¿Te han despedido? ¿Han reflejado en la carta de despido motivos disciplinarios? ¿No sabes si tienes que ir al paro, o qué plazo tienes? Ser despedido, si bien es algo no deseado por los trabajadores, puede ocurrir y debemos estar preparados y saber cómo actuar. En ocasiones, sobre todo en los casos de despidos disciplinarios, el empleado habrá recibido uno o varios avisos por su actitud, por lo que podrá haberlo visto venir. En cualquier caso, ante esta situación consulta siempre con un abogado laboralista.
¿Cuáles son las causas que pueden provocar un despido disciplinario?
La respuesta corta, es por incumplimiento grave y culpable del trabajador. La larga, por los siguientes incumplimientos:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Viene regulado en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué conlleva un despido disciplinario?
El despido disciplinario implica la extinción definitiva de la relación laboral, sin derecho para el trabajador a percibir una indemnización ni salarios de tramitación. No obstante, sí tendrá derecho a finiquito. El plazo es el del cualquier despido: 20 días hábiles para impugnarlo, mediante papeleta de conciliación y demanda judicial.
¿Cuándo es nulo un despido disciplinario?
Será nulo cuando tenga detrás motivos discriminatorios, recogidos en el texto de la Constitución; o bien cuando se violen los derechos y libertades del trabajador. Lo más frecuente puede ser cuando se despide a la trabajadora con riesgo durante el embarazo, o a alguien en su baja de maternidad, paternidad o acogimiento, a una víctima de violencia de género, y supuestos similares.
¿Cuándo ir al paro después del despido?
Después de ser despedido, no hay que dormirse en los laureles. El plazo para reclamar el desempleo es bastante corto: tan sólo 15 días hábiles. Hay que señalar que la fecha tenida en cuenta es la que se pide cita previa, no el día asignado. Por ello es tan relevante no dejar pasar el tiempo y solicitar la cita lo antes posible. En esta web del SEPE se resuelven algunas de las dudas más frecuentes.
¿Tengo derecho a paro tras un despido disciplinario?
Sí. En efecto, el despido disciplinario da derecho a paro, independientemente de su calificación como procedente o improcedente. En este sentido, aunque se declare que el despido es procedente -conforme a las exigencias legales-, no impide cobrar el paro.
Eso sí, hay unos requisitos:
- Haber cotizado al menos 360 días antes del cese dle último contrato.
- Constar inscrito como demandante de empleo en el SEPE.
- Constar de baja en el Registro de la Seguridad Social.
- Hallarse en situación de búsqueda activa de empleo, disponible para hacer cursos o controles.
Conclusión: ¿qué debo hacer si me despiden disciplinariamente?
Si te han despedido por motivos disciplinarios, o sospechas que van a hacerlo, debes recopilar pruebas para acreditar que lo que se dice es falso: correos electrónicos, testimonios de compañeros, documentación. Pero siempre, dar todos los pasos asesorado de un abogado de despidos, que conozca la jurisdicción laboral y la mejor forma de tramitar el asunto.
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