Abogados especialistas en impericias médicas

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    ¿Qué es la impericia médica?

    Por impericia médica se entiende, en sentido jurídico, la falta de habilidad técnica o destreza para el desempeño de la atención médica, no por falta de la titulación necesaria, sino más bien por la poca práctica, la falta de atención o los deficientes métodos empleados. Es decir, se refiere a supuestos de mala ejecución de un determinado trabajo.

    Responsabilidad derivada del DELITOAbogados especialistas en impericia médica

    ¿Qué es la impericia?

    Para entender el significado de la impericia es necesario saber lo que significa la pericia.

    La pericia es la habilidad, conocimiento y experiencia en una determinada área de conocimiento. En tal sentido, representa una condición para llevar a cabo una determinada profesión, oficio o arte. Esta habilidad está relacionada con la resolución efectiva y rápida de conflictos o problemas en un área determinada.

    De lo anterior se desprende que la pericia está relacionada con la formación y la experiencia en un ámbito del conocimiento.

    De la raíz de esta palabra nacen otras importantes e interesantes para el tema que nos ocupa, y sobre todo en el contexto judicial:

    • Perito judicial (especialista judicial cuya opinión es en muchas ocasiones imprescindible para la resolución de conflictos judiciales).
    • Informes periciales (informes encargados por las partes o un juez para la resolución de un conflicto).
    • Prueba pericial (cuando un informe pericial se convierte en una prueba y contribuye al dictado de una sentencia).

    Con ello queremos explicar, que la pericia no es un conocimiento superficial sino una especialización en un área determinada del conocimiento.

    De esta manera, podemos definir la impericia como la carencia total o parcial de conocimientos técnicos, experiencia o habilidad en el ejercicio de una profesión.

    ¿Qué es la impericia médica?

    Por impericia médica se entiende, en sentido jurídico, la falta de habilidad técnica o destreza para el desempeño de la atención médica, no por falta de la titulación necesaria, sino más bien por la poca práctica, la falta de atención o los deficientes métodos empleados. Es decir, se refiere a supuestos de mala ejecución de un determinado trabajo.

    Cuando aplicamos el término impericia médica como causa de una negligencia médica, cabe referirse principalmente a la ejecución de intervenciones quirúrgicas. Sin embargo, también puede referirse a:

    • Uso de técnicas terapéuticas peligrosas.
    • Errores de diagnóstico debido a la ignorancia.
    • Errores de tratamiento por administración equivocada de medicamentos.
    • Errores en el diagnóstico pre y post operatorios.
    • Equivocaciones inexcusables en el cuidado del paciente.
    • Errores en el transporte o movilidad del paciente.
    • Muerte del paciente o secuelas graves en intervenciones quirúrgicas.

    La impericia patente puede dar lugar al nacimiento de la responsabilidad o culpa médica. Esta responsabilidad jurídica es aplicable al personal médico y paramédico.

    Casos de Impericia médica

    Resulta obvio que en determinadas operaciones por su alto grado de complejidad o por tratarse de intervenciones pioneras no cabe hablar de impericia, puesto que hasta la ejecución más precisa no impide que se presenten problemas.

    En estos casos más que de impericia se habla de complicación quirúrgica. Lo más frecuente es que nos encontremos con supuestos de impericia en las operaciones más habituales, estandarizadas y “sencillas” como por ejemplo la extirpación del apéndice.

    También se pueden derivar daños de la impericia en otras prácticas médicas no quirúrgicas como puede ser la suturación de una herida, la extracción de sangre, etc.

    ¿Cómo saber que se ha incurrido en una responsabilidad médica por impericia?

    Para que la impericia dé lugar a la responsabilidad del profesional sanitario es necesario que el error cometido sea evidente y pueda demostrarse que en caso de haber aplicado correctamente la técnica, cuyo conocimiento se le presupone, o de haber prestado la debida atención en el desempeño de su actividad, los daños no se hubieran producido.

    Acuda a abogados negligencias médicas si cree que puede haber sufrido una negligencia médica por impericia. Estudiaremos la viabilidad de su asunto. Contacte con nosotros en cualquiera de nuestros despachos de Barcelona, Madrid o Montcada i Reixac. Actuamos en todo el territorio nacional.

    ¿Qué entendemos por impericia médica escrita?

    La impericia médica no solo está relacionada a actuaciones directas del personal médico o sanitario sobre el paciente. Hay aspectos importantes de la relación entre un médico y el paciente que también pueden ser constitutivos de impericia médica.

    La impericia o falta de pericia médica escrita es la elaboración de una historia clínica de un paciente en la que, por desconocimiento técnico, olvido o descuido, o cualquier otra acción u omisión imputable al médico, la historia clínica del paciente está mal elaborada, no se registren todas las actuaciones médicas con claridad.

    Las consecuencias de esta impericia pueden ser fatales, ya que sin un seguimiento correcto sobre el paciente pueden ocasionar acciones médicas innecesarias y molestas, errores en la medicación u otros tipos de tratamiento terapéutico, entre otras.

    Sentencia judicial sobre caso de impericia médica

    Encontramos casos de impericia médica en muchas sentencias judiciales. En este caso, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de la Sección 2ª de fecha 29 de octubre de 2018, se refiere a la impericia médica de la siguiente manera:

    1 VISITA GRATUITA Recepción de la documentación y exposición del caso.
    2 VIABILIDAD Y PRESUPUESTO Análisis de su caso y emisión de presupuesto.
    3 PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.
    4 PROCEDIMIENTO JUDICIAL Interposición de demanda y seguimiento del proceso.
    FAQ's ¿Tiene alguna duda relacionada?

    Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente.

    La negligencia médica parte de la responsabilidad médica.

    Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen.

    Estos elementos se enumeran a continuación:

    • El actorpersonal médico debidamente formado.
    • El acto:la acción del médico sobre el paciente y su salud.
    • El elemento objetivo:es el daño o perjuicio ocasionado a la salud del paciente.
    • El elemento subjetivo: es la culpa por impericia, imprudencia, inobservancia, negligencia.
    • La relación de causalidad:es la relación entre el acto médico y el daño ocasionado, que debe ser directa.

    Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño.

    Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito.

    En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica.

    En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica.

    Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son:

    • La impericia médica: es la falta total o parcial de los conocimientos para ejercer la profesión. Dentro de este concepto podemos incluir la falta de conocimientos suficientes, tener conocimientos técnicos pero poca o nula experiencia o el olvido de los conocimientos para ejercer la profesión
    • La imprudencia médica: referida a la actitud del personal médico y sanitario en la que no se ponderan de manera exigida los riegos de tomar una decisión médica, faltando al deber médico de beneficencia.
    • La negligencia médica: es la acción u omisión del médico o sanitario realiza incumpliendo los principios básicos de la profesión.

    También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario).

    La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis.

    La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida.

    Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por:

    • Principios científicos, en las que se incluye todo el conocimiento disponible de la ciencia médica.
    • Principios éticos, en las que encontramos los códigos deontológicos que rigen la profesión médica.

    La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente.

    En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica.

    La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma.

    • Olvido de material quirúrgico en el cuerpo del paciente.
    • Error en el diagnóstico de una enfermedad.
    • Daños o lesiones producidas por demoras en tratamiento por listas de espera.
    • Daños o lesiones producidas en una operación de cirugía estética.
    • Infección por bacterias en entorno quirúrgico.
    • No informar al paciente de las consecuencias de una intervención quirúrgica.
    • No aplicar la dosis correcta de medicación a un paciente.
    • Irregularidades en el traslado de un paciente a un centro de salud.

    Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario.

    El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario.

    El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada.

    Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas.

    Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica.

    Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes:

    • Vía Penal: cuando la negligencia médica tiene carácter delictivo, independientemente del ámbito al que pertenezca el personal médico o el centro de salud, las reclamaciones serán a través de los Tribunales Penales.
    • Vía Civil:es la vía habitual por la que se reclaman indemnizaciones por negligencias médicas, sea el ámbito público o privado.
    • Vía Contencioso Administrativo: dentro del ámbito público, cuando se reclama una Responsabilidad Patrimonial de la Administración.
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