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Calcular días vacaciones
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Calcular días vacaciones
Abogados derecho del trabajo
Las vacaciones son esa época del año tan deseada, pero a veces cuesta saber cuántos días nos corresponden o los que quedan por disfrutar. Calcule sus días de vacaciones con nuestra práctica herramienta. Ingrese algunos datos simples y obtenga rápidamente el número de días de vacaciones a los que tiene derecho.
Calculadora de vacaciones
Cuando se acerca el verano, las Navidades, o la Semana Santa, o incluso unos meses antes, los trabajadores deben organizar sus vacaciones anuales, poniéndose de acuerdo con la empresa. En ocasiones, las vacaciones correspondientes al año corriente, son en el mismo periodo que disfrutó en el año anterior. Pero hay empresas en las que, por tener un horario de turnos, los días disponibles cambian de una temporada a otra. Con esta calculadora, podrás saber cuántas vacaciones laborales te pertenecen.
Calcular días de vacaciones
¿Cómo hacer el cálculo de mis vacaciones?
En España lo normal son 22 días naturales o bien, 22 días hábiles por año trabajado. Si un empleado se incorpora mediado el año (lo cual es lo más normal, ya que pocos comienzan precisamente el 1 de enero), habrá que hacer el cálculo proporcional.
Para calcular, hay que dividir el total de días de vacaciones pagadas a los que se tiene derecho por contrato o convenio, entre los doce meses del año. El resultado serán los días por mes trabajado. Para conocer las vacaciones pendientes, sólo hay que multiplicar por los meses que faltan hasta el final de año.
Con la herramienta que aquí ponemos a tu disposición, únicamente tienes que poner la fecha de inicio de contrato.

¿Cómo se calcula 30 días naturales de vacaciones?
En principio, a cada trabajador le corresponden dos días y medio por mes trabajado de vacaciones. Pero hay que acudir al convenio colectivo correspondiente para determinarlo con exactitud, ya que hay gremios o empresas que dan más vacaciones a sus trabajadores.
¿Cuántos días de vacaciones por mes?
Hay que acudir al artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que señala: “El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales”. Pero como hemos dicho, varía según la empresa o el sector.
¿Cómo se cuentan las vacaciones en un finiquito?
En caso de tener que reflejar las vacaciones no disfrutadas en el finiquito, por jubilación o extinción de contrato, hay que contabilizar en primer lugar el salario diario del trabajador, y en segundo lugar, los días de vacaciones que le quedan todavía al trabajador. El resultado de multiplicar ambos valores será lo que deba recibir el empleado.
Si su empresa le ha dejado de pagar conceptos como las vacaciones, o le está poniendo problemas para disfrutar de los días a los que tiene derecho, póngase en contacto con nosotros, la primera visita es gratuita.
Pedir vacaciones
Solicite sus vacaciones mediante el formulario correspondiente, asegurando el disfrute de su descanso y tiempo libre de acuerdo con la normativa laboral vigente.
1
VISITA GRATUITA
Recepción de la documentación y exposición del caso.
2
VIABILIDAD Y PRESUPUESTO
Análisis de su caso y emisión de presupuesto.
3
PREPARACIÓN DEL CASO Y RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL
Solicitud de documentación adicional, contacto con peritos en caso de ser necesario.
4
PROCEDIMIENTO JUDICIAL
Interposición de demanda y seguimiento del proceso.
Primera visita totalmente gratis.
Sin ningún tipo de compromiso, te aconsejaremos sobre tus mejores opciones.
Transparencia en los honorarios
Desde el principio se fijan y quedan firmados, por lo que no te vas a llevar sorpresas ni sustos.
Gran porcentaje de éxito
Nuestros números y estadísticas indican que el porcentaje de éxito es muy elevado.
Todas las visitas incluidas
Desde la primera visita, hasta que termine el procedimiento, todas las visitas están incluidas.
Alta especialización
Solamente serás atendido por abogados altamente especializados en la materia que se trate.





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Los días naturales corresponden a los 365 días que conforman un año, o 366 en caso de tratarse de un año bisiesto. Según lo establecido por la ley, las vacaciones tienen una duración de 30 días naturales, los cuales incluyen tanto los días laborables como los fines de semana y los días festivos nacionales y locales. Por ejemplo, si un empleado decide tomar una semana de vacaciones, se contarán los 7 días de la semana, sin importar si su jornada laboral abarca de lunes a viernes.
Las vacaciones deben ser acordadas de común acuerdo entre el empleado y el empleador, lo que significa que ninguna de las partes puede tomar una decisión unilateral al respecto. En caso de no llegar a un acuerdo, será necesario recurrir a un mediador cuya decisión será vinculante y definitiva.
El Estatuto de los Trabajadores determina que al menos uno de los períodos de descanso del empleado debe ser de al menos dos semanas consecutivas. Además, muchos convenios colectivos requieren que este período de descanso se disfrute durante los meses de julio y agosto o diciembre y enero.
Los días hábiles son aquellos días en los cuales se puede llevar a cabo una actividad laboral y, por lo tanto, son considerados como días de vacaciones oficialmente. A diferencia de los días naturales de vacaciones, los días hábiles excluyen los fines de semana (sábados y domingos) y los días festivos.
En España, los días hábiles se refieren a los días de la semana de lunes a viernes, siempre y cuando no sean días festivos a nivel nacional o local. Si un empleado trabaja los fines de semana, sus días hábiles se considerarán el sábado y el domingo.