Lamentablemente, en la época que nos ha tocado vivir, la edad de jubilación parece cada vez un poco más lejana. Por ello, y para compensar de alguna manera esta contrariedad, muchos trabajadores, cuando llegan a cierta edad, se plantean diferentes opciones. Una de ellas, y que regularmente nos consultan en el despacho, es qué significa la jubilación parcial, quién puede acogerse a ella, y qué requisitos son necesarios para acceder a esta opción que posibilita la Seguridad Social. En este artículo, los abogados laboralistas de Toro Pujol te acercamos la cuestión.
¿Qué quiere decir la jubilación parcial?
La jubilación parcial es una modalidad prevista por el sistema de la Seguridad Social, en el que los trabajadores combinan su pensión por jubilación, con el trabajo habitual, reduciendo éste tanto en horas como en sueldo. Es decir, que los empleados que quieran acogerse a esta posibilidad, podrán mantener su trabajo -disminuyendo las horas semanales-, y disfrutar al mismo tiempo de la pensión de jubilación.
¿Quién se puede jubilar parcialmente?
Los beneficiarios y sus requisitos vienen recogidos en esta web de la Seguridad Social. Podrán acceder los trabajadores que, habiendo cumplido los 60 años, reúnan estas circunstancias:
Jubilación parcial sin contrato de relevo
- Contar con la edad ordinaria de jubilación, que resulte de aplicación a su caso.
- Tener contrato con la empresa a jornada completa o parcial.
- La reducción de la jornada será entre un 25% y un 50%, pudiendo llegar en algunos casos al 75%.
- Periodo de cotización mínimo de 15 años, de los cuales 2 deberán estar incluidos en los 15 últimos años.
- Antigüedad en la empresa: no se requiere.
- Contrato de relevo: no se requiere.
Jubilación parcial con contrato de relevo
- En cuanto a la edad, se exigen 60 años siendo mutualista, y si no se es, se aplicará de forma gradual.
- Tener contrato con la empresa a jornada completa.
- Celebrar de forma simultánea, un contrato de relevo.
- Periodo mínimo de cotización de 33 años; en algunos casos, este periodo puede ser de 25 ó de 30 años.
- Antigüedad en la empresa: 6 años anteriores a la fecha de la jubilación parcial.
¿Cuánto se cobra en la jubilación parcial?
La cifra que va a percibir el trabajador jubilado parcialmente, no es uniforme e invariable, sino que dependerá de varios factores. Será una cuantía que atenderá a las cotizaciones del trabajador, y el porcentaje de la jornada laboral parcial.
¿Cuándo puedo acogerme a la jubilación parcial?
Tal y como hemos reseñado en los requisitos, se podrá acceder a esta modalidad, tras haber cumplido los 60 años, y según haya o no contrato de relevo, la edad irá variando según las circunstancias del caso.
¿Quién paga la IT de un jubilado parcial?
La incapacidad temporal de un trabajador jubilado parcialmente, se abonará mediante el sistema de pago directo, por la entidad gestora o colaboradora pertinente. Esto viene reflejado en la Orden ESS/1187/2015, que regula la gestión de los procesos por incapacidad temporal.
¿Qué hay que hacer para pasar de jubilación parcial a total?
Un trabajador que esté en el contexto de jubilación parcial, puede pasar a la jubilación total cuando alcance la edad requerida, según su situación y contexto. Para ello, deberá presentar ante la Seguridad Social la correspondiente solicitud.
¿Qué diferencia existe entre la jubilación parcial y la jubilación flexible?
La jubilación parcial, como hemos explicado, es aquella en la que el trabajador combina trabajo y pensión antes de acabar su periodo laboral. La jubilación flexible, por su parte, se dirige a quien ya accedido a la jubilación pero desea prolongar su vida laboral. Esto beneficia a la Seguridad Social, ya que se sigue cotizando por el tiempo trabajado.
En todos estos supuestos, los abogados especialistas en la Seguridad Social de Toro Pujol le podrán dar una visión profesional y experta, ayudándole en todas sus consultas.