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Abogados especialistas en delito de sustracción de menores

Delito de sustracción de menores

Los delitos de sustracción de menores últimamente han tenido una especial resonancia mediática. Se trata de la conducta en la que uno de los padres, sin causa justificada, decide llevarse al hijo menor de edad del domicilio familiar sin el conocimiento ni el consentimiento del otro progenitor.

Ante estos casos, como abogados especialistas en derecho penal familiar, sabemos de la angustia a la que se enfrentan los padres y menores de edad víctimas de esta situación, y la importancia de estar asesorado legalmente para la resolución de este tipo de conflictos familiares.

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¿Qué se considera un delito de sustracción de menores?

El Código Penal contempla el delito de sustracción de menores en su artículo 225 bis, define este delito dentro de los siguientes supuestos:

  • Cuando se traslada a un menor del domicilio familiar o donde conviven habitualmente, sin el consentimiento de su otro progenitor o de las personas o instituciones que tiene la guarda o custodia del menor en cuestión.
  • En caso de retención de un menor que signifique incumplimiento de resoluciones judiciales o por vía administrativa.

Es importante tener en cuenta que, en este particular, se considera menor de edad al menor de 16 años.

¿Qué penas supone un delito de sustracción de menores?

Los delitos de sustracción de menores tienen previstas penas de prisión para quien lo comete. En este sentido, se puede enfrentar a penas de dos a cuatro años.

Además, estas penas de prisión pueden también implicar inhabilitación especial par el ejercicio del derecho de a ejercer la patria potestad de cuatro a diez años.

También se contemplan agravantes de estos delitos, como por ejemplo, si el menor de edad se traslada fuera del territorio español, se impondrá la mitad superior de la pena.

Pero si la persona que sustrae al menor comunica al otro progenitor el lugar donde se encuentra el menor dentro de las 24 horas siguientes a la presunta sustracción, quedará exento de pena.

En caso que esta comunicación se realiza dentro de los quince días siguientes a la sustracción la pena podrá ser de entre seis meses a dos años de prisión.

Se considerarán dentro de este delito las sustracciones llevadas a cabo por:

  • Los ascendientes del menor
  • Parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad.

     

¿Prescriben los delitos de sustracción de menores?

Dentro del artículo 33.3 del Código Penal contempla que las penas que se pueden clasificar como menos graves, prescriben a los cinco años.

¿Cómo podemos ayudarte como abogados penalistas expertos en delitos de sustracción de menores?

Como hemos comentado en un inicio, el delito de sustracción de menores supone una situación de máxima preocupación y estrés para el padre víctima de este delito y sobre todo, del menor en cuestión.

De hecho, los delitos de sustracción de menores suelen relacionarse con delitos de violencia de géneros, porque pueden considerarse una manera de hacer daño a la madre a través de los hijos menores de edad.

Entendiendo como abogados penalistas especializados en familia que el mayor bien jurídico a proteger es el menor de edad sabemos que hay que hacer todo lo legalmente posible para llegar a una resolución de esta situación con las menores consecuencias para el menor sustraído.

Ponemos a disposición de las víctimas de una primera visita gratuita con un abogado experto y podemos brindar nuestros servicios como asesoría legal o como representación judicial.

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