Abogados especialistas en reclamación de indemnización por lesiones de espalda por accidente de tráfico en Barcelona y Madrid

¿Qué es una lesión de espalda?

Todos en un momento u otro de nuestra vida sufriremos un problema de espalda, producido por el desgaste diario o por una lesión.

  • La espalda está compuesta por:
  • huesos y articulaciones de la columna vertebral (las vértebras),
  • los discos que separan las vértebras y amortiguan los impactos cuando nos movemos y
  • los músculos y ligamentos, que protegen a la columna vertebral.

Grupos de lesiones de espalda

Lesiones por uso excesivo:

El primero son las lesiones por uso excesivo, que no provienen de una lesión específica, presentándose sus síntomas de forma gradual. Normalmente surgen como respuesta a un mal gesto o a una postura inadecuada, derivando en síntomas típicos como el dolor, espasmos musculares y rigidez, desapareciendo sus síntomas en la mayoría de los casos tras unos días de reposo.

Lesiones agudas:

El segundo son las lesiones agudas, producidas por un impacto, o un movimiento lo suficientemente brusco como para generarlas. Forman parte de este grupo las lesiones más importantes de espalda, como lesiones de ligamentos o músculos de la espalda, o fracturas y dislocaciones de columna, así como los discos desgarrados o comprimidos.

¿Cómo se produce una lesión de espalda en un accidente de tráfico?

Una lesión de espalda en un accidente de tráfico viene precedida de un impacto, que genera diferentes consecuencias, dependiendo del origen del golpe, la zona donde nos impacte, nuestra postura, circunstancias, etc.

No es lo mismo sufrir una lesión de espalda debida a un impacto por detrás cuando estamos conduciendo un coche, que una caída en motocicleta en la que pueda verse afectado un disco o vértebra. Por tanto, el origen puede ser muy diverso.

¿Qué consecuencia tiene una lesión de espalda?

De la lesión de espalda se derivarán una serie de consecuencias que dependerán de la zona afectada, del nivel de gravedad de las lesiones y, evidentemente, de nuestra propia constitución.

Zona afectada:

La espalda, a nivel médico, se divide en tres zonas: cervical, dorsal y lumbar. Dependiendo de qué zona reciba el impacto, se generarán diferentes tipos de lesiones. Las más comunes son el esguince cervical, la fractura o acuñamiento de una vértebra y la hernia vertebral.

El nivel de gravedad de las lesiones:

Es también una variable importante, por cuanto en las lesiones de espalda, en muchos casos es importante conectar la intensidad del accidente con las lesiones producidas, por ejemplo, en el caso de impactos traseros.

Sin embargo, en casos de caídas en motocicleta, bicicleta o atropellos, la propia dinámica del accidente nos ayudará a probar la gravedad de la situación. La gravedad de la lesión será el eje fundamental, unido a su afectación funcional, para determinar las secuelas que genere.

La constitución de la víctima:

Por último, es importante tener en cuenta que dependiendo de la fisionomía de la víctima, las consecuencias de los impactos serán distintas. Si una persona de edad avanzada o un niño reciben un impacto, la gravedad lesional será probablemente mayor que si una persona de edad media y estado físico saludable la recibe, por tanto, será también una variable para medir las consecuencias.

¿Cómo se calcula una indemnización por lesión de espalda?

Una indemnización por lesión de espalda, sin contar con las lesiones medulares, que hemos explicado en otro apartado, se realizará ajustándose al baremo médico, dividiendo la reclamación en secuelas, incapacidad temporal, limitaciones funcionales y perjuicio patrimonial.

Por secuelas (del latín sequēla, “lo que sigue” o “consecuencia”) entenderemos los daños que hayamos sufrido y que no se puedan curar tras nuestro periodo de incapacidad.

