Abogados especialistas en reclamación de indemnización por accidente de patinete eléctrico

¿Qué se considera un accidente de patinete eléctrico?

Un accidente de patinete eléctrico es una situación que ha empezado a sucederse con mucha frecuencia debido a la proliferación de este tipo de vehículos de movilidad personal en las zonas urbanas.

En consecuencia, se han incrementado notablemente los siniestros en los que se ven envueltos los conductores de patinetes eléctricos, y debido a las lagunas de regulación de tráfico, que desde la DGT se busca solucionar, puede existir mucha confusión en caso de producirse, por ejemplo con el uso del carril bici por parte de estos patinetes.

La realidad, en lo que se refiere a la responsabilidad civil derivada de sufrir un accidente de patinete eléctrico, es que su reclamación se produce de la misma forma que la del resto de vehículos, es decir, mediante la reclamación de los daños y perjuicios objetivados mediante el baremo de accidentes.

Sin embargo, la particularidad, que sucede también en el caso de la bicicleta, supone que no es obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil, por cuanto, si tenemos un accidente con un vehículo a motor, será su seguro quien, en caso de que seamos la víctima, cubra nuestros daños y perjuicios.

En el caso, sin embargo, de que seamos los culpables, tendremos que acudir a nuestro seguro del hogar, que contempla la cobertura de daños a terceros por parte de cualquier integrante del núcleo familiar. De no tener seguro del hogar, seríamos responsables directos de los daños y perjuicios causados por nuestra culpa.

¿Cómo actuar ante un accidente de patinete eléctrico?

La especial vulnerabilidad que tiene la figura del conductor de patinete eléctrico, la escasa regulación al respecto y la falta de obligatoriedad de suscripción de un seguro de responsabilidad civil, hace conveniente que si se sucede un accidente en el que exista un patinete eléctrico involucrado sea indispensable llamar a la policía para levantar un atestado.

No es posible acudir a la figura de la Declaración Amistosa de Accidente, por cuanto no es obligatorio tener un seguro, por tanto la única forma de acreditar fehacientemente tanto la realidad de ese accidente como las circunstancias del mismo y los datos de los intervinientes, es mediante un atestado policial.

Si el conductor culpable se diera a la fuga, deberemos intentar recabar la ayuda de terceras personas en forma de testigos para acreditar la realidad del accidente y la participación de la persona fugada, siendo que, en caso de no haber podido identificar al vehículo, siempre que existan testigos que puedan acreditar el accidente, podremos dirigir nuestra reclamación al Consorcio General de Seguros, figura destinada a cubrir estas situaciones.

¿Qué es un seguro de patinete eléctrico?

El hecho de que no sea obligatoria la contratación de un seguro para usuarios de patinetes eléctricos no impide que existan. De hecho, las empresas que ofertan alquileres temporales de patinetes eléctricos están obligadas a tener seguros de responsabilidad civil, y por tanto, si tenemos un accidente con un patinete eléctrico de una compañía de alquiler, podremos dirigir la acción extrajudicial o judicial contra la aseguradora del mismo.

Pero a nivel particular, encontramos compañías de seguro de productos de suscripción voluntaria, que permiten cubrir la responsabilidad civil, posibles daños al patinete, el asesoramiento o la cobertura médica, es decir, todas las contingencias que se puedan derivar de nuestro uso.

¿Cuáles son las coberturas más comunes de los seguros de patinetes eléctricos?

Las coberturas más comunes son, como en el resto de seguros, aquellas que pretenden protegernos de los riesgos derivados del uso del patinete.

  • En primer lugar, como no puede ser de otra manera, la cobertura por responsabilidad civil, que cubre las lesiones y daños que en el uso de nuestro patinete podamos provocar. Esta circunstancia es más frecuente de lo que pensamos, y el año pasado se dieron los primeros casos de atropellos con un patinete eléctrico mortales. Las indemnizaciones a las que debieron hacer frente por los daños causados, a buen seguro ascendieron a más de 200.000 euros.
  • En segundo lugar, tenemos las coberturas de daños propios, como por ejemplo la cobertura de lesiones y gastos de hospitalización, derivados de un accidente que sea culpa nuestra, o garantías de coberturas por invalidez permanente o muerte derivadas de accidentes en el desplazamiento o atropello a un peatón, que añadirían cantidades adicionales a las que tenemos derecho como indemnización a abonar por el responsable.
  • Por último, encontramos las coberturas que protegen nuestro patinete eléctrico contra el robo, los daños en el chasis o cuadro derivados de accidente, incendio o cualquier otra situación que exponga nuestro patinete eléctrico.

¿Cuáles son las indemnizaciones por accidentes de patinete eléctrico?

Las indemnizaciones por accidentes de patinete eléctrico se ciñen a Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Dependiendo de las lesiones que hayamos sufrido, y del perjuicio patrimonial que se nos haya producido, nuestra indemnización ascenderá a una cantidad u otra.

Daños psicofísicos por accidentes de patinete eléctrico

En cuanto a los daños psicofísicos, el peligro es evidente por no ser obligaría la utilización de casco, hecho que está cambiando en la normativa local de diversas ciudades, pero que sigue exponiendo a miles de usuarios a lesiones importantes en caso de accidente.

Dichas lesiones, que pueden derivar de fracturas y laceraciones a lesiones medulares más graves, hasta el fallecimiento, y todas ellas tienen su espacio en el baremo de accidentes, recogidas en diversas partidas que deberán ser estudiadas por un abogado especializado.

El caso más grave es el de fallecimiento por accidente de patinete eléctrico. Por desgracia, algo que parecía improbable ya es una realidad en varias ciudades españolas, y supone la declaración de varios perjudicados legales, que tienen derecho a una indemnización.

Lesiones y secuelas por accidentes de patinete eléctrico

En caso de lesiones, en primer lugar, encontramos una indemnización por perjuicio temporal hasta nuestra total recuperación, que variará dependiendo del grado de perjuicio (de básico a muy grave) que hayamos sufrido durante ese periodo.

Puede darse el caso de que nos queden secuelas que no hayamos podido recuperar. En ese caso, el baremo recoge de forma totalmente clara, por partes del cuerpo, la valoración de esas lesiones, y la pone en relación con la edad de la víctima, arrojando una cuantía por ese concepto.

Además, si de las secuelas que se derivan del accidente, perdemos la capacidad de realizar actividades de ocio, profesionales o incluso las actividades más básicas de nuestro día a día, encontraremos una partida llamada perjuicio patrimonial por pérdida de calidad de vida, que se encargará de compensarnos a ese respecto.

Por último, tenemos lo que nos ha costado recuperarnos de esas lesiones y el dinero que podemos haber dejado de percibir por haber estado de baja. En ese caso, reclamaremos las indemnizaciones de daño emergente y lucro cesante, que cubrirán esas contingencias.

Como vemos, las posibilidades son muchas, y la naturaleza de la Ley 35/2015 es la restitución lo más exacta posible de la situación al momento previo del accidente, mediante un sistema de compensaciones económicas destinado a ello.

¿Es necesario asesoramiento legal especializado para reclamar una indemnización por accidente de patinete eléctrico?

Como conclusión del punto anterior, Sí, es indispensable que un abogado especializado en accidentes de tráfico se encargue de la tramitación de nuestra indemnización si tenemos la intención de sacar el máximo rendimiento a dicha situación.

Es seguro que una persona ajena al mundo legal no sabrá utilizar una herramienta como el baremo de accidentes, con más de 500 páginas llenas de tablas y con unas normas complejas de aplicación. De hecho, muchos abogados especializados en otras áreas tendrían problemas para aplicarla.

Suena pedante, pero un dentista sabe de dientes, no del corazón. Un abogado especialista en delitos económicos sabe de delitos económicos, no tiene porqué saber de accidentes de tráfico y lo más normal es que no sepa. Por eso, nuestro consejo es que siempre que tengan un accidente de tráfico acudan a un profesional especializado en la materia.

De no hacerlo así, lo más probable es que no se reclamen todas las indemnizaciones a las que tiene derecho, o se reclamen de forma errónea, dándole argumentos a las aseguradoras para oponerse a nuestra reclamación, con el consiguiente riesgo que supone, a nivel de pérdida de oportunidad y a nivel de posibilidad de condena en costas.

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