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En ocasiones, las empresas atraviesan situaciones financieras complejas que les obligan a tomar decisiones drásticas, como la reducción de plantilla.

 

Uno de los mecanismos legales previstos para ello es el despido objetivo por causas económicas.

 

Este tipo de extinción contractual está regulado y permite a las empresas prescindir de trabajadores cuando concurren determinadas circunstancias justificadas.

 

A continuación, explicamos con claridad en qué consiste, qué requisitos debe cumplir y cómo puedes defender tus derechos si te ves afectado.

 

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¿Qué es el despido objetivo por causas económicas?

El despido objetivo por causas económicas es una forma de extinción del contrato de trabajo que se produce cuando la empresa acredita una situación económica negativa que justifique la medida.

 

Esta modalidad está contemplada en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, que establece como causa válida la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas.

 

Se diferencia del despido disciplinario en que no se basa en la conducta del trabajador, sino en circunstancias externas relacionadas con la viabilidad económica de la empresa.

 

Tampoco debe confundirse con el despido colectivo o ERE, que afecta a un número mayor de trabajadores y requiere un procedimiento distinto.

 

En resumen, se trata de una herramienta legal que permite a las empresas ajustar su estructura de personal en contextos de crisis, siempre que se cumplan ciertos requisitos formales y materiales que analizaremos a continuación.

Ámbito de aplicación según el Estatuto de los Trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores establece que este tipo de despido puede aplicarse en cualquier empresa, con independencia de su tamaño o sector, siempre que se justifique debidamente la causa económica.

 

Este mecanismo también es aplicable tanto a contratos indefinidos como temporales, siempre y cuando se respete el procedimiento legal exigido y se abone la indemnización correspondiente.

 

En el caso de trabajadores con reducción de jornada por guarda legal o en situación de vulnerabilidad, la empresa debe extremar la justificación para evitar que el despido sea considerado nulo.

Requisitos formales del despido por causas económicas

El despido objetivo por causas económicas exige el cumplimiento de una serie de requisitos formales que garanticen su legalidad.

 

Si la empresa no sigue adecuadamente estos pasos, el despido puede ser declarado improcedente o incluso nulo.

 

Estos son los requisitos clave:

  • Justificación objetiva: La empresa debe acreditar una disminución persistente en ingresos o ventas durante al menos tres trimestres consecutivos.
  • Documentación exigible: Se deben aportar datos contables, balances, cuentas de resultados y cualquier informe económico que evidencie la situación financiera.
  • Comunicación formal: El despido debe notificarse por escrito al trabajador, indicando claramente las causas. Si existe comité de empresa, también debe ser informado.

Causas justificativas reconocidas

Para que el despido sea válido, la empresa debe demostrar una causa económica real, suficiente y relacionada con la viabilidad del negocio. Estas causas están contempladas en el Estatuto de los Trabajadores y deben estar debidamente documentadas.

A continuación, se resumen las más habituales:

 

Causa  Descripción 
Pérdidas económicas  Disminución continuada de beneficios o generación de pérdidas sostenidas. 
Reducida productividad  Descenso persistente de la actividad o del rendimiento económico general. 
Imposibilidad de cobertura salarial  Insuficiencia de recursos para mantener los costes salariales. 

 

Procedimiento legal paso a paso

El despido objetivo por causas económicas está sujeto a una serie de pasos formales que deben cumplirse rigurosamente.

 

Cualquier defecto en el procedimiento puede dar lugar a que el despido sea declarado improcedente, por lo que es fundamental conocer cada fase del proceso.

 

  • Informe al comité de empresa (si existe). Si la empresa cuenta con representación legal de los trabajadores, debe entregar previamente un informe explicando las causas del despido. El comité tiene 15 días para emitir un informe, que no es vinculante, pero sí obligatorio en cuanto al trámite.
  • Notificación al trabajador. La empresa debe entregar una carta de despido en la que exponga con claridad las causas económicas que motivan la decisión. Debe indicarse: la fecha de extinción del contrato; el cálculo exacto de la indemnización (20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades).
  • Preaviso o compensación. Es obligatorio comunicar el despido con un preaviso mínimo de 15 días. Si no se respeta este plazo, la empresa deberá abonar al trabajador una compensación equivalente a esos días no preavisados.

Indemnización en el despido objetivo por causas económicas

Una de las características del despido objetivo es que, aunque tiene indemnización, esta es inferior a la del despido improcedente.

 

Aun así, su pago es obligatorio desde el primer momento, salvo que la empresa alegue y acredite que no puede hacerlo por falta de liquidez.

Cálculo de la indemnización

Se establece en 20 días de salario por cada año trabajado, con un límite máximo de 12 mensualidades. Si el periodo trabajado es inferior al año, se calcula la parte proporcional.

Forma y momento del pago

La indemnización debe entregarse simultáneamente a la comunicación del despido, salvo que se justifique documentalmente la imposibilidad de hacerlo por motivos económicos. En caso contrario, se entenderá como un defecto formal.

 

Una incorrecta valoración de la indemnización o su no abono puede ser motivo suficiente para impugnar el despido.

Impugnación del despido por causas económicas

Aunque el despido objetivo por causas económicas está previsto en la ley, su aplicación debe ajustarse a requisitos formales y materiales muy precisos. Si la empresa no los cumple, el trabajador puede impugnarlo.

Motivos de improcedencia

Si no se acredita debidamente la causa económica alegada o la carta de despido no contiene una exposición clara, específica y concreta de los hechos, el despido podrá ser declarado improcedente. Esto implica una indemnización de 33 días por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades.

Supuestos de nulidad

El despido puede ser considerado nulo si vulnera derechos fundamentales, como en los casos de discriminación, represalias o despidos de personas con protección especial (por embarazo, reducción de jornada, etc.).

Reclamación paso a paso

El trabajador dispone de 20 días hábiles desde la notificación del despido para:

  • Presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
  • Si no hay acuerdo, interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.

Ejemplos de despido objetivo por causas económicas

Para comprender mejor la aplicación práctica del despido económico, exponemos varios casos típicos:

  • Reducción de plantilla por caída de ventas: Una empresa que ha registrado pérdidas durante tres trimestres consecutivos y acredita descenso de facturación puede proceder a despedir a varios trabajadores.
  • Despido por cierre de empresa: Si cesa completamente la actividad por inviabilidad económica, es causa justificada de despido objetivo.
  • Supuestos atípicos: La falta de carga de trabajo puede justificar un despido objetivo siempre que se demuestre que afecta a la sostenibilidad del puesto. No debe confundirse con despidos disciplinarios, donde lo relevante es la conducta del trabajador.

Análisis reflexivo

El despido objetivo por causas económicas es una herramienta legal válida que permite a las empresas adaptarse a condiciones financieras adversas, pero está rigurosamente regulado para proteger los derechos de los trabajadores.

 

Aunque este despido no depende de la conducta del empleado, es fundamental que la empresa siga el procedimiento legal adecuado, garantizando una justificación objetiva de las causas económicas y cumpliendo con los requisitos de notificación y preaviso.

 

En este contexto, los trabajadores tienen a su disposición mecanismos legales de defensa, como la impugnación judicial y la reclamación de indemnización, para asegurarse de que sus derechos sean respetados.

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