Abogados especialistas en reclamación de indemnización traumatismo craneoencefálico por accidente de tráfico.

¿Qué es un traumatismo craneoencefálico?

El traumatismo craneoencefálico es la afectación del cerebro causada por una fuerza externa que puede producir una disminución o disfunción del nivel de conciencia y que conlleva alteraciones físicas, cognitivas, conductuales y/o emocionales.

¿Cómo se produce un traumatismo craneoencefálico en un accidente de tráfico?

El traumatismo craneoencefálico es la causa más frecuente de daño cerebral. El daño que sufre el cerebro después de un traumatismo craneoencefálico se genera por una lesión primaria (golpe) directamente relacionada con el impacto sobre el cráneo o con el movimiento rápido de aceleración/desaceleración.

Por otra parte, tenemos la lesión secundaria (edema, hemorragia, aumento de presión en el cerebro), que se desarrolla a raíz de la lesión primaria tras los primeros días de accidente y que puede conllevar graves consecuencias en el pronóstico funcional.

Dentro de las lesiones primarias podemos distinguir:

  • Lesiones abiertas en las que algún objeto externo fractura el cráneo, penetra en el cerebro y lesiona el tejido cerebral.
  • Lesiones cerradas que se producen cuando el cerebro, a causa del impacto se ve sometido a fuerzas de aceleración y desaceleración, que dañan las conexiones nerviosas. Esto genera lesiones en los lóbulos frontales, en el lóbulo occipital y en los temporales.

Las lesiones secundarias son aquellas que tiene lugar minutos, horas o días después del accidente. Son muy difíciles de diagnosticar y de relacionar directamente con el accidente por su tardanza. Entre ellas destacamos:

  • Hemorragias.
  • Edema cerebral.
  • Hipoxias (falta de oxígeno en el tejido cerebral).
  • Infecciones.
  • Aumento de la presión intracraneal.
  • Hidrocefalias.

¿Qué consecuencias tiene un traumatismo craneoencefálico?

Alteración de conciencia

El traumatismo craneoencefálico suele tener como primer síntoma una alteración de la conciencia, cuya intensidad y duración será variable y que, en muchos casos, puede prolongarse durante meses, provocando importantes consecuencias a largo plazo.

Esa alteración en el sistema de alerta se puede medir mediante la conocida como Escala de Glasgow.

Trastornos sensoriales

Además de una alteración de la consciencia, nos encontramos con una serie de posibles trastornos sensoriales, relativos al olfato, vista, oído, tacto, cada uno de ellos con sus particularidades y sus correspondientes limitaciones funcionales.

Parálisis del cuerpo

Como consecuencia de un traumatismo craneoencefálico, es posible sufrir tetraparesias o hemiparesias, siendo las primeras parálisis de la mitad del cuerpo, dependiendo de la zona de afectación cerebral, y las segundas una pérdida de fuerza y coordinación de la mitad del cuerpo.

Trastornos coordinativos

Un traumatismo craneoencefálico puede derivar en una serie de trastornos más particulares, del tipo coordinativo, de la deglución, de la coordinación motora, del tono muscular o de los esfínteres. Todas estas afectaciones conllevan limitaciones físicas muy graves que deben de ser estudiadas en profundidad.

Trastornos neurológicos

En el aspecto neurológico, podemos encontrar afectaciones cognitivas tales como la atención – concentración, la memoria – aprendizaje, el razonamiento – inteligencia, el lenguaje – habla y cambios importantes en la conducta y las emociones.

Todas estas consecuencias pueden presentarse en diferentes momentos y frecuencias, debidas sobre todo a esas lesiones secundarias que se producen con cierta distancia desde el accidente, y que complican su objetivación.

Por estas razones, recomendamos fervientemente que, si se es víctima de un accidente de tráfico y se es diagnosticado de traumatismo craneoencefálico, nos cercioremos, primero, de que se nos realiza un TAC (tomografía computerizada) ya que es la única prueba radiológica que nos permite distinguir perfectamente lesiones nuevas de lesiones antiguas, y la zona de afectación. Dicho TAC debe realizarse antes de que transcurran 3 meses desde el accidente.

Por supuesto, si no se realiza dicha prueba, se puede reclamar igualmente, pero todos los pasos tendentes a asegurarnos de conseguir la máxima indemnización son importantes y deben ser tenidos en cuenta.

¿Cómo se calcula una indemnización por traumatismo craneoencefálico?

La indemnización por traumatismo craneoencefálico, se calcula en base al baremo de accidentes, y deberá de calcularse cuando se haya completado el periodo de sanidad o cuando no exista tratamiento que pueda mejorar nuestra patología, quedando únicamente tratamiento adyuvante.

Por tanto, una vez estemos estabilizados de nuestras lesiones, veremos qué afectación ha producido el traumatismo craneoencefálico, podemos encontrarnos con que únicamente nos haya producido un chichón, siendo únicamente una lesión primaria, y podemos encontrarnos con que de una fuerte sacudida se deriven 2 semanas después mareos, vómitos, y perdamos la fuerza en las extremidades inferiores.

La valoración de ambas situaciones es muy distinta, aun cuando ambas conllevan un periodo de sanidad que se valorará contabilizando cuanto tiempo hemos tardado en curar, y que limitaciones funcionales hemos sufrido en ese periodo.

Pero el primer caso NO tendrá secuelas y el segundo es posible que sí, por cuanto habrá que calcular esas secuelas en función de la edad de la víctima, utilizando las tablas contenidas en el baremo de accidentes.

Tendremos, también que calcular los daños morales complementario sufrido, teniendo en cuenta la afectación que tienen nuestras limitaciones funcionales en nuestra autonomía personal y en nuestras actividades de desarrollo.

En el primer caso, un chichón, no tendremos ninguna afectación funcional, pero si no podemos tenernos en pie y sufrimos de incontinencia vemos afectada una gran parte de nuestras actividades de autonomía personal, siendo una situación grave, que podría incluir trastornos mentales y, por tanto, con una indemnización acorde a esa gravedad.

Del mismo modo, miraremos el perjuicio patrimonial que nos ha causado la lesión, en cuanto a lo que hemos gastado en el tratamiento, medicinas, asistencia de una tercera persona presente y futura, lo que dejamos de percibir si no podemos trabajar, y una serie de circunstancias que únicamente tras un estudio completo y profesional podremos determinar con exactitud.

Su abogado especialista en reclamación de indemnización por traumatismo craneoencefálico en accidente de tráfico.

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