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Con el nombre de infecciones nosocomiales o intrahospitalarias nos referimos a la infección que se presenta en un paciente internado en un hospital u otro centro sanitario en quien la infección no se había manifestado ni estaba en período de incubación en el momento del internamiento. Además, comprende las infecciones contraídas en el hospital, pero manifiestas después del alta médica.
Una manera de agrupar los múltiples factores que favorecen la aparición de infecciones en los centros de salud hospitalarios es la siguiente, según la Guía Práctica de la Prevención de las infecciones nosocomiales de la OMS (Organización Mundial de la Salud):
Debido a la gran cantidad de focos infecciosos que se concentran en los hospitales, éstos están obligados a seguir unas estrictas normas para prevenir este tipo de infecciones, sobre todo respecto de pacientes inmunodeprimidos.
Por ello, tienen una gran importancia medidas de higiene y aislamiento de los focos de infección, comprobación de la esterilización del material quirúrgico, adopción de medidas de asepsia, etc.
Algunos ejemplos de contagios e infecciones intrahospitalarias son las siguientes:
Si Usted considera que ha sido víctima de una negligencia médica por infección o contagio, es importante contar con la asesoría jurídica de un abogado especialista en negligencias. De esta manera, podrá evaluar las posibilidades que tiene para la reclamación de indemnizaciones a las que tiene derecho.
Para determinar si estamos ante un error médico que le ha causado infección o contagio intrahospitalario, habrá que recurrir a la valoración de un perito especialista que examine el caso y determine su viabilidad a efectos de una reclamación por los daños causados. Un relato coherente, ordenado y detallado de los hechos, serán necesarios para construir el argumento judicial de su caso
La jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la responsabilidad civil que recae sobre los hospitales cuando se ha producido un daño como consecuencia de una infección de estas características. Sirva de ejemplo la Sentencia nº 1377/2007 del Tribunal Supremo, Sala 1ª, de lo Civil, de 5 de enero de 2007:
Un contagio o infección dentro del ámbito hospitalario puede tener consecuencias contundentes sobre la calidad de vida del paciente, empeorando su situación médica inicial, e incluso, provocar la muerte.
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Una negligencia médica es una acción llevada a cabo por un médico, personal sanitario y auxiliar, o centro de salud, hospital o clínica, contraria al lex artis de la profesión médica sanitaria, y que produce un daño o perjuicio al paciente. La negligencia médica parte de la responsabilidad médica. Para determinar si estamos delante de un caso de negligencia médica, es importante poder discernir la existencia de los elementos necesarios que la definen. Estos elementos se enumeran a continuación: Es importante destacar que cuando hablamos de negligencias médicas nos referimos a errores producidos por omisiones o acciones médicas que, aun ocasionando un daño o perjuicio al paciente, no se realizan con la intención de producir este daño. Básicamente, porque en el momento en el que exista una intencionalidad deliberada de ocasionarlo (dolo), la responsabilidad es plena de quien realiza esta acción; y la tipificación de estos actos pueden ser constitutivos de delito. En conclusión, en la acción de una negligencia en la que no hay un ánimo del profesional de ocasionar un daño al paciente, hablamos de culpa médica. En general, se utiliza el término de negligencias médicas para agrupar todos los errores médicos. Sin embargo, la negligencia médica es un tipo de culpa médica. Las formas en las que un profesional médico, sanitario o centros sanitarios puede ocasionar un daño o perjuicio al paciente, en general, son: También se puede hablar de inobservancia médica (cuando directamente se omiten los principios de la profesión médica) y de iatrogenia (relativa al daño directo al cuerpo del paciente producido por el médico o profesional sanitario). La profesión médico-sanitaria está sometida a numerosos protocolos de actuación y aúna un amplio y complejo conjunto de conocimientos que se actualizan con relativa rapidez. Todo este conjunto de conocimientos, protocolos de actuación y códigos éticos que rigen la profesión médica es lo que se conoce como lex artis. La lex artis ad hoc es un importante concepto dentro del Derecho Sanitario y se define como el criterio valorativo del acto médico para calificarlo como adecuado, correcto o eficaz en virtud de la técnica requerida. Dada la complejidad y las delicadas implicaciones que tiene el ejercicio de la medicina, podemos decir que la lex artis ad hoc se rige por: La Historia Clínica es el conjunto de documentos médicos en la que se detallan todas las actuaciones médicas sobre un paciente. En ella deben figurar el personal médico que ha intervenido, así como todos los tratamientos, seguimientos y control del paciente. En el ámbito judicial, la Historia Clínica se erige como elemento de prueba de relevancia en los casos de reclamaciones por negligencias médicas; ya que a través de ella se pueden determinar buena parte de los elementos necesarios para tipificar una negligencia médica. La custodia de la Historia Clínica de un paciente recae en los centros de salud. También estos centros están obligados a garantizar la privacidad de la misma. Sufrir las consecuencias de un error médico puede ser un acontecimiento de extrema gravedad que incluso puede tener desenlaces fatales. Si Usted considera que ha sido víctima de una mala praxis, le recomendamos buscar el asesoramiento jurídico de un abogado experto en negligencias médicas. Por tanto, disponer de su historia clínica y de toda la documentación médica sobre su caso es relevante. Contar con peritos médicos especializados resulta determinante para reclamar una indemnización por negligencia médica. Es importante tomar en consideración, que según sea el ámbito al que pertenezca el centro de salud, si pertenece a la sanidad pública o privada, las vías de reclamación son las siguientes: Nuestra experiencia es nuestra fortaleza. Adéntrate en algunos de los casos que hemos llevadode manera exitosa.
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