Los seguros de vida en España se rigen por la Ley del Contrato de Seguro, la cual establece pautas para los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado. Esta ley fija un plazo de tiempo para realizar reclamaciones del pago de la suma asegurada. Dentro de este marco legal, se enfatiza la necesidad de una pronta solicitud, ya que exceder este período puede conllevar la pérdida del derecho a la indemnización. A continuación, aclararemos las cuestiones acerca de estos plazos, y cómo hacer que el tiempo corra a nuestro favor.  

Comunicación del Fallecimiento a la Aseguradora 

Existe un plazo de 7 días para informar a la aseguradora sobre el fallecimiento del titular del seguro. Esta notificación debe realizarse desde el momento en que los beneficiarios tienen conocimiento del fallecimiento. Este paso inicial es fundamental, ya que permite iniciar el proceso de reclamación de la suma asegurada y demás trámites pertinentes. Por ello, hay que cumplir con este paso sin dilación, ya que retrasar la notificación puede afectar el proceso de cobro de la indemnización o incluso generar dificultades para obtenerla, conforme a lo establecido en la Ley del Contrato de Seguro. 

Plazos para el Cobro del Seguro de Vida 

En este punto, debemos hacer una distinción entre dos plazos que se mencionan en muchos sitios web y que pueden llevar a error: el de 40 días (artículo 18 de la Ley del Contrato de Seguro) y el de 3 meses (artículo 20 de la misma Ley). Ambos están contemplados por la ley, pero se refieren a cosas distintas.  

En términos simples, la ley establece que una vez que presentas la solicitud para recibir el dinero del seguro de vida, la compañía aseguradora tiene un máximo de 40 días para realizar un primer pago, aunque sea un monto mínimo basado en lo que conocen sobre el caso.  

Luego, una vez que admiten tu solicitud y comienzan las gestiones necesarias, la compañía tiene un plazo máximo de tres meses para realizar el pago completo. Si la aseguradora no cumple con este plazo, se considera que están en mora, es decir, en incumplimiento por no haber pagado dentro de esos límites de tiempo establecidos por la ley. En ocasiones, esos intereses pueden llegar a superar la propia indemnización.  

La aseguradora no paga: ¿Cuál es el plazo para reclamar a la aseguradora?

La ventana temporal para requerir el desembolso de una compensación de seguro de vida se extiende hasta un límite de cinco años. Esta posibilidad se mantiene, a menos que la solicitud se haya pospuesto debido a acciones intencionadas como dolo, mala fe o culpa grave. En otras palabras, el retraso no puede ser resultado de una intención deliberada para causar daño o desventaja a otras partes involucradas. 

La importancia de este plazo radica en garantizar que las reclamaciones se realicen dentro de un marco temporal razonable, ofreciendo seguridad tanto a quienes suscriben el seguro como a las aseguradoras. Este límite busca evitar posibles abusos o situaciones donde el tiempo prolongado pueda generar desconfianza en la autenticidad de la reclamación. Pero para olvidarse de plazos y otras preocupaciones, lo mejor es contactar con un abogado de seguros de vida y dejarlo todo en sus manos.

Nuestros abogados expertos en seguros de vida están disponibles para brindarte el apoyo necesario en este proceso.

Documentación Necesaria para el Cobro 

La reclamación de un seguro de vida implica la presentación de varios documentos para verificar la validez y ejecución del contrato. Según la aseguradora de la que se trate, estos varían, pero habitualmente son los siguientes:  

  1. Documento de identidad de los beneficiarios del seguro de vida. 
  1. Documento de identidad del asegurado. 
  1. Certificado de defunción del asegurado. 
  1. Certificado de Últimas Voluntades. 
  1. Documento de identidad de la persona asegurada. 
  1. Número de póliza. 
  1. Copia del último testamento, si existe. 
  1. Certificado matrimonial si la reclamación es realizada por el cónyuge. 
  1. En caso de fallecimiento por accidente, diligencias judiciales, atestado y otros informes requeridos por la compañía aseguradora. 

Estos documentos son muy importantes en el proceso de reclamación de un seguro de vida: sirven como evidencia para confirmar la validez del contrato y las condiciones de pago estipuladas. La presentación correcta y completa de esta documentación garantiza que se pueda cobrar la indemnización.  

Para más información puede consultar nuestro artículo sobre como reclamar al seguro.

Casos Especiales y Consideraciones 

Mención especial merece algún caso específico, cuando el asegurado es quien cobra el seguro de vida, aunque parezca complicado. Se trata de otras coberturas de los seguros de vida:  

  1. Invalidez o incapacidad permanente absoluta: Si el asegurado sufre una invalidez o incapacidad que se considera permanente y absoluta según los términos de la póliza, puede activar el pago del seguro de vida. 
  1. Por enfermedad grave: Algunas pólizas de seguro de vida contemplan el pago anticipado en situaciones de enfermedades graves diagnosticadas que estén especificadas en la póliza, siempre y cuando cumplan con los criterios establecidos. 
  1. Rescate o cancelación de póliza: En ciertos casos, el titular de la póliza puede optar por cancelarla antes de su fallecimiento y recibir el valor en efectivo acumulado hasta ese momento, lo que se conoce como rescate. 

En estas situaciones, el cobro anticipado del seguro de vida está sujeto a las condiciones y cláusulas estipuladas en la póliza de seguro, y su disponibilidad puede variar dependiendo de la compañía aseguradora y el tipo específico de póliza contratada. Así, los plazos variarán en función de cada caso. 

Conclusión 

En resumen, la notificación del fallecimiento del titular del seguro debe hacerse en un máximo de 7 días para activar el proceso de reclamación, evitando posibles obstáculos en el cobro de la indemnización. Y ante todo, deben tenerse en cuenta dos plazos fundamentales: la aseguradora tiene cuarenta días para realizar un primer pago tras la solicitud y tres meses para completar el pago total. El incumplimiento de estos plazos puede generar intereses y dificultades en el proceso de reclamación.

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