ABOGADOS ESPECIALISTAS EN NEGLIGENCIAS MÉDICAS POR INFECCIONES Y CONTAGIOS
¿Qué son infecciones nosocomiales o intrahospitalarias?
Con el nombre de infecciones nosocomiales o intrahospitalarias nos referimos a la infección que se presenta en un paciente internado en un hospital u otro centro sanitario en quien la infección no se había manifestado ni estaba en período de incubación en el momento del internamiento. Además, comprende las infecciones contraídas en el hospital, pero manifiestas después del alta médica.
Factores que influyen en la aparición de infecciones hospitalarias
Una manera de agrupar los múltiples factores que favorecen la aparición de infecciones en los centros de salud hospitalarios es la siguiente, según la Guía Práctica de la Prevención de las infecciones nosocomiales de la OMS (Organización Mundial de la Salud):
- El agente microbiano: la naturaleza de los microorganismos, la cantidad de los mismos, la resistencia a agentes antimicrobianos y su capacidad de virulencia, determinan la aparición de infecciones y contagios en los pacientes.
- Vulnerabilidad de los pacientes: la edad, su estado inmunológico, las enfermedades subyacentes y la naturaleza de las intervenciones diagnósticas y terapéuticas son factores que pueden predisponer a un paciente a contraer más fácilmente infecciones o contagios.
- Factores ambientales: un centro médico hospitalario es, en sí mismo, una zona de cultivo de microorganismos, bien sean los propios de los ambientes sanitarios, como por los microorganismos que portan los propios pacientes. Situaciones que podríamos catalogar como normales dentro del ámbito sanitario como el traslado de pacientes de una unidad a otra, la concentración de pacientes en salas de espera o en salas de observación son factores que facilitan las condiciones de contagio e infecciones.
- Resistencia bacteriana: el uso de antibióticos ha promovido el surgimiento de cepas de bacterias que resisten los tratamientos y, al persistir a estos, pueden llegar a convertirse en bacterias endémicas en un hospital. Cepas de neumococos, estafilococos y bacilos de la turbeculosis son resistentes a los antibióticos y resulta complicados combatirlas.
Tipos de infecciones o contagios hospitalarios
Debido a la gran cantidad de focos infecciosos que se concentran en los hospitales, éstos están obligados a seguir unas estrictas normas para prevenir este tipo de infecciones, sobre todo respecto de pacientes inmunodeprimidos.
Por ello, tienen una gran importancia medidas de higiene y aislamiento de los focos de infección, comprobación de la esterilización del material quirúrgico, adopción de medidas de asepsia, etc.
- Neumonía: suele ser grave y es la infección más común en las personas ingresadas en centros hospitalarios o que presentan dificultades para comer.
- Infecciones urinarias: ocurren por uso de sondas urinarias por los pacientes hospitalizados.
- Infecciones cutáneas: por causas tan diversas con aplicación de inyecciones intravenosas tanto para aplicación de medicación como para la recolección de muestras, por cicatrices de una intervención quirúrgica, biopsias o escaras de cúbito.
- Infecciones sanguíneas: conocido como septicema, es un tipo de infección grave ya que el microbio o bacteria es transportado a través del torrente sanguíneo, y en algunos casos, pueden causar fallo multiorgánico y alto riesgo de muerte del paciente infectado.
Negligencias médicas por infección y contagio más frecuentes
Algunos ejemplos de contagios e infecciones intrahospitalarias son las siguientes:
- Negligencia médica por infección nosocomial.
- Infección del lugar quirúrgico.
- ITU (infección del tracto urinario) en paciente sondado.
- Bacteriemia asociada a catéter.
- Neumonía.
- Infección de prótesis.
- Toxiinfección alimentaria.
- Diarrea por clostridium dificile.
- Legionelosis nosocomial.
¿Qué hacer en caso de sufrir una negligencia médica por infección o contagio?
Si Usted considera que ha sido víctima de una negligencia médica por infección o contagio, es importante contar con la asesoría jurídica de un abogado especialista en negligencias. De esta manera, podrá evaluar las posibilidades que tiene para la reclamación de indemnizaciones a las que tiene derecho.
Para determinar si estamos ante un error médico que le ha causado infección o contagio intrahospitalario, habrá que recurrir a la valoración de un perito especialista que examine el caso y determine su viabilidad a efectos de una reclamación por los daños causados. Un relato coherente, ordenado y detallado de los hechos, serán necesarios para construir el argumento judicial de su caso
Sentencia Judicial explica un caso de negligencia médica por infección o contagio
La jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la responsabilidad civil que recae sobre los hospitales cuando se ha producido un daño como consecuencia de una infección de estas características. Sirva de ejemplo la Sentencia nº 1377/2007 del Tribunal Supremo, Sala 1ª, de lo Civil, de 5 de enero de 2007:
Su abogado especialista en negligencias médicas por infecciones y contagios
Un contagio o infección dentro del ámbito hospitalario puede tener consecuencias contundentes sobre la calidad de vida del paciente, empeorando su situación médica inicial, e incluso, provocar la muerte.
En Bufete Toro Pujol, abogados negligencias médicas Barcelona y Madrid, ponemos a su disposición más de 40 años de experiencia en la resolución de conflictos en el ámbito de negligencias médicas por errores de tratamiento. Le ofrecemos primera visita y estudio jurídico gratuito.
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¿Qué es una negligencia médica?
Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente.
La negligencia médica parte de la responsabilidad médica.
Elementos que definen una negligencia médica
Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen.
Estos elementos se enumeran a continuación:
- El actor: personal médico debidamente formado.
- El acto:la acción del médico sobre el paciente y su salud.
- El elemento objetivo:es el daño o perjuicio ocasionado a la salud del paciente.
- El elemento subjetivo: es la culpa por impericia, imprudencia, inobservancia, negligencia.
- La relación de causalidad:es la relación entre el acto médico y el daño ocasionado, que debe ser directa.
Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño.
Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito.
En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica.
Tipos de negligencia médica
En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica.
Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son:
- La impericia médica: es la falta total o parcial de los conocimientos para ejercer la profesión. Dentro de este concepto podemos incluir la falta de conocimientos suficientes, tener conocimientos técnicos pero poca o nula experiencia o el olvido de los conocimientos para ejercer la profesión.
- La imprudencia médica: referida a la actitud del personal médico y sanitario en la que no se ponderan de manera exigida los riegos de tomar una decisión médica, faltando al deber médico de beneficencia.
- La negligencia médica: es la acción u omisión del médico o sanitario realiza incumpliendo los principios básicos de la profesión.
También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario).
La lex artis la negligencia médica
La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis.
La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida.
Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por:
- Principios científicos, en las que se incluye todo el conocimiento disponible de la ciencia médica.
- Principios éticos, en las que encontramos los códigos deontológicos que rigen la profesión médica.
Importancia de la historia clínica en la negligencia médica
La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente.
En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica.
La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma.
Ejemplos más comunes de negligencias médicas
- Olvido de material quirúrgico en el cuerpo del paciente.
- Error en el diagnóstico de una enfermedad.
- Daños o lesiones producidas por demoras en tratamiento por listas de espera.
- Daños o lesiones producidas en una operación de cirugía estética.
- Infección por bacterias en entorno quirúrgico.
- No informar al paciente de las consecuencias de una intervención quirúrgica.
- No aplicar la dosis correcta de medicación a un paciente.
- Irregularidades en el traslado de un paciente a un centro de salud.
¿A qué rama del derecho corresponde la reclamación por negligencias médicas?
Las negligencias médicas se encuentran en la rama del Derecho Sanitario.
El Derecho Sanitario es la rama del derecho especializada en las disposiciones jurídicas relacionadas con las acciones de prevención y control que tienen como objetivo la salud de la población como bien máximo a proteger. También incluye las disposiciones que afectan a los trabajadores del sector médico sanitario.
El ámbito de aplicación del Derecho Sanitario incluye tanto a la sanidad pública como a la sanidad privada
¿Qué hacer ante una negligencia médica?
Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas.
Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica.
Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes:
- Vía Penal: cuando la negligencia médica tiene carácter delictivo, independientemente del ámbito al que pertenezca el personal médico o el centro de salud, las reclamaciones serán a través de los Tribunales Penales.
- Vía Civil:es la vía habitual por la que se reclaman indemnizaciones por negligencias médicas, sea el ámbito público o privado.
- Vía Contencioso Administrativo: dentro del ámbito público, cuando se reclama una Responsabilidad Patrimonial de la Administración