Todos en un momento u otro de nuestra vida sufriremos un problema de espalda, producido por el desgaste diario o por una lesión.
El primero son las lesiones por uso excesivo, que no provienen de una lesión específica, presentándose sus síntomas de forma gradual. Normalmente surgen como respuesta a un mal gesto o a una postura inadecuada, derivando en síntomas típicos como el dolor, espasmos musculares y rigidez, desapareciendo sus síntomas en la mayoría de los casos tras unos días de reposo.
El segundo son las lesiones agudas, producidas por un impacto, o un movimiento lo suficientemente brusco como para generarlas. Forman parte de este grupo las lesiones más importantes de espalda, como lesiones de ligamentos o músculos de la espalda, o fracturas y dislocaciones de columna, así como los discos desgarrados o comprimidos.
Una lesión de espalda en un accidente de tráfico viene precedida de un impacto, que genera diferentes consecuencias, dependiendo del origen del golpe, la zona donde nos impacte, nuestra postura, circunstancias, etc.
No es lo mismo sufrir una lesión de espalda debida a un impacto por detrás cuando estamos conduciendo un coche, que una caída en motocicleta en la que pueda verse afectado un disco o vértebra. Por tanto, el origen puede ser muy diverso.
De la lesión de espalda se derivarán una serie de consecuencias que dependerán de la zona afectada, del nivel de gravedad de las lesiones y, evidentemente, de nuestra propia constitución.
La espalda, a nivel médico, se divide en tres zonas: cervical, dorsal y lumbar. Dependiendo de qué zona reciba el impacto, se generarán diferentes tipos de lesiones. Las más comunes son el esguince cervical, la fractura o acuñamiento de una vértebra y la hernia vertebral.
Es también una variable importante, por cuanto en las lesiones de espalda, en muchos casos es importante conectar la intensidad del accidente con las lesiones producidas, por ejemplo, en el caso de impactos traseros.
Sin embargo, en casos de caídas en motocicleta, bicicleta o atropellos, la propia dinámica del accidente nos ayudará a probar la gravedad de la situación. La gravedad de la lesión será el eje fundamental, unido a su afectación funcional, para determinar las secuelas que genere.
Por último, es importante tener en cuenta que dependiendo de la fisionomía de la víctima, las consecuencias de los impactos serán distintas. Si una persona de edad avanzada o un niño reciben un impacto, la gravedad lesional será probablemente mayor que si una persona de edad media y estado físico saludable la recibe, por tanto, será también una variable para medir las consecuencias.
Una indemnización por lesión de espalda, sin contar con las lesiones medulares, que hemos explicado en otro apartado, se realizará ajustándose al baremo médico, dividiendo la reclamación en secuelas, incapacidad temporal, limitaciones funcionales y perjuicio patrimonial.
Por secuelas (del latín sequēla, “lo que sigue” o “consecuencia”) entenderemos los daños que hayamos sufrido y que no se puedan curar tras nuestro periodo de incapacidad.
A ese respecto, la ley divide en dos grupos estas lesiones, separándolas de las lesiones propiamente medulares:
Incluye las algias postraumáticas, cronificadas y permanentes, así como el síndrome cervical asociado y la agravación de una artrosis previa, dándonos una puntuación de entre 1 y 5 puntos.
Columna vertebral no derivada de traumatismo menor, donde entran muchísimas afecciones: desde la Osteísis vertebral postraumática, la fractura, acuñamiento/aplastamiento, algias postraumáticas, las hernias discales, entre otras.
Tras el computo de las secuelas, procederemos a calcular los días de baja médica, desde el accidente hasta que se estabilicen nuestras lesiones, generando una indemnización que irá de los 30 a los 100 euros al día, dependiendo de la gravedad de la incapacidad temporal y de la limitación funcional que suframos.
Al respecto de la limitación funcional, tendremos diversas partidas que pueden complementar a las anteriores, siempre que las secuelas que suframos supongan una limitación o imposibilidad de desarrollar las actividades de autonomía personal o de desarrollo personal.
Es decir, las actividades básicas que desarrollamos a diario, como son comer, beber, ir al baño, subir escaleras, cambiarnos, etc., y las actividades laborales, de ocio, deportivas, etc., se pueden ver afectadas directamente por nuestra lesión. Cuanto más afectadas se vean y más grave sea el nivel de afectación, más alta será la indemnización que recibiremos en esta partida.
En cuanto al perjuicio patrimonial, comprenderá dos partidas, el lucro cesante y los gastos de asistencia sanitaria futura.
El lucro cesante es la cantidad que hemos dejado de ganar y que, si la lesión reviste gravedad, podemos llegar a perder, por no poder desarrollar nuestro trabajo o no haber accedido al mercado laboral y vernos condicionados por nuestro nuevo estado físico. Esa cantidad es compatible con las prestaciones que el Instituto Nacional de la Seguridad otorga en casos de incapacidad permanente o gran invalidez, y que desde este despacho podemos reclamar por Usted.
En cuanto a los gastos de asistencia futura, comprenden muchas partidas, que merecen un concienzudo estudio, no solo se refiere a los gastos médicos, por cuanto tenemos los gastos de rehabilitación domiciliaria y clínica, los gastos de asistencia de una tercera persona (en caso de necesitarla), los gastos de desplazamiento, acondicionamiento del hogar…
Por tanto, el cálculo de la indemnización es muy complejo y merece un estudio por parte de un despacho profesional especializado en accidentes de tráfico, bajo la posibilidad de perder partidas no reclamadas por un estudio deficiente de su caso.
Somos abogados de accidentes de tráfico, con más de 40 años de experiencia en reclamaciones de indemnizaciones, con sede en Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac, pero llevamos accidentes de tráfico en toda España.
Una asesoría jurídica en materia de indemnización por accidente de tráfico, ya sea en un accidente automovilístico o un atropello es imprescindible. En Toro Pujol Abogados ponemos a su disposición un equipo altamente cualificado que estudiará su caso sin coste alguno, y en caso de que sea viable, nos encargaremos de ayudarle durante todo el proceso, para conseguirle la máxima indemnización.
Las lesiones de la columna vertebral suelen ser lesiones graves, y esta lesión sufrida puede tener importantes consecuencias en la vida de una persona.
En Toro Pujol Abogados sólo cobramos cuando Usted reciba su indemnización, así como revisamos su póliza de forma gratuita y si cuenta Usted con una cobertura por defensa jurídica, la reclamamos a su aseguradora por Usted, quedando nuestros honorarios cubiertos total o parcialmente.
Los daños físicos y psíquicos causados por un accidente de tráfico pueden ser variados tanto en gravedad como en recuperación médica, factores éstos últimos determinantes en la cuantificación de la indemnización a reclamar por el accidente de tráfico sufrido. Por eso existe una tabla, para dotar de objetividad a estos asuntos: se trata del baremo. En él, según el daño corporal, se obtiene una cuantía de indemnización. Se valoran también la muerte, las lesiones temporales y el perjuicio estético. Se usa, asimismo, cuando ha habido un accidente laboral, aunque eso corresponde a otro ámbito. Cuando una persona sufre un accidente de tráfico precisa en muchas ocasiones de un tiempo de recuperación, motivo por el cual se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de accidente no laboral o accidente de trabajo. Transcurrido este período de incapacidad temporal y según el alcance de las secuelas, la víctima del accidente de tráfico necesita ser reconocido en situación de incapacidad permanente total, absoluta, gran invalidez o parcial. La solicitud de las prestaciones o pensiones derivadas de un accidente de tráfico son un trámite que requiere la asesoría de profesionales del derecho que le acompañen en todo el proceso que sigue a una lesión por un siniestro. Todo ello será debidamente analizado y valorado por nuestros abogados especialistas en incapacidad permanente, quienes le asesorarán y tramitarán la incapacidad permanente a la que tenga derecho. Todos en algún momento hemos contratado de manera directa o indirecta, seguros de vida, seguros por incapacidad permanente, seguros de vida hipotecarios, seguros derivados de convenios colectivos; así como hemos tenido asociados a tarjetas de crédito que también contemplan indemnizaciones por accidentes de tráfico. Por dicho motivo, es imprescindible saber qué seguros de vida y de incapacidad permanente tenemos suscritos, el clausulado de los mismos (condiciones generales y condiciones particulares) para de este modo llevar a cabo la reclamación de dichos seguros. Una persona que sufre un accidente de tráfico puede ser víctima, bien sea conduciendo un coche, moto, bicicleta o patinete eléctrico; o bien, no estar conduciendo y se víctima de un atropello. Cada circunstancia determinará lesiones, secuelas e indemnizaciones derivadas del accidente de tráfico. Las consecuencias de un accidente de tráfico pueden llegar a ser importantes y determinar la vida de la víctima que lo sufre. Para ello, las leyes han contemplado una serie de ayudas orientadas a mejorar la calidad de vida tanto de quienes han sufrido un accidente como de los familiares que deben hacerse cargo de sus cuidados. Nuestro equipo de abogados especializados os orientará legalmente a fin de acceder a estas ayudas. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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