Un esguince cervical, es una patología muy común en los accidentes de tráfico, consistente en un dolor intenso en cuello y cervicales, producido por un movimiento brusco de la cabeza hacia atrás y hacia delante, similar a la trayectoria de un látigo.
De hecho, en la mayoría de los siniestros por alcance somos susceptibles de padecerlas y, en muchos casos, es probable que en el momento de la colisión no notemos ningún síntoma, sin embargo, al cabo de algunas horas o incluso días posteriores al accidente, aparezcan.
Sus síntomas más comunes van desde la rigidez en el cuello, dolor en el cuello, hombros y brazos, mareos, vértigo hasta zumbidos en los oídos y hormigueo en brazos y manos.
El inconveniente de los esguinces cervicales es que no quedan reflejados en ninguna prueba médica. Si nos fracturamos un hueso, con una radiografía podemos reconocer que existe un hueso roto de forma objetiva. Si tenemos un esguince de ligamento en la rodilla, con una resonancia magnética podemos comprobarlo.
En el caso de los esguinces cervicales, no hay más pruebas médicas que el propio reconocimiento médico. Es por eso, que resulta totalmente imprescindible que contemos con unos informes médicos lo más detallados posible, puesto que esos informes y las recetas de los medicamentos que puedan prescribirnos consistirán la única prueba posible para reclamar nuestra indemnización.
Existe, sin embargo, la posibilidad de realizar una Resonancia Magnética, como única prueba que a nivel probatorio tiene una idoneidad importante. La gente piensa que una Resonancia Magnética es una prueba que por ser demasiado cara los médicos no la solicitan, la realidad es que una Resonancia Magnética puede realizarse por 200 euros, y con dicha inversión, podemos saber cuándo un esguince cervical es agudo o crónico, y así, vincular la lesión al accidente, haciendo muy complicado a las aseguradoras el discutirnos la producción del daño.
Por tanto, recomendamos que se realice una Resonancia Magnética si ha sufrido un esguince cervical, con un máximo de 3 meses desde el accidente, siendo el margen por el cual podemos objetivar la lesión como aguda, y por tanto vincularla al accidente. Si pasan más de 3 meses la Resonancia Magnética no puede distinguir el momento de producción de la lesión.
La anatomía de la columna cervical es una zona extremadamente compleja de nuestro cuerpo, llena de terminaciones nerviosas, estructuras óseas y musculares, con una funcionalidad muy importante. Dada su amplitud de movimiento, es extremadamente sensible y, a su vez, vulnerable.
En un accidente de tráfico, la causa más común de esguince cervical es estar parados con nuestro coche en un semáforo, en posición relajada, y recibir un impacto trasero. En esos casos, debido a la relajación muscular, el golpe produce un movimiento repentino en una zona tan flexible, que puede producir tres tipos de lesiones:
El problema del esguince cervical es la dificultad para probar.
Todos los daños resarcibles relativos a un esguince cervical vienen regulados por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema de baremo de accidentes, los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
En dicha norma existe un baremo de lesiones, con tablas que indican, mediante un estudio pormenorizado, las cantidades a las que se tiene derecho, y entre ellas, existen las partidas que podemos reclamar en una indemnización por esguince cervical.
En concreto, las partidas que se pueden reclamar en la norma reguladora son tres. La primera de ellas la secuela física, que se encuentra en el apartado B, capítulo 3, tabla 2.A, código 03005, “Algias postraumáticas cronificadas y permanentes y/o síndrome cervical asociado y/o agravación artrosis previa”, en una horquilla de 1 a 5 puntos indemnizables.
En segundo lugar, tenemos la secuela temporal, el periodo de días en los que ha tardado la lesión en curarse. En la norma distinguimos dos divisiones,
Dependiendo de la intensidad del dolor y de las limitaciones de ese dolor para realizar las actividades de desarrollo personal (trabajo, ocio, deporte) como sus actividades esenciales de la vida diaria (levantarse, ducharse, caminar) tendrá una consideración más grave o más leve, y por tanto, gozará de una indemnización superior o inferior.
Por último, tenemos la partida de perjuicio patrimonial, que se divide en gastos asumidos por la víctima y el lucro cesante, es decir, la pérdida de ingresos.
En concepto de gastos asumidos incorporamos todos los tratamientos médicos que ha asumido la víctima para recuperarse de su lesión, incluidos tratamientos de fisioterapia y rehabilitación en centros privados, siempre que, como hemos señalado, hayan sido sugeridos en informe médico y tengamos en nuestro poder comprobante de pago de las facturas a su nombre y con el documento nacional de identidad.
Del mismo modo podremos reclamar los gastos de transporte derivados del tratamiento médico a seguir, es decir, dada nuestra incapacidad para conducir, podemos utilizar taxis, Cabify y medios de transporte similares, y reclamar su abono siempre que tengamos en nuestra posesión las facturas a nuestro nombre y con nuestro documento nacional de identidad.
En concepto de lucro cesante encontraremos la pérdida de ingresos producida por la lesión. En caso de cobrar una nómina con bonificación por productividad, por ejemplo, si esa bonificación ha sido cobrada con regularidad, podemos incorporarla a la reclamación. En caso de ser autónomo, tendríamos que ver la facturación de cada mes y comprobar si ésta ha disminuido, para reclamar la diferencia.
Toro Pujol Abogados lleva más de 40 años defendiendo víctimas de accidentes de tráfico reclamando indemnización esguince cervical, con un equipo especialista, en una estructura multidisciplinar, para poder ofrecerle una asesoría completa, y asegurarle la máxima indemnización posible. Si las lesiones sufridas se alargan más, entonces también podemos tramitar la incapacidad temporal o la permanente
No lo dude, llámenos y concierte una cita sin compromiso, es totalmente gratuita. Revisaremos su caso, le informaremos de su viabilidad y de los pasos a seguir, no pierda la oportunidad de conocer la opinión de profesionales altamente cualificados.
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Los daños físicos y psíquicos causados por un accidente de tráfico pueden ser variados tanto en gravedad como en recuperación médica, factores éstos últimos determinantes en la cuantificación de la indemnización a reclamar por el accidente de tráfico sufrido. Por eso existe una tabla, para dotar de objetividad a estos asuntos: se trata del baremo. En él, según el daño corporal, se obtiene una cuantía de indemnización. Se valoran también la muerte, las lesiones temporales y el perjuicio estético. Se usa, asimismo, cuando ha habido un accidente laboral, aunque eso corresponde a otro ámbito. Cuando una persona sufre un accidente de tráfico precisa en muchas ocasiones de un tiempo de recuperación, motivo por el cual se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de accidente no laboral o accidente de trabajo. Transcurrido este período de incapacidad temporal y según el alcance de las secuelas, la víctima del accidente de tráfico necesita ser reconocido en situación de incapacidad permanente total, absoluta, gran invalidez o parcial. La solicitud de las prestaciones o pensiones derivadas de un accidente de tráfico son un trámite que requiere la asesoría de profesionales del derecho que le acompañen en todo el proceso que sigue a una lesión por un siniestro. Todo ello será debidamente analizado y valorado por nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente, quienes le asesorarán y tramitarán la incapacidad permanente a la que tenga derecho. Todos en algún momento hemos contratado de manera directa o indirecta, seguros de vida, seguros por incapacidad permanente, seguros de vida hipotecarios, seguros derivados de convenios colectivos; así como hemos tenido asociados a tarjetas de crédito que también contemplan indemnizaciones por accidentes de tráfico. Por dicho motivo, es imprescindible saber qué seguros de vida y de incapacidad permanente tenemos suscritos, el clausulado de los mismos (condiciones generales y condiciones particulares) para de este modo llevar a cabo la reclamación de dichos seguros. Una persona que sufre un accidente de tráfico puede ser víctima, bien sea conduciendo un coche, moto, bicicleta o patinete eléctrico; o bien, no estar conduciendo y se víctima de un atropello. Cada circunstancia determinará lesiones, secuelas e indemnizaciones derivadas del accidente de tráfico. Las consecuencias de un accidente de tráfico pueden llegar a ser importantes y determinar la vida de la víctima que lo sufre. Para ello, las leyes han contemplado una serie de ayudas orientadas a mejorar la calidad de vida tanto de quienes han sufrido un accidente como de los familiares que deben hacerse cargo de sus cuidados. Nuestro equipo de abogados especializados os orientará legalmente a fin de acceder a estas ayudas. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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