La gestión de impagados es un aspecto crucial en el ámbito legal, y los abogados de gestión de impagados desempeñan un papel fundamental. Nuestro objetivo principal es ayudar a las empresas y particulares a recuperar los pagos pendientes y garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Contamos con amplia experiencia, un equipo jurídico de primer nivel para llevar a cabo acciones legales y negociaciones con el fin de resolver los impagos de manera eficiente y proteger los intereses de nuestros clientes.
Si usted o su empresa tiene una factura impagada, cheque, pagaré, letra de cambio o préstamo en el que se reconoce adeudar una determinada cantidad de dinero, debe saber que existen diversos tipos de procedimientos en aras a hacer efectivo el cobro de dichas cantidades.
En Toro Abogados ponemos a su disposición un servicio de cobro de la deuda a través de la vía extrajudicial o, si la misma resulta infructuosa, mediante el uso de la vía judicial.
En este despacho le cobrará si conseguimos obtener del deudor el importe que se reclame comprende el principal, intereses y costas judiciales. Asimismo, investigaremos el patrimonio del deudor para maximizar el resultado del litigio.
El primer paso es reclamar al deudor mediante burofax y realizar una investigación sobre su solvencia para conocer la viabilidad de la reclamación. Obtenida la información anterior, se emprende la negociación con el deudor, así como las gestiones oportunas para conseguir el cobro mediante acuerdo.
Ante la imposibilidad de transaccionar con la parte deudora, se procederá, previa aceptación del cliente, a solicitar la cantidad adeudada mediante un procedimiento judicial específico para cada caso concreto y según esté documentada la deuda.
Para tal cometido, la legislación vigente pone a nuestra disposición diversos tipos de procedimientos orientados a conseguir el cobro de las cantidades adeudadas.
El Juicio Monitorio es un procedimiento especial muy útil en la práctica debido a su carácter ágil y eficaz. Haciendo uso del mismo, se puede pretender el cobro de una deuda vencida y exigible.. Los documentos a partir de los cuales podemos interponer dicho procedimiento son aquellos en los que consta la cantidad adeudada y aparecen firmados por el deudor. A modo de ejemplo, dichos documentos comprenderían facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, etc.
Procedimiento que se regula en la Ley 19/1985 Cambiaria y del Cheque. Este procedimiento de carácter especial está orientado al cobro de cheques, pagarés y letras de cambio. Mediante su uso, y siempre y cuando haya vencido el plazo otorgado para pagar la cantidad que consta en los documentos anteriores, es posible reclamar el importe y los intereses desde su vencimiento hasta el momento del cobro efectivo.
Procedimiento orientado al cobro de cantidades dinerarias que han sido determinadas mediante una resolución judicial como por ejemplo una Sentencia. En este caso debemos centrarnos en la ejecución de ese título judicial y proceder en caso de impago al posterior embargo de los bienes del deudor con la finalidad de alcanzar el cobro de la deuda.
Cada vez es más común en la actualidad el uso de la figura del reconocimiento de deuda. Ésta consiste en reconocer ante notario (escritura pública) o en documento privado la deuda que ostenta una persona o empresa frente a otra. El procedimiento de ejecución que se llevará a cabo en estos casos, consistirá en acudir directa y rápidamente a solicitar el pago de la deuda reconocida.
Este procedimiento se utiliza con frecuencia a la hora de tratar la ejecución de préstamos hipotecarios. Se inicia por parte de la entidad financiera cuando el hipotecado no puede hacer frente al pago de las cantidades acordadas a raíz del préstamo hipotecario solicitado.
En Toro Abogados, analizamos sin coste la viabilidad y la primera visita es gratuita.
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Los criterios clásicos en los que se dividen, son: por naturaleza, incorporación, destino y analogía. Sin embargo, huyendo de clasificaciones complejas y teóricas del Derecho Civil, en lo que más afecta al ciudadano de a pie, debemos decir que se dividen en bienes inmuebles de naturaleza rústica, y bienes inmuebles de naturaleza urbana. Se trata del procedimiento por el cual, el propietario de un inmueble, desaloja al poseedor que habita un inmueble. Los motivos pueden ser varios: por precario, por falta de pago, o por ocupación. Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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