A ese respecto, la ley divide en dos grupos estas lesiones, separándolas de las lesiones propiamente medulares:

Traumatismos menores de la columna vertebral:

Incluye las algias postraumáticas, cronificadas y permanentes, así como el síndrome cervical asociado y la agravación de una artrosis previa, dándonos una puntuación de entre 1 y 5 puntos.

Columna vertebral no derivada de traumatismo menor:

Columna vertebral no derivada de traumatismo menor, donde entran muchísimas afecciones: desde la Osteísis vertebral postraumática, la fractura, acuñamiento/aplastamiento, algias postraumáticas, las hernias discales, entre otras.

Tras el computo de las secuelas, procederemos a calcular los días de baja médica, desde el accidente hasta que se estabilicen nuestras lesiones, generando una indemnización que irá de los 30 a los 100 euros al día, dependiendo de la gravedad de la incapacidad temporal y de la limitación funcional que suframos.

Limitación funcional

Al respecto de la limitación funcional, tendremos diversas partidas que pueden complementar a las anteriores, siempre que las secuelas que suframos supongan una limitación o imposibilidad de desarrollar las actividades de autonomía personal o de desarrollo personal.

Es decir, las actividades básicas que desarrollamos a diario, como son comer, beber, ir al baño, subir escaleras, cambiarnos, etc., y las actividades laborales, de ocio, deportivas, etc., se pueden ver afectadas directamente por nuestra lesión. Cuanto más afectadas se vean y más grave sea el nivel de afectación, más alta será la indemnización que recibiremos en esta partida.

Perjuicio patrimonial

En cuanto al perjuicio patrimonial, comprenderá dos partidas, el lucro cesante y los gastos de asistencia sanitaria futura.

Lucro cesante

El lucro cesante es la cantidad que hemos dejado de ganar y que, si la lesión reviste gravedad, podemos llegar a perder, por no poder desarrollar nuestro trabajo o no haber accedido al mercado laboral y vernos condicionados por nuestro nuevo estado físico. Esa cantidad es compatible con las prestaciones que el Instituto Nacional de la Seguridad otorga en casos de incapacidad permanente o gran invalidez, y que desde este despacho podemos reclamar por Usted.

Gastos de asistencia futura

En cuanto a los gastos de asistencia futura, comprenden muchas partidas, que merecen un concienzudo estudio, no solo se refiere a los gastos médicos, por cuanto tenemos los gastos de rehabilitación domiciliaria y clínica, los gastos de asistencia de una tercera persona (en caso de necesitarla), los gastos de desplazamiento, acondicionamiento del hogar…

Por tanto, el cálculo de la indemnización es muy complejo y merece un estudio por parte de un despacho profesional especializado en accidentes de tráfico, bajo la posibilidad de perder partidas no reclamadas por un estudio deficiente de su caso.

ABOGADO ESPECIALISTA EN RECLAMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR LESIÓN DE ESPALDA EN ACCIDENTE DE TRÁFICO EN BARCELONA Y MADRID

Somos abogados de accidentes de tráfico, con más de 40 años de experiencia en reclamaciones de indemnizaciones, con sede en Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac, pero llevamos accidentes de tráfico en toda España.

Una asesoría jurídica en materia de indemnización por accidente de tráfico, ya sea en un accidente automovilístico o un atropello es imprescindible. En Toro Pujol Abogados ponemos a su disposición un equipo altamente cualificado que estudiará su caso sin coste alguno, y en caso de que sea viable, nos encargaremos de ayudarle durante todo el proceso, para conseguirle la máxima indemnización.

Las lesiones de la columna vertebral suelen ser lesiones graves, y esta lesión sufrida puede tener importantes consecuencias en la vida de una persona.

En Toro Pujol Abogados sólo cobramos cuando Usted reciba su indemnización, así como revisamos su póliza de forma gratuita y si cuenta Usted con una cobertura por defensa jurídica, la reclamamos a su aseguradora por Usted, quedando nuestros honorarios cubiertos total o parcialmente.