¿Necesitas un experto en Derecho Sanitario por un caso de negligencia médica o mala praxis?
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El Derecho Sanitario es la rama del Derecho que regula las relaciones jurídicas enmarcadas en la salud humana individual y colectiva, y su protección.
El Derecho Sanitario tiene un carácter transversal, definido por las áreas que estudia, entre otras, a saber:
Somos abogados especialistas en negligencias médicas y grandes conocedores del Derecho Sanitario, motivo por el cual si tiene cualquier duda o cuestión que pudiere requerir nuestro asesoramiento, quedamos a su disposición para ayudarle.
Al hablar de Derecho Sanitario nos estamos refiriendo a un ámbito de carácter multidisciplinar en el sentido que involucra en su estudio materias propias de las ramas clásicas del derecho (penal, administrativo, civil, laboral, etc.).
El Derecho Sanitario trasciende por tanto tales divisiones y engloba toda aquella regulación que en último término afecta a la salud humana y la protección de la salud. Así, dentro del Derecho Sanitario se estudia materias tan variadas como, por ejemplo, la normativa que regula la calidad de los alimentos destinados a consumo humano, la organización de los servicios de la sanidad pública, todo lo relativo al ámbito farmacéutico y del medicamento, la protección de datos referidos a la salud de las personas y la responsabilidad por los daños producidos por negligencias médicas.
Tradicionalmente, se ha dividido el Derecho en dos grandes categorías:
La naturaleza transversal del Derecho Sanitario y en general, del Derecho, deja de alguna manera por revisar esta división tradicional. Las razones las encontramos en la propiedad realidad de nuestra sociedad, en la que tanto el Derecho Sanitario como otras áreas del Derecho tienen una temática emergente, transversal y de alto carácter técnico.
La misma definición del término Salud Humana sugiere la complejidad de esta rama del Derecho. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud es “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad”. El Derecho a la Salud está reconocido dentro de los denominados Derechos Humanos y está regulado por los organismos internacionales en esta área.
En este sentido, la salud como derecho fundamental tanto individual como colectivo, involucran tanto a actores públicos como privados, en una inmensa red en la que también conviven reglamentos internacionales, y de la política. Así que podemos decir que el Derecho Sanitario está en un límite de la Política Jurídica y la Política Sanitaria.
Se trata de un derecho de carácter muy técnico toda vez que regula aspectos científicos y tecnológicos sometidos a un elevado control de calidad, pues tratan de asegurar la preservación y mejora de la salud.
Siendo más específicos, si tomamos en consideración la responsabilidad que se reclama dentro del Derecho Sanitario, podemos enumerar los siguientes tipos de responsabilidad:
Las fuentes del derecho sanitario español, por orden de superioridad, son:
Los abogados especialistas en derecho sanitario se enfrentan en un ámbito complejo del Derecho, básicamente buscan la defensa de los derechos de los pacientes frente a las actuaciones lesivas que puedan sufrir en los servicios de salud, tanto en los centros de salud públicos como privados.
Esta defensa es, en sí misma, la defensa ante los casos de negligencias médicas llevadas a cabo por los profesionales sanitarios y que ocasionan daños en algunos casos graves e irreversibles a los pacientes.
Como hemos descrito anteriormente, las acciones judiciales llevadas a cabo por los abogados especialistas en derecho sanitario son:
En Toro Pujol Abogados estamos al tanto de las novedades que se van produciendo en el ámbito del Derecho Sanitario, con especial atención al resarcimiento del daño sanitario producto de una negligencia médica.
Colaboramos estrechamente con peritos médicos con amplia experiencia y acreditados méritos profesionales para garantizar un sólido estudio del caso y así obtener un resarcimiento completo para nuestros clientes.
Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente. La negligencia médica parte de la responsabilidad médica. Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen. Estos elementos se enumeran a continuación: Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño. Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito. En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica. En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica. Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son: También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario). La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis. La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida. Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por: La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente. En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica. La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma. Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario. El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario. El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada. Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas. Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica. Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes: Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.
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