La oncología es la especialidad médica que se dedica al estudio y tratamiento del cáncer y de los tumores. Hay que tener en cuenta que los oncólogos intervienen una vez que el cáncer está diagnosticado, así que pocas veces se imputará al oncólogo una negligencia relacionada con la falta de detección precoz o el retraso en el diagnóstico de un cáncer.
En general, las negligencias médicas en Oncología se refieren a:
Ahora bien, la oncología, en sentido amplio, se ha convertido en una disciplina transversal puesto que la mayor parte de los profesionales médicos, tanto los de la atención primaria como los especialistas, han de estar formados en la detección precoz del cáncer, siendo esta la negligencia más habitual en relación con los procesos neoplásicos.
Esta negligencia médica, será, en su caso, imputable al médico (ginecólogo, urólogo, dermatólogo, etc.) que debió advertir la presencia de indicadores sugerentes de un proceso cancerígeno. Así, en puridad, al oncólogo se le podrá atribuir el error o mala praxis en relación con la adopción de un determinado tratamiento para el cáncer (intervención quirúrgica, quimioterapia, radioterapia, etc.).
En este sentido, se han desarrollado para cada tipo de cáncer detallados protocolos de actuación para identificar los factores de riesgo y síntomas habituales del cáncer de cara a lograr una detección precoz, así como el tratamiento correcto una vez diagnosticado en función del estadio y demás circunstancias que se presenten.
La primera recomendación ante un caso mala praxis médica es acudir a un abogado especialista en errores médicos. También es imprescindible reunir todas las pruebas y demás documentación médica que será evaluada por peritos médicos. Por ello, es fundamental construir el relato pormenorizado de los hechos, con detalle y perfecto orden cronológico, que permita a nuestros abogados expertos en derecho sanitario velar por los derechos del paciente.
A continuación, extractamos parte del contenido de la Sentencia nº 45/2017 de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 19ª, de 10 de febrero de 2017 donde se hace referencia a las guías y protocolos de actuación en relación con la detección de un cáncer de mama:
En esta descripción de los hechos, se relata con detalle los elementos de prueba que demuestran que la paciente no fue sometida a todas las pruebas diagnósticas de rigor a fin de descartar la presencia de un cáncer de mama. Con ello, la determinación del diagnóstico y de tratamiento ponen en un riesgo serio la salud de la paciente.
Ciertamente, esta pérdida de oportunidad demostrada por el profesional médico al diagnosticar de manera errónea el tumor ocasionó que, finalmente, la paciente fuera sometida a una intervención quirúrgica agresiva para extirpar el tumor.
En Toro Pujol Abogados contamos con una amplia experiencia en las reclamaciones por negligencias médicas producidas en el ámbito de la oncología y del diagnóstico del cáncer, tanto conta la sanidad privada como la sanidad pública. Somos abogados negligencias médicas y le atenderemos en nuestro despacho de Barcelona, Madrid y Montcada i Reixac. Actuamos en todo el territorio nacional.
Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente. La negligencia médica parte de la responsabilidad médica. Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen. Estos elementos se enumeran a continuación: Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño. Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito. En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica. En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica. Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son: También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario). La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis. La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida. Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por: La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente. En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica. La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma. Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario. El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario. El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada. Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas. Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica. Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes: Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.Infórmese de otros servicios que ofrece nuestro despacho
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