¿Cuándo te da el alta el médico de cabecera?
El médico de cabecera puede dar el alta médica en el momento en que considere que la circunstancia que originó la baja médica ha mejorado lo suficiente y el trabajador está en condiciones de regresar a su puesto de trabajo y desempeñar sus funciones de manera adecuada.
El médico evaluará la evolución del paciente, los resultados de los tratamientos y las pruebas médicas, así como la capacidad del trabajador para retomar sus labores de forma segura y sin riesgos para su salud. El alta médica debe ser emitida de manera responsable y fundamentada en la mejora real del estado de salud del trabajador. Esta cuestión es especialmente importante en las bajas de larga duración.
¿Qué hacer si te dan el alta médica y no estás bien?
Cuando un trabajador recibe una notificación de alta médica imprevista y considera que aún no está en condiciones de volver al trabajo con suficientes garantías, tiene el derecho de refutar el alta a través de un procedimiento de impugnación del alta.
Durante este proceso, se revisará nuevamente su situación médica y se evaluará si realmente está capacitado para reincorporarse a su puesto. En caso de que el procedimiento de impugnación del alta no tenga éxito y el trabajador continúe con problemas de salud que le impidan trabajar, puede solicitar una nueva baja médica si su estado de salud ha empeorado o si surge una enfermedad distinta. Por otro lado, si la situación de salud presenta similitudes o está relacionada con la causa anterior de la baja, se consideraría una “baja por recaída”.. En ambos casos, se deben seguir los procedimientos adecuados para obtener la baja médica nuevamente, si es necesario.
¿Quién te da el alta médica?
El alta médica es otorgada por un profesional de la salud, generalmente el médico de cabecera o el especialista que ha estado tratando al paciente durante su periodo de baja médica. Este profesional es el encargado de evaluar la evolución de la enfermedad o lesión del paciente y determinar si ya se encuentra en condiciones de volver al trabajo o actividades habituales. En cualquier situación, la decisión de otorgar el alta médica debe estar respaldada por una evaluación médica adecuada y justificada.
¿Quién da el alta médica la Seguridad Social o la mutua?
En las bajas médicas por motivos ajenos al trabajo, es decir, por accidentes no laborales o bien por enfermedades comunes, la gestión de las altas y bajas laborales está a cargo del Servicio Público de Salud de la comunidad autónoma durante los 365 días iniciales.
Después de ese período, la responsabilidad recae en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Las mutuas de trabajo no tienen la facultad de emitir bajas médicas en este tipo de incapacidades temporales. Su función se limita a proponer altas médicas cuando consideren que el trabajador está en condiciones de regresar al trabajo. Sin embargo, la decisión final sobre el alta médica sigue siendo responsabilidad del Servicio Público de Salud o el INSS, según corresponda.
Tipos de alta
- Mejoría. Cuando el trabajador mejora y se recupera.
- Curación. Los casos en que la recuperación es total y completa.
- Voluntaria. Si el trabajador lo hace por su cuenta y bajo su responsabilidad.
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¿Qué pasa si voy a trabajar el mismo día que me dan el alta?
Cuando un trabajador recibe el alta médica, debe reincorporarse a su puesto de trabajo el día siguiente a la fecha en que se emite el parte de alta. Es decir, los efectos laborales de la alta médica comienzan a partir del día siguiente a la notificación del alta por parte del médico.
Por lo tanto, no es necesario que el trabajador acuda a trabajar el mismo día en que se produce el alta médica, sino que debe hacerlo al día siguiente de recibir la notificación. Debe respetarse esta disposición para evitar confusiones o malentendidos con el empleador y que la reincorporación sea adecuada y conforme a lo que marca la ley.
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