Informe médico cabecera: solicitar incapacidad

Siempre explicamos a nuestros clientes que nos contactan para una solicitud incapacidad permanente, que lo más importante es conseguir buenos informes médicos. No es cuestión baladí, ya que es algo objetivo y su valor probatorio es alto.

Por eso nuestros abogados laboralistas aconsejan obtener cuantos más informes médicos, mejor. En este post vamos a desgranar esta cuestión, para que quien comience un proceso de incapacidad permanente lo tenga en cuenta.

¿Qué son informes médicos?

Un informe médico es un documento en el que un profesional de la medicina, en este caso o un médico evaluador, un doctor, o un médico especialista, refiere y plasma todos los datos y circunstancias sobre un paciente y un proceso determinados.

Podría serlo tanto un escueto folio en el que se reseña la visita al médico de cabecera por una incidencia leve, como un extenso y completo documento en el que se describe punto por punto una intervención quirúrgica.

De la misma manera, lo puede realizar un médico de cabecera o de familia, sin especialización, o un experto en una materia y técnica concretas. Obviamente, los datos reflejados en los informes son confidenciales y privados, sujetos a protección.

¿Cómo conseguir un informe médico de la Seguridad Social?

Para obtener un informe médico de la Seguridad Social, es necesario solicitar una cita con un médico en el centro médico o sanitario correspondiente. Durante la consulta, hay que explicar la necesidad y el médico podrá elaborar el informe médico correspondiente.

Hay varias formas de pedirlo, y no debería plantearse ningún problema ya que es un derecho del paciente el poder tener acceso a sus informes.

  • Pedírselo al médico de cabecera
  • Solicitarlo al servicio de atención al paciente, con nombre, DNI y firma
  • A través de los medios telemáticos del servicio de salud correspondiente
  • Por el departamento de administración del hospital

¿Qué validez tiene un informe médico?

Al tratarse de un documento de carácter objetivo elaborado por un profesional médico, posee un valor sustancial al momento de acreditar las dolencias del paciente. Esto se ve especialmente fortalecido cuando el informe lleva la firma de un especialista y se basa en evaluaciones recientes y precisas.

Por ello, pese a que ambos sean válidos, tendrá más valor un informe de hace un mes redactado por un especialista en traumatología, que uno de hace cinco años efectuado por un médico generalista.

Asimismo, los jueces suelen dar mayor importancia a los informes públicos de los centros de la Seguridad Social, elaborados por médicos especialistas de la Seguridad Social, conocida como sanidad pública, que a los de médicos privados.

¿Cómo solicitar historia clínica de un paciente?

Para solicitar la historia clínica de un paciente, hay que contactar con el centro médico u hospital donde se encuentra archivada la historia clínica y solicitar los procedimientos específicos. Es posible que haya que completar formularios, proporcionando los datos e identificación requeridos.

El paciente tiene derecho de acceso a la historia clínica. Así viene establecido en la Ley de Autonomía del Paciente en el artículo 18:

El paciente tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en el apartado 3 de este artículo, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Los centros sanitarios regularán el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos“.

¿Se puede negar un médico a darme un informe?

No, en virtud de la legislación vigente, un médico no puede negarse a entregar un informe al paciente. Es más, la ley otorga el derecho de acceso a informes y registros clínicos tanto al paciente como a un representante debidamente autorizado, garantizando así el acceso a la información.

Y no sólo tienen esa obligación, sino que los hospitales y centros sanitarios, tienen el deber de conservar los documentos médicos en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad (aunque no sean originales), durante un plazo de, al menos, cinco años desde la fecha del proceso asistencial.

¿Qué informes médicos debo presentar para solicitar una discapacidad o una incapacidad permanente?

Esta es una cuestión fundamental de las personas que están pensando en solicitar una incapacidad permanente. Cuando un trabajador de baja laboral pasa por el tribunal médico, debe aportar los informes que hagan referencia a su estado. Pero no todos benefician: pueden perjudicar en función de lo que expongan.

A veces, la mayor parte de un informe parece que nos es beneficioso, pero una frase que parece sin importancia, desmonta todas nuestras pretensiones. Por eso es preferible que un abogado experto en tramitación de incapacidades laborales revise previamente cuáles se han de presentar y cuáles no. En Toro Pujol Abogados te ofrecemos una primera visita gratuita en la que un abogado especialista valorará tu caso.

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