para realizar tareas domésticas.
Requisitos de la gran invalidez
Para acceder a la gran invalidez, se deben cumplir ciertos requisitos de edad, situación de alta y períodos de cotización. Aquí están los principales:
- Edad y Situación de Alta: No haber alcanzado la edad de jubilación ni cumplir los requisitos para una pensión de jubilación contributiva, y estar en alta, asimilada a alta, o en no alta.
- Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional: Considerado en alta aunque el empleador no cumpla con sus obligaciones.
- Períodos de Cotización:
- En alta o asimilada: Menor de 31 años necesita 1/3 del tiempo desde los 16 años; 31 años o más necesita 1/4 del tiempo desde los 20 años, con un mínimo de 5 años.
- En no alta: Se requiere 15 años de cotización, con 3 años en los últimos 10.
- Tiempo Parcial: Aplican reglas especiales del Real Decreto-ley 11/2013.
Pensión por gran invalidez: ¿Cuánto se cobra con la Gran Invalidez?
La pensión por gran invalidez combina una pensión por incapacidad permanente con un complemento adicional para cubrir los gastos de atención del beneficiario. La cuantía total de la pensión se calcula en base a estos componentes:
- Pensión Básica: Corresponde al importe de la pensión por incapacidad permanente, ya sea total o absoluta.
- Complemento: Este complemento está compuesto por el 45% de la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante y el 30% de la última base de cotización del trabajador. En ningún caso, el complemento será menor al 45% de la pensión básica sin el complemento.
Casos en los que no se puede cobrar la jubilación
El cobro de la pensión de jubilación es incompatible con realizar actividades laborales que impliquen estar afiliado al sistema de la Seguridad Social, ya sea como trabajador por cuenta propia o ajena, salvo en las excepciones previstas por la ley. Asimismo, no es posible recibir la pensión si se ocupa un cargo en la administración pública o en puestos de alta dirección.
Sin embargo, hay ciertas situaciones en las que se permite complementar la pensión con ingresos adicionales. Entre ellas se encuentran:
- Trabajos por cuenta propia o ajena una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación, siempre que la pensión se haya calculado aplicando el 100% de la base reguladora. En estos casos, la pensión se reduce un 50% mientras se compatibilice con la actividad laboral.
- Jubilación parcial y jubilación flexible.
- Actividades por cuenta propia con ingresos anuales que no excedan el salario mínimo interprofesional.
- Colaboraciones en asociaciones profesionales por cuenta propia.
Cabe destacar que el pensionista tiene la obligación de notificar a la entidad gestora antes de iniciar cualquier actividad laboral que pueda afectar su pensión.
Baremo de gran invalidez
En los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión puede aumentar entre un 30% y un 50% en función de la gravedad de la falta de medidas de seguridad, y este aumento recae directamente sobre el empresario infractor. Este recargo también incluye el complemento para la persona que atiende al beneficiario. Sin embargo, el recargo no se aplica a los empleados del hogar.
Para los trabajadores de 65 años o más que acceden a la pensión por gran invalidez derivada de contingencias comunes, se aplica un porcentaje del 50% sobre la base reguladora de la pensión, excluyendo el complemento.
Ejemplos de gran invalidez
- Obrero de construcción con lesiones en la columna: Un trabajador que sufre una lesión severa en la columna vertebral y queda con parálisis puede necesitar asistencia constante, calificando así para la gran invalidez.
- Chef con esclerosis múltiple avanzada: Un cocinero con esclerosis múltiple avanzada que pierde movilidad y habilidades motoras puede necesitar ayuda para realizar tareas diarias, cumpliendo los requisitos para la pensión por gran invalidez.
- Operario con amputaciones múltiples: Un trabajador que ha perdido varias extremidades en un accidente laboral y requiere asistencia para moverse y realizar actividades básicas puede calificar para la gran invalidez.
- Electricista con enfermedades neuromusculares severas: Un electricista con una enfermedad neuromuscular grave que afecta su movilidad y habilidades manuales puede necesitar asistencia para las actividades diarias, haciéndolo elegible para la gran invalidez.
¿Qué enfermedades son de gran invalidez?
La gran invalidez no se limita a un grupo específico de enfermedades, sino que se basa en el grado de incapacidad que una condición causa en la vida del individuo. Entre las enfermedades que pueden calificar para esta pensión se encuentran:
- Enfermedades neuromusculares: Como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA) o la distrofia muscular, que afectan gravemente la movilidad y las funciones corporales.
- Enfermedades neurodegenerativas: Tales como el Alzheimer avanzado o el Parkinson en fases severas, donde la persona necesita asistencia constante para actividades diarias.
- Trastornos graves de la columna vertebral: Lesiones medulares que resultan en parálisis parcial o total.
- Síndromes de debilidad severa: Condiciones como el síndrome de Guillain-Barré que impiden al individuo llevar a cabo las actividades cotidianas sin ayuda.
¿Suelen quitar la gran invalidez?
La gran invalidez es una prestación destinada a personas con una incapacidad permanente que requiere asistencia para realizar actividades básicas de la vida diaria. Sin embargo, la pensión puede ser revisada y, en algunos casos, retirada en función de ciertos factores.
Uno de los motivos por los cuales se puede reconsiderar o retirar la pensión es una mejora significativa en la condición médica del beneficiario. Si el estado de salud del individuo mejora considerablemente y su capacidad para llevar a cabo actividades diarias sin asistencia aumenta, es posible que se reevalúe la necesidad de la prestación.
Otro factor es el error en el diagnóstico. Si se otorga la gran invalidez basándose en un diagnóstico incorrecto o incompleto, la pensión puede ser revisada y potencialmente retirada una vez que se corrija el diagnóstico.
Documentos para la gran invalidez
La Gran Invalidez es una prestación para quienes requieren asistencia de otra persona debido a una incapacidad permanente. A continuación, explicamos la documentación necesaria para su solicitud:
Documentación general
- Identificación:
- Españoles: DNI.
- Extranjeros: Pasaporte o documento de identidad y NIE.
- Representante legal (si aplica): Documentos que acrediten representación o tutela.
En caso de enfermedad común
- Justificantes de pago de cotizaciones de los últimos tres meses, si el solicitante es responsable de su ingreso.
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional
- Parte administrativo del accidente o enfermedad.
- Certificado de salarios reales del año anterior.
Otros documentos
- Historial clínico: Informe médico del Servicio Público de Salud.
- Registro Civil: Certificado de abortos o hijos fallecidos.
Para asistencia sanitaria
- Libro de familia o actas del Registro Civil.
- Certificado de convivencia (si es necesario).
- Documentos judiciales: Resolución de custodia o pensión alimenticia, si aplica.
Esta documentación debe presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. Las solicitudes se entregan con el formulario oficial, que tiene instrucciones fáciles de seguir.
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Si necesita ayuda, los funcionarios del CAISS le pueden asesorar. Puede pedir cita previa en la Sede electrónica de la Seguridad Social, aunque lo mejor es contar con nuestros abogados especialistas en incapacidades permanentes.