A estas alturas, casi todo el mundo conoce, o al menos ha oído hablar, de las controvertidas cláusulas suelo. Si bien es cierto que mucha gente cuya hipoteca contaba con estas cláusulas ya ha reclamado, también lo es que hay quien revisa su escritura y ve algo raro, o detecta anomalías en los recibos del préstamo, y nos remite la consulta al despacho.

Para aclarar este asunto, en Toro Abogados, especialistas en Derecho Bancario, queremos acercar la cuestión a todos los que tengan un contrato de hipoteca, y no estén seguros de estar pagando lo adecuado, o les están cobrando de más.

¿Qué son las cláusulas suelo?

Las cláusulas suelo son unas estipulaciones en el contrato hipotecario, por las cuales se determina que el interés variable del mismo, nunca será inferior a un porcentaje fijado de antemano. De esta manera se limita las posibilidades del consumidor, que no podrá beneficiarse de la reducción de los tipos de interés, pagando siempre un mínimo, que será superior a lo que abonaría sin estas cláusulas.

En España son ilegales, declarándose su nulidad y abusividad en la célebre Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. En sus más de noventa páginas realiza un exhaustivo análisis de este tipo de cláusulas, de su carácter abusivo y de las implicaciones en los consumidores que puede tener.

¿Qué hay que hacer para reclamar la cláusula suelo al banco?

Para la reclamación de las cláusulas suelo, sería preciso seguir un “orden”, o al menos tener en cuenta unos pasos para hacerlo de forma más efectiva. En primer lugar, se intenta la vía extrajudicial. Si no da resultado, se pasará a la vía judicial, más costosa en tiempo y dinero. Para cualquiera de los dos casos, es fundamental contar con el asesoramiento de profesionales.

1º.- Saber si tenemos cláusulas suelo en el contrato hipotecario

El primer paso, será cerciorarnos de que nuestra escritura de hipoteca tiene incluidas cláusulas suelo. Más adelante indicaremos con más detalle cómo localizarlas en las escrituras de hipoteca.

2º.- Negociar con la entidad bancaria

Es bastante aconsejable intentar llegar a un acuerdo con la entidad. No siempre es posible, porque los bancos van a mirar por sí mismos y no por los consumidores, pero si el cliente tiene varios productos, como cuenta corriente, plan de pensiones, tarjetas, seguros, etc., será factible ejercer algo de presión y que tengan en cuenta la pretensión.

3º.- Presentar una reclamación a la entidad bancaria

Si el banco no quiere devolver lo relativo a las cláusulas suelo amistosamente, se puede presentar una reclamación a la propia entidad. Sin embargo, siguen siendo ellos mismos los que, de forma voluntaria, darán o no la razón al cliente. Por tanto, es una vía complicada.

4º.- Elevar la reclamación al defensor del cliente, o al Banco de España

El defensor del cliente es una figura a la cual llegan quejas y reclamaciones. Se hacen constar los hechos acompañados de los documentos correspondientes, y se emitirá una resolución. También existe la posibilidad de presentar la reclamación al Banco de España, pero sus dictámenes no son vinculantes y esto les resta eficacia.

5º.- Presentar una demanda

En última instancia, queda la vía judicial. Debe ser con Abogado y Procurador, y se reflejarán, acreditados documentalmente, todos los extremos del caso. Se solicitará la nulidad de la cláusula, y la devolución de las cantidades cobradas de más por parte de la entidad.

¿Quién tiene derecho a reclamar la cláusula suelo?

Necesariamente, se ha de formar parte del contrato de hipoteca. Es decir, titulares de un contrato de préstamo hipotecario, que se hayan visto afectados por una cláusula suelo como consumidor.

¿Cómo saber si tengo cláusula suelo en mi contrato hipotecario?

Estas cláusulas no tienen una denominación fija, y aparecen con variadas nomenclaturas: “límite de variabilidad”, “límite al tipo de interés variable”, “límite mínimo del tipo de interés aplicable del X %”, “el tipo de interés devengado no podrá ser inferior al X %”. No obstante, no siempre es fácil localizarlas. Por este motivo, lo más aconsejable es acudir con la documentación a un abogado experto en Derecho Bancario, que revise la escritura y pueda valorar si existe y es posible reclamarlas.

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