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Abogados incapacitaciones
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Abogados incapacitaciones
Abogados expertos en incapacitación judicial
Para conocer con mayor detalle cualquier cuestión relacionada con las incapacitaciones, consulte sin compromiso a nuestros abogados expertos en la materia.
Incapacidades civiles
Merma en las aptitudes psíquicas o incluso físicas de las que una persona puede encontrarse aquejada
Abogados incapacitación judicial
Las incapacitaciones judiciales en España
Cuando pensamos en una incapacitación civil, solemos imaginarnos a una persona mayor que ya no se vale por sí misma, y depende de terceros para alguna o todas las esferas de su vida. Sin embargo, la incapacidad civil es un concepto que engloba muchos más supuestos, como personas con problemas mentales, con adicciones, o incluso con secuelas tras un accidente o enfermedad . Nuestros abogados expertos en incapacitaciones de Despacho Toro te cuentan las dudas más frecuentes que pueden surgir a quien tenga a alguien cercano con posibilidades de ser incapacitado.
¿Cómo solicitar la incapacitación judicial?
El procedimiento puede iniciarlo el Ministerio Fiscal, o a instancia de parte. En cualquier caso, en el proceso se escuchan a las partes y al propio presunto incapaz, a quien el propio juez entrevistará. Se escucharán posibles peritos e informes, y finalmente se dictará sentencia.
¿Quién puede instar la incapacidad?
Además del Ministerio Fiscal, ya mencionado, para instar la incapacidad, tienen legitimación las siguientes personas:
- El presunto incapaz.
- El cónyuge o persona en situación asimilable.
- Los ascendientes, descendientes o hermanos.
- Si una autoridad o funcionario público conoce la existencia de una causa de posible incapacitación, lo deberá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal.
¿Dónde se regula la incapacitación judicial?
La incapacitación judicial (no hay que confundirla con la incapacidad permanente), se regula en el Código Civil. Pero la Ley 8/2021, de 2 de junio, de apoyo a las personas con discapacidad, también modifica otras normativas como la Ley del Notariado, la Ley Hipotecaria, y la Ley de Jurisdicción Voluntaria, entre otras.
¿Qué hay que hacer para incapacitar a una persona mayor?
Debe presentarse una demanda, por medio de abogado y procurador, que tenga los siguientes datos y documentos:
- Identificación del presunto incapaz (es el demandado).
- Certificado de empadronamiento y de nacimiento del demandado.
- Informes médicos, psicológicos, o sociales, que puedan acreditar la incapacidad del demandado.
- Certificado de discapacidad.
- Relación de bienes e ingresos del demandado.
- Datos de la persona que vaya a ejercer la tutela.
- Mediante la novedosa autotutela, el futuro incapaz puede iniciar él mismo el procedimiento.
Incapacitar a una persona mayor
No siempre se trata de incapacitar a alguien que no es totalmente consciente del mundo que le rodea. En ocasiones, la cuestión es incapacitar a una persona mayor que se niega a ello. En esos casos, los procedimientos judiciales pueden llegar a ser muy duros, y es primordial la participación del Ministerio Fiscal que velará por el interés de esa persona . Así, cuando la persona anciana no puede administrar sus bienes, o gobernarse por sí misma, es un proceso habitual el de la incapacitación judicial.
Por todos estos motivos, en procedimientos de incapacitación es muy relevante contar con la ayuda de abogados expertos. El equipo de Bufete Toro tiene una contrastada experiencia en este campo, y en la primera visita gratuita se podrá informar de las posibilidades de su asunto, sin compromiso.
1
VISITA GRATUITA
Recepción de la documentación y exposición del caso.
2
VIABILIDAD Y PRESUPUESTO
Análisis de su caso y emisión de presupuesto.
4
PROCEDIMIENTO JUDICIAL
Interposición de demanda y seguimiento del proceso.
3
PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL
Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.
Primera visita totalmente gratis.
Sin ningún tipo de compromiso, te aconsejaremos sobre tus mejores opciones.
Transparencia en los honorarios
Desde el principio se fijan y quedan firmados, por lo que no te vas a llevar sorpresas ni sustos.
Gran porcentaje de éxito
Nuestros números y estadísticas indican que el porcentaje de éxito es muy elevado.
Todas las visitas incluidas
Desde la primera visita, hasta que termine el procedimiento, todas las visitas están incluidas.
Alta especialización
Solamente serás atendido por abogados altamente especializados en la materia que se trate.
Apariciones en medios
Áreas de asesoramiento de bufete Toro abogados matrimonialistas
Nuestro despacho de abogados expertos en familia Barcelona y Madrid, asiste a sus clientes en Juzgados y Tribunales y presta asesoramiento en las siguientes materias del Derecho de Familia:
Conoce casos auténticos y lee sentencias reales.
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¿Tienes alguna duda sobre la incapacidad?
La incapacitación no es un concepto absoluto, sino que es graduable, y en la Sentencia se puede fijar una privación plena de la capacidad de obrar, o bien una privación parcial. Si no se señalan excepciones, el incapacitado no podrá llevar a cabo por sí mismo actos jurídicos válidos.
Por tanto, para contestar a la pregunta, hay que saber las circunstancias de cada caso, ya que no hay dos personas ni dos incapacitaciones iguales, y cada una puede tener sus particularidades.
Para este tipo de casos, lo mejor es contactar con un abogado especialista en incapacitaciones, como nuestros expertos de Despacho Toro, donde la primera visita es gratuita.
Puede variar de un lugar a otro, ya que no es lo mismo un juzgado de Barcelona que un partido judicial pequeño. Suele rondar unos pocos meses, entre cuatro y seis si todo va bien y el incapaz no se opone.
Sin embargo, si el procedimiento se torna contencioso, estos plazos se pueden alargar, como en cualquier otro procedimiento judicial.
Esto lo determinarán los informes médicos de especialistas: serán los doctores, con sus informes e historiales clínicos, quienes valoren el grado de conocimiento de una persona, y si puede valerse por sí misma.
Aunque tiene potestad para ciertos actos, no puede vender propiedades o derechos cubiertos por la propiedad intelectual del incapacitado; tampoco vender o ceder derechos reales; renunciar a créditos; dar préstamos; y en relación con las nuevas tecnologías, no puede cancelar cuentas en portales digitales.