BARCELONA

Pensión discapacidad 33 por ciento: todo lo que debes saber

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Cuando se padece de una dolencia o patología que puede comprometer la ejecución de actividades laborales o limita la participación en la vida social, podemos hablar de la posibilidad que esa persona pueda tener derecho a cobrar una pensión o prestación económica que le ayude a contrarrestar esta situación.

En Bufete Toro, como bufete de abogados especialistas en tramitación de certificados de discapacidad sabemos que, respecto a las ayudas económicas o pensiones es importante aclarar algunos conceptos.

En este artículo, explicaremos todo lo que debes saber de una pensión de discapacidad del 33%.

¿Qué es una pensión de discapacidad?

Es importante aclarar, en primer lugar, la diferencia entre el reconocimiento de un grado de minusvalía o de discapacidad y una pensión de incapacidad permanente.

Una pensión de incapacidad laboral es una prestación económica que tiene como finalidad cubrir la pérdida de ingresos a la que se enfrenta por las secuelas de una enfermedad o de sufrir un accidente. Estas pensiones se solicitan y son abonadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

En cambio, una pensión de discapacidad puede ser, en función del grado de discapacidad reconocida, de una pensión no contributiva o contributiva, y además, de beneficios fiscales y de otra índole y es competencia de las Comunidades Autónomas y de los servicios sociales.

¿En qué consiste una pensión de discapacidad del 33%?

La discapacidad se clasifica en grados, en función del baremo correspondiente que determina la dificultad que tiene la persona en cuestión de lleva a cabo las actividades diarias de la vida (AVD), tal y como se reconoce en el Real Decreto 1971/1999

Una persona que tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33% se entiende que tiene una discapacidad de clase III, correspondiente con una discapacidad moderada y, en ocasiones, puede coincidir con una incapacidad laboral.

¿Se puede cobrar una pensión por un grado de discapacidad del 33%?

Una persona con una discapacidad del 33%, al tener una minusvalía moderada, en principio no se le reconoce una pensión o prestación económica por este concepto.

Como hemos explicado anteriormente, un grado de minusvalía del 33% puede ser compatible con un grado de incapacidad laboral, en función de las secuelas de las patologías o de las lesiones de un accidente, sean profesionales o comunes. En este sentido, la persona afectada puede iniciar una solicitud de incapacidad permanente ante el INSS.

¿Qué beneficios supone tener un grado de discapacidad del 33%?

Aunque una persona con un grado de discapacidad reconocido del 33% no tiene reconocida el cobro de una pensión, si supone una serie de beneficios y de ayudas económicas y beneficios fiscales.

Beneficios laborales

En este sentido, una persona con este grado de discapacidad pueden tener ayudas laborales, tales como:

  • Las empresas, tanto públicas como privadas,  con más de 50 trabajadores están obligadas legalmente a tener en plantilla a por lo menos un 2% de sus trabajadores a personas con minusvalía.
  • Dependiendo de la Comunidad Autónoma, las personas con discapacidad que generan un autoempleo pueden tener subvenciones para tal fin.
  • Bajo el paraguas de las políticas europeas se promueven programas de empleo y de formación específicas para personas con esta condición.

Beneficios fiscales

  • Deducciones en la declaración de la renta de las personas físicas (IRPF)
  • Las deducciones en impuestos de vehículos y del impuesto de circulación.
  • Respecto al impuesto de sucesiones y donaciones, quien tenga reconocido un grado de discapacidad del 33% puede tener un descuento de hasta 55.000 euros en este tipo de impuesto.
  • Además, tienen bonificaciones en el pago del IBI, de agua, basuras, entre otros.

Beneficios sociales

  • Deducciones para el transporte público.
  • Descuentos especiales para ocio y cultura.
  • Ayudas para la compra de viviendas y adaptación de las mismas.
  • Plaza de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
  • Asistencia sanitaria y medicamentos.
  • Ayudas para educación universitaria o compra de libros-
  • Puntuación para el acceso a educación pública o concertada.

Si una persona tiene una discapacidad del 33%, aunque no tenga reconocida una pensión o prestación económica directa, tienen a su disposición una serie de ayudas y beneficios que tienen la función de mitigar las carencias y dificultades propias de tener mermadas las capacidades físicas o psíquicas de la persona.

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