El despido es una medida legal que puede adoptar la empresa para poner fin a la relación laboral.

Sin embargo, no todos los despidos tienen las mismas consecuencias: su calificación como procedente o improcedente determinará si hay indemnización, si se tiene derecho al paro o si cabe su impugnación.

En esta guía analizamos las diferencias fundamentales entre ambas figuras. 

¿Qué es un despido procedente?

Un despido procedente es aquel que se ajusta a la legalidad y que está motivado por causas objetivas o disciplinarias justificadas, según lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Para que sea válido, debe seguir un procedimiento formal y contar con una justificación clara y documentada.

Este tipo de despido requiere notificación escrita, con exposición de hechos, y, en el caso de despido objetivo, preaviso de 15 días y entrega simultánea de la indemnización correspondiente. En el disciplinario, no hay indemnización salvo pacto.

Causas más habituales

Algunas de las causas que pueden justificar un despido procedente son:

  • Ineptitud sobrevenida del trabajador.
  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia.
  • Ofensas físicas o verbales a compañeros o superiores.
  • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento.
  • Transgresión de la buena fe contractual.
  • Necesidades organizativas o económicas de la empresa.

Consecuencias de la procedencia

Cuando un despido se califica como procedente, las consecuencias para el trabajador están claramente determinadas por la ley.

No hay indemnización (salvo pacto)

  • En el despido disciplinario procedente, el trabajador no tiene derecho a indemnización.
  • En el despido objetivo procedente, sí corresponde: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Derecho al finiquito

El trabajador siempre tiene derecho al finiquito, que incluye:

  • Días trabajados y no cobrados.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias (si no están prorrateadas).
  • Otros conceptos pendientes.

Derecho a paro (sí), tras acreditar cotización

Aunque el despido sea procedente, el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo si ha cotizado lo suficiente (mínimo 360 días en los últimos 6 años).

¿Qué es un despido improcedente?

Hablamos de despido improcedente cuando la empresa no acredita una causa legal válida para despedir, o bien cuando incumple los requisitos formales del procedimiento, como la entrega de la carta de despido o el respeto de plazos y garantías mínimas. También puede declararse improcedente si no hay pruebas suficientes para justificar la medida adoptada.

La improcedencia no invalida el despido, pero sí altera sus consecuencias: el trabajador podrá optar entre ser readmitido o recibir una indemnización mayor que la prevista para un despido procedente.

Tipos de improcedencia

La improcedencia puede producirse tanto en despidos objetivos como disciplinarios, cuando no se acredita correctamente la causa o se incurre en defectos formales.

Objetivo improcedente (error en causa)

Se produce cuando la empresa alega causas económicas, organizativas o productivas sin justificar su existencia o sin seguir el procedimiento legal previsto.

Disciplinario improcedente (falta de prueba)

Tiene lugar cuando se acusa al trabajador de una falta grave, pero no existen pruebas suficientes para sostener dicha acusación o se ha vulnerado su derecho a la defensa.

Consecuencias de la improcedencia

Indemnización legal: 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

Posible readmisión en el puesto de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia (salarios de tramitación).

Derecho a paro y prestaciones

Tanto en despidos procedentes como improcedentes, el trabajador puede tener derecho a prestación por desempleo si ha cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.

No obstante, hay matices importantes. En el caso de readmisión tras un despido improcedente, el paro se interrumpe y se anula el cobro recibido durante ese tiempo.

Tipo de despido  ¿Derecho a paro?  Particularidades 

Procedente 

  Siempre que se cumplan los requisitos de cotización 
Improcedente   

Se interrumpe si hay readmisión tras sentencia favorable 

 

Cómo impugnar cada tipo de despido

Despido procedente: Aunque se considere legal, puede impugnarse si el trabajador entiende que las causas no están justificadas o si se han vulnerado derechos fundamentales. El objetivo sería que se declare improcedente o nulo.

Despido improcedente: El trabajador puede presentar demanda para reclamar la indemnización correspondiente o la readmisión, según proceda.

En ambos casos, el plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la fecha de notificación del despido.

Comparativa rápida

A continuación, una tabla que resume las principales diferencias entre el despido procedente y el improcedente:

Aspecto 

Procedente 

Improcedente 

Causa válida 

 

No 

Indemnización 

No (salvo pacto o convenio) 

Sí (33 días por año, máximo 24 mensualidades) 

Derecho a paro 

 

 

Salarios de tramitación 

No 

Sí, si hay readmisión 

Posibilidad de readmisión 

No 

Sí, según elección de la empresa o el trabajador 

 

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi despido es procedente o improcedente? 

Es necesario revisar la carta de despido, las causas alegadas y las pruebas que lo justifican. Un abogado puede ayudarte a valorarlo. 

¿Puedo reclamar si me han despedido procedentemente? 

Sí, si consideras que no hay causa real o que se han vulnerado tus derechos, puedes impugnarlo judicialmente. 

¿Cuánto tardan en pagar la indemnización por improcedencia? 

Generalmente, tras sentencia o acuerdo. El pago debe realizarse en el momento del cese o conforme a lo establecido judicialmente. 

¿Necesito abogado para impugnarlo? 

Sí. Es obligatorio acudir con abogado y procurador para presentar una demanda por despido ante los tribunales. 

¿Necesitas asesoramiento? 

Nuestros abogados especialistas en despidos te ayudarán a analizar tu situación, valorar la legalidad del despido y reclamar todo lo que te corresponde. Primera consulta gratuita. 

Conclusión 

Conocer las diferencias entre un despido procedente e improcedente es clave para defender tus derechos. Si tienes dudas sobre la legalidad de tu despido o la indemnización ofrecida, consulta con un abogado laboralista cuanto antes. Actuar dentro del plazo puede marcar la diferencia entre perder derechos o reclamarlos con éxito.