
El gran apagón eléctrico del 28 de abril de 2025 ha dejado huella. Millones de personas en España, Portugal, Francia y Andorra vivieron cortes de luz simultáneos que, durante varias horas, alteraron el funcionamiento de hogares, negocios y servicios esenciales.
A día de hoy, las autoridades apuntan a una “oscilación del flujo de potencia” como causa del colapso, pero los daños ya están hechos. Ahora, muchos se preguntan: ¿puedo reclamar? Y si es así, ¿por qué conceptos y de qué forma?
A la espera de nuevas explicaciones oficiales, conviene tener claro que sí, en determinados supuestos es posible reclamar. Pero no todo vale: hay que saber qué, a quién y cómo.
¿Qué se puede reclamar exactamente?
Si sufriste daños concretos como consecuencia directa del apagón, puedes tener derecho a una indemnización. Los casos más frecuentes son:
- Electrodomésticos o aparatos electrónicos estropeados por subidas/bajadas de tensión.
- Pérdidas de género en negocios (por ejemplo, productos refrigerados).
- Pérdida de ingresos por cese de actividad comercial.
- Fallos en sistemas de seguridad, videovigilancia, alarmas, etc.
- Cancelaciones de reservas, viajes o eventos por la falta de suministro.
- Problemas con servicios de telecomunicaciones (internet, teléfono fijo/móvil) que hayan tenido un impacto claro y demostrable.
La clave está en poder justificar el daño y relacionarlo directamente con el apagón. No es necesario que el daño sea cuantioso, pero sí que esté documentado.
Cómo presentar tu reclamación (y que tenga éxito)
Antes de reclamar, detente un momento. No basta con decir “me quedé sin luz y esto me perjudicó“. Hay que preparar bien el terreno:
- Paso 1: Documenta el daño. Si tu congelador se estropeó y perdiste 200 euros en alimentos, haz fotos, guarda tickets, pide presupuestos de reparación, etc. Si eres autónomo o empresario, deja constancia de las pérdidas: ventas caídas, cancelaciones, etc. Cuanto más ordenada y concreta sea la prueba, mejor.
- Paso 2: Reclama por escrito al proveedor del servicio afectado. Por ejemplo, si fue la luz, a tu compañía eléctrica. Si fue la caída de internet, a tu operadora. Siempre por canales oficiales (correo certificado, formulario web, email con acuse de recibo). Y guarda copia de todo.
- Paso 3: Espera una respuesta. Tienen 30 días para contestar. Si no lo hacen, o si rechazan tu reclamación sin justificar bien por qué, puedes elevar la queja ante organismos como:
- Las oficinas municipales de información al consumidor (OMIC).
- El servicio de arbitraje de consumo (si está adherida la empresa).
- O incluso, iniciar un procedimiento judicial.
En caso de que tengas seguro del hogar o de comercio, consulta si tu póliza cubre estos daños. Algunas incluyen coberturas por daños eléctricos o interrupción de actividad.
Tipos de reclamaciones más habituales, según el servicio
No todos los afectados lo han sido de la misma manera. Veamos algunos ejemplos prácticos:
Luz y electricidad
- Un frigorífico deja de funcionar.
- Una caldera se avería.
- Una tienda pierde alimentos perecederos.
Responsable: la compañía distribuidora eléctrica. En muchos casos, hay que distinguir entre comercializadora y distribuidora.
Internet y telecomunicaciones
- Caída total del servicio sin explicación.
- Dificultades para trabajar en remoto.
- Pérdida de datos o llamadas importantes.
Responsable: la compañía de telecomunicaciones. Algunas tienen compromisos de calidad de servicio que pueden exigir compensación automática.
Negocios, hostelería y turismo
- Cancelación de reservas.
- Cierre del local por falta de luz.
- Daños en productos, maquinaria o sistemas informáticos.
Responsables: compañías de suministro, seguros de comercio, e incluso proveedores de servicios afectados (distribuidores, plataformas de reservas, etc.).
Otros casos
- Ascensores atascados.
- Fallos en la atención domiciliaria.
- Trámites administrativos que no pudieron realizarse a tiempo.
Cada caso tiene su propia casuística, y por eso es importante pedir asesoramiento legal si los daños son importantes o la negativa de la empresa es injustificada.
Conclusión provisional (a la espera de más información)
Todavía hay muchas preguntas sin responder: ¿cuál fue exactamente el origen del apagón? ¿Podría haberse evitado? ¿Existe una responsabilidad compartida entre diferentes agentes? Mientras las autoridades investigan, los ciudadanos y empresas pueden (y deben) ejercer sus derechos, siempre que exista un perjuicio real y demostrable.
En Toro Abogados ya hemos recibido consultas de clientes afectados, especialmente negocios que han sufrido daños materiales o interrupciones relevantes. Si estás en esa situación, lo primero es reunir pruebas, conservar facturas, recopilar correos y comunicados. Lo segundo: dejarse asesorar.
Estaremos pendientes de las novedades y actualizaremos este artículo conforme se vayan conociendo detalles relevantes sobre responsabilidades, posibles indemnizaciones o resoluciones oficiales. Si quieres que te avisemos, puedes dejarnos tu contacto y te enviaremos la información clave directamente.
Porque reclamar no es solo una opción: es tu derecho.

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