Delito de frustración de la ejecución
Este delito se produce cuando alguien intenta evadir el cumplimiento de una obligación legal mediante acciones fraudulentas o engañosas, impidiendo o dificultando la ejecución de una sentencia o un acto judicial.
Por ejemplo, si una persona debe una cantidad de dinero a otra y esta última inicia un proceso judicial para recuperar la deuda, el deudor podría incurrir en el delito de frustración de la ejecución si trata de ocultar o transferir sus bienes para evitar el pago de la deuda.
Un abogado puede ayudar a la parte afectada a tomar medidas legales para hacer cumplir la sentencia o el acto judicial, mediante una denuncia penal.
¿Qué se considera delito de frustración de la ejecución?
Regulado en el artículo 257 y siguientes del Código Penal, son conductas tendentes a dificultar o impedir una ejecución, en perjuicio del patrimonio de un tercero. Es decir, existe un derecho de crédito sobre los bienes o el dinero de un sujeto, el cual utiliza argucias sobre su propio patrimonio para que no se efectúe la ejecución.
Hay varias modalidades, que en este artículo vamos a explicar.
¿Qué se considera alzamiento de bienes?
Se regula en el artículo 257 del Código Penal, y la efectúa quien disminuya, o elimine, su propio patrimonio, en perjuicio de quien tiene sobre éste una orden de ejecución o un derecho de crédito. Se protege por tanto el patrimonio del acreedor, siendo sujetos activo y pasivo el deudor y el acreedor, respectivamente.
Por ejemplo, poner a nombre de un hermano la cuenta bancaria para que no te la embargue un acreedor.
¿Qué pena tiene el alzamiento?
El tipo básico, tiene la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Existen dos tipos agravados: si es para evitar pagar a Hacienda o la Seguridad Social, la pena será prisión de uno a seis años y multa de doce a veinticuatro meses; y si supera los 50.000 euros, perjudica a muchas personas, o hay abuso de confianza, se impondrá la pena en su mitad superior.
¿Qué es el delito de ocultación?
Tipificado en el artículo 258 del Código Penal, la ocultación de bienes en un procedimiento judicial o administrativo de ejecución supone mentir en cuanto a los bienes propios u ocultarlos, en un procedimiento judicial, impidiendo así que el acreedor pueda cobrar, simulando una situación de insolvencia.
¿Qué pena tiene el delito de ocultación?
La pena prevista por el legislador es de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses. El delito no será perseguible si antes de que le descubran, presenta una relación de bienes real y correcta.
¿Qué es el delito de uso no autorizado de bienes embargados depositados?
Se trata de un tipo penal menos conocido que los anteriores, pero igualmente reprochable penalmente. Se trata de usar o realizar un acto de disposición patrimonial , sin permiso, bienes embargados que estén en depósito. No requiere un perjuicio patrimonial, sino que es un delito de actividad, penándose el uso. Está regulado en el artículo 258 bis del Código Penal.
¿Qué pena tiene el delito de uso no autorizado de bienes embargados depositados?
La pena es de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave.
¿Cuándo prescriben estos delitos de frustración de la ejecución?
La prescripción se encuentra en el artículo 131 del Código Penal. Los delitos castigados con penas inferiores a cinco años de prisión, prescribirán a los cinco años. En cambio, el delito agravado de alzamiento de bienes, con hasta seis años de cárcel, prescribirá a los diez años.
¿Cómo podemos ayudarte como abogados penalistas expertos en delito de frustración de la ejecución?
El delito de frustración de la ejecución, en sus diversas modalidades, es un delito contra el patrimonio que, a quien lo sufre, le genera una gran inquietud porque ve frustradas sus posibilidades de cobrar una deuda lícita.
Ya sea un alzamiento de bienes, una ocultación de bienes en un procedimiento judicial o administrativo de ejecución, o un uso no autorizado de bienes embargados depositados.
En Toro Abogados somos expertos en el ámbito penal, con especialistas en delitos de frustración de la ejecución. La primera consulta es gratuita, y podemos asesorarte